Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 12 de Julio de 2014 (Ordinario)

Epoca 6a. Villahermosa, Tabasco
PERI DIC
OFICIAL
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TABASCO.
PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO
Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha
17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816
12 DE JULIO DE 2014 7497
No.- 2398 RESOLUCiÓN
H. AVlJNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CENTLA
CONTRALüRJA MUNlClPAL
2013-2015
"21)13. C¿f1/enano
i
octuosos
de Frsoctsca y
Madero
y./ose
Maria
Pmo
Suaau'
R E S U E LV E:
PRIMERO.- Este Órgano de Control Interno MU1icipal, resulto competente para
:cnocer
y
.esoiver el presente
crocectrruenro. ----------- -------------------------------
5EGUNDO.- La
'Ira,
en que se tramito este
croes-so
es la
correera.----------
TERCERO.- Por \0 motivos ~xpuestos en
lOS
ccnsiderandos anteriores, de
conformidad cm
~~J
articuio ó4 rracc.on LI ce la Le'! de Resocnsabilldades de lOS
Scrvlcores Púbiic:Js del Estado, S2 oec'ars orccecer-re
ta
omisión administrativa .jeJ
~):;ucadano ARTURO CUJ HERNANDEZ; por
el
incumplimiento a las obligaciones
cóAtenlaas
211
-::1
arncuro
47
rracc'cr.es
I, TI '{ X'ÁI
c~e!
'.:rcenamientc antes indicado.-----
CUARTO.- Cerivado ce lo anterior. esta
Autoridad
,J.,dmi'r.istr3tJva
determina
.'·~/sanconar al ciudadano ARTURO CUJ HERNANDEZ. respectivamente, con
:~"c,'eINHASILITACION TEMPORAL PARA DESEMPE,'lAR EMPLEO.
CARGO
O
COMISION AL SERVIC10 PUBLICO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL POR EL
TÉRMINO DE TRES AÑOS, de conformidad con lo estabieoco en el articulo 53
rracc.ón VI de 'a Ley de Responsabilidades de los Ser!idores Públicos del 'Estado ae
Tabasco. -----------------------------------------.---------------------
QUINTO.- Para lo anterior. primeramente deber" notificársele ai responsaole la
sanción antes descrita en su cornroüo señataco en autos con ia finalidad que
Si
desea
~:er.¿ic~, derecho a incontormarse, de conformidad con el
artícuto
64 frac::ón U de ta
~;:-~.,.
'_e~' ésáonsaoítídaoes de los Servidores Públicos 'lIgEntes en el estado ce Tabasco,
. ..' .cue hay quedado firme publicar tos puntos rs-solutlvos de la presente en el
\-.y-,.::.••
~~~1ó:Cfi~ial de! =stado de Tabasco, comuníquese mediante
oñoc,
aojuntaco copias
.~ •• ~,", "o - - , '
,_3__~~J¡;!~nlC:PIOs y a la Secretaria ce Cont'"3loría ce! estado, ~[ como al Presicente
;"-1unidpal¡parasu
rescectívo
ccnccimienro.-----------------------·------
SEXTO.· Gírense los cñcos de estilo, con el fin de notificar a 'as partes, así
como a 'as acrcndaces administrativas,
correspondiente
con el Fin de dar
esmero
y
e..x3C:Ccurnonrnentc 3 'a oresente
:-esciucón adminrstrati'..·a.-----------------------------
5EPTIMO.- Una vez que cause
ejecurorta
la presente resolución
administrativa
hágase las anotacrones en Libro de Gobierno que se lleva en esta Contralona
'1
ya que
haya quedado ñrme la misma orocécase
d
dar cumplimiento cerno lo establece el
ordenamiento Greda en el último párraFo del artículo 53 de la- Lay~ Responsabilia-ad;'s--
de
lOS
Serviocres Públicos en vigor, '( en su oportu_n__id__a_d a_r_c__h_í_v_e__s_e__-"_I_p_r_e_s_en_t\
orocecirniento corno asunto :egal y toral mente concluido. -
NOTIFIQUESE y CUMPLASE. ~
ASI RESOLVIO, MANDA y FIRMA EL CIUDADANO LUIS PERALTA DE LA CRUZ,
CONTRALOR ~IUNICIPAL, POR ACUERDO DEL
c.>.
RAMON HERNANDEZ
SANCHEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTD
CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO CENTLA, ESTADO DE TABASCO, POR Y
'-A¡'¡n~+OS TESTIGOS DE ASISTENCIA, LIC. MARIA DEl CARMEN VALENCIA
.-'\~,
..
8AIJTIf1'A Y C.P. YARA PEREZ PEREZ. ----------------------------------------------
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.:?-=E.S-.,·/ .
