Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 05 de Noviembre de 2014

EL ESTADO DE SINALOA
OR
GANO OFICIAL DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 016 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo
CV
3ra.
Epoca
Culiacán, Sin. , Miércoles
05
de Noviem bre de 2014. No. 135
ÍNDICE
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acuerdo del
Consejo
General
del Instituto Nacional Electoral
por
el cual se
amplía
el
plazo
establecido en el
Acuerdo
INE
/
CG163
/2014, respecto del inicio de sesiones de
Jos
Consejos
Locales del Instituto Nacional
Electoral y se ratifica y designan en su cargo a las y los Consejeros Electorales de los Consejos Locales
nombradqs mediante el Acuerdo CG325/2011, para los Procesos Electorales Federales 2011-2012y2014-2015,
y Anexo Unico. 2 - 45
PODER
EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA
DE SEGURIDAD
PÚBLICA
Resolución mediante la cual se
aprueba
la solicitud
para
la autoriz.ación,
para
Ja
prestación
de
servicios
privados de seguridad
a:
GUARD
PRIVATE SECURITY ELITE
DE
MEXICO
SEMEP, S.A. de C.
V.
Resolución mediante la cual se
aprueba
la solicitud
para
la revalidación de la autorización,
para
la prestación
de servicios privados de seguridad
a:
Corporativo de Protección, Seguridad
Privada
y Servicios Especializados,
S.A. de C.V.; Controles Integrales
de
Protección, S.A. de
C.V
.; Antipérdidas
Lamo,
S.A. de C.V.; Seguridad
Privada Integral del Valle, S.A.
de
C.V.; AY
AX
Consultores en Sistemas de Protección y Limpieza, S.A. de C.
V.;
Servicios
ALARMEX
, S.A. de C.
V.
46
-
59
AYUNTAMIENTOS
Municipio
de
Mazatlán.
-Avance
Financiero, relativo al Tercer Trimestre de
2014
.
INSTITUTO
TECNOLÓGICO
SUPERIOR
DE
GUASAVE
Municipio de Guasave.-Avance Financiero, relativo al Tercer Trimes
tr
e
de
2014.
COMISIÓN
MUNICIPAL
DE
DESARROLLO
DE
CENTROS
POBLADOS
Municipio de
Ahome.-Avance
Financiero, relativo al Tercer Trimestre
de
2014
.
60
-78
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
79
-
96
AVISOS NOTARIALES
96
RESPONSABLE: Secretaría General
de
Gobierno.
DIRECTOR:
Lic.
Jesús Humberto
Cossfo
Ramfrez
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles
05
de Noviembre de 2014
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
INE/CG232/2014
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL POR EL CUAL
SE
AMPLIA EL PLAZO ESTABLECIDO
EN
EL
ACUERDO INE/CG163/2014 RESPECTO DEL INICIO
DE
SESIONES
DE
LOS
CONSEJOS LOCALES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y
SE
RATIFICA Y DESIGNAN
EN
SU
CARGO A LAS Y LOS CONSEJEROS
ELECTORALES
DE
LOS CONSEJOS LOCALES NOMBRADOS MEDIANTE
EL
ACUERDO CG325/2011 PARA LOS PROCESOS ELECTORALES FEDERALES
2011-2012 y 2014-2015
ANTECEDENTES
l.
Durante
la
sesión extraordinaria celebrada
el
25 de Julio de 2011,
el
Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó
el
Acuerdo
CG22212011
por el que
se
aprueba
el
procedimiento para Integrar las
propuestas de ciudadanos para ocupar los cargos
de
consejeros electorales
de
los
32
consejos locales, durante los Procesos Electorales Federales de
2011-2012 y 2014-2015.
11.
Por Acuerdo CG325/2011 del Consejo General del Instituto Federal
Electoral designó a
los
Consejeros Eledorales de
los
Consejos Locales que
se instalarán para los Procesos Electorales Federales 2011-2012 y 2014-
2015.
111.
El
31
de enero de 2014,
el
Presidente de
la
República promulgó
la
Reforma
Constitucional
en
Materia Polltico-Electoral, aprobada por
el
Congreso de
la
Unión y
la
mayorla
de
las legislaturas estatales.
IV. El 10
de
febrero
de
2014, se publicó en el Diario Oficial
de
la Federación el
"Decreto por
el
que
se
reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones
ele
la
Constitución Pollt
ica
de los Estados Unidos Mexicanos,
en materia polltica-electoral".
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V. El anterior Decreto reformó diversas disposiciones que modificaron
la
denominación, estructura, funciones y objetivos del Instituto Federal
Electoral para transformarse
en
Instituto Nacional Electoral, entre las que
destacan
la
modificación de
la
integración de
su
Consejo General y
la
inclusión de nuevas atribuciones.
VI. El Transitorio Segundo del Decreto
de
la
mencionada Reforma, establece
que
el
Congreso de
la
Unión debe expedir
las
leyes generales
en
materia
de delitos electorales, asl como
las
que distribuyan competencias entre
la
Federación y
las
entidades federativas
en
materias de partidos pollticos;
organismos. electorales y Procesos Electorales,
de
conformidad
con
lo
previsto en
el
inciso
a)
de
la
fracción
XXI
, y
en
la
fracción XXIX-U del
articulo 73 de
la
Constitución, a más tardar
el
30
de
abril de 2014.
VII. Por otro lado,
el
primer párrafo del Transitorio Cuarto, refiere que las
adiciones, reformas y derogaciones que
se
hacen, entre otros,
al
articulo
116, fracción
IV,
de
la
Constitución, entrarán
en
vigor
en
la
misma fecha
en
que lo hagan
las
normas a que
se
refiere
el
Transitorio Segundo,
sin
perjuicio de lo previsto
en
el
Transitorio Quinto.
VIII.
El
Transitorio Quinto, dispone que
el
Instituto Nac
ion
al Electoral deberá
integrarse dentro de
los
ciento veinte dlas naturales siguientes a
la
entrada
en
vigor del Decreto y comenzará a ejercer
sus
atribuciones a partir de que
entren en vigor las normas previstas
en
el Transitorio Segundo antes
referido y
que
en caso de que a
la
fecha de integración del Instituto
no
hubieren entrado
en
vigor las normas previstas
en
el
Transitorio Segundo,
ejercerá las atribuciones que las leyes vigentes otorgan
al
Instituto Federal
Electoral.
IX.
El
Transitorio Vigésimo Primero del citado Decreto, asl como
el
Sexto
Transitorio de
la
Ley General de
la
materia senalan entre otras cosas,
que los actos jurldicos emitidos válidamente por
el
Instituto Federal
Electoral en los términos de
la
legislación vigente, surtirán todos
sus
efectos legales.

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