-::-\RIA
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ST1GOSDE ASI
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LIC. MARIA ~RMEN VALENCIA BAUTISTA
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C.P.x';(kAr~EZ
2
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
RESOLUCiÓN
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~""'"J" H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CENTLA
CONTRALORIA MUNICIPAL
2013-2015
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7013. Centenario LucJuosos de Francisco t. Madero yJosé Maria Pino Susres
R E S U E l V E:
PRIMERO.- Este Órgano de Control Interno Municipal, resulto competente para
.couocer v resolver el presente procedimiento,-------------------------------------------------
~\c
SEGUNDO.- La vía, en que se tramito este proceso es la correcta,------------------
- '-"'. _.1.
TERC~.- Por lO motivos expuestos en
los considerandos anteriores¡
de
conformidad con el artículo 64 fracción II de la ,Ley de Responsabilidades de 105
Servidores Públicos del Estado, se declara procedente la omisión administrativa de',
ciudadano ll)I~ Hl)MBERTO PAZ CABRA lES; por el incumplimiento a las
obligaciones contenidas en elarticulo 47 'fracciones I, II Y XXI del ordenamiento antes
indicado,----"--------------------------------------- -------------------------------------------
Cl)ARTO.- Derivado de Jo anterior, esta Autoridad Aornirustrative determina
sancionar al ciudadano ll)IS HUMBERTO PAZ CABRAlES, respectivamente, con
INHABIlITACION TEMPORAl,. PARA DESEMPEÑAR EMPLEO, CARGO O
COMISION Al SERVIOO Pl)BUCO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL POR El
.'.~~ DE DOS AÑOS, de conformidad con lo establecida en el artículo 53
f~ VI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
i\ '~----------------------------------------------------- _
'''''J'1
~~~~l)INTO.- Para lo anterior, primeramente deberá notlficársele al responsable la
.-.,,, .•.• ,..,1.; ....
sancion antes descrita en su domicilio señalado en autos con la finalidad que 51desea
ejerza s~ derecho a inconformarse, de conformidad con el artículo 64,fracción 1I de la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos vigentes en el estado de Tabasco,
y una vez que hay quedado firme pubtrcar los puntos resolutivos de la presente en el
Periódico Oficial del Estado de Tabasco, comuníquese mediante cñcio, adjuntado copias
a los 16 municipios y a la Secretaria de Contr aloría de: Estado, al Órgano Superior d"
Fiscalización del Estado de Tabasco, asi como al Presidente Municipal, para su \
respectivo conocimiento. -------------- -. - -------------------------------~------.--------------------
SEXTO.- Gírense los oficios de estilo, con
el
fin de notificar a las partes,
»
como a las autoridades administrativas, correspondiente con el fin de dar estricto ".
exacto cumplimento a la presente resolución administrativa,----------------------------------
SEPTI ••.•O.-
Una
vez
que cause ejecutoria la presente resolución administrativa
hágase las anotaciones en Libro de Gobierno que se lleva en esta Cont:raloría
y
ya que
haya quedado' firme la misma
procédase
a dar curnoñrruento corr
J
le establece el
.-.~
. "_.n
d~;jos Servidores Públicos en vigor, y en su oportunidad arcrnvese el presente
'0\ .
procé\!IlfllJento como asunto legal ytotalmente concluido. ------------------------------------
,) l
.N~~QUESE y CUMPl,ASE.
,ASÍERESOI,.VIÓ, MANDA Y FIRMA El,. CIUDADA~O LUIS PERALTA PE l,A CRUZ,
'4'!F.NTO "
....l:OliTR.AIOJUlatUNI~ POR ACl)ERDO DEL C.P. RAMON HERNANDEZ
SANtHEZ,PRESIDENTE MUNIOPAL DEl H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DEl MUNIOPIO CENTLA, ESTADO DE TABASCO, POR Y
ANTE lOS TESTIGOS DE ASISTENOA, UC. MARIA DEl CARMEN VALENCIA
BAUTISTA Y C.P. YARA PÉREZ PÉREZ. ----------------------------------------------
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C.P.IARÁ~~REZ
12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
3
No.- 2399 RESOLUCiÓN
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CONTRALORÍA MUNICIPAL.- ORGANO DE CONTROL INTERNO MUNICIPAL DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CENTLA, TABASCO, SIENDO
LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS (09:30) DEL OlA DIEZ (10) DEL MES
ENERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014). ------- ----------------------- - .
.h~_ •• ;_,
J.-ll..,
Razón:- Que este Organo de Control Interno de la ContraJoría Municipal de este H.
Ayuntamiento Constitucional de Centra, es competente para conocer y resolver el presente
Prbiédimiento
Administrativo
Disciplinario de conformidad con lo
dispuesto
por los artículos
óó. 67 fracción l. II Y III de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Tabasco,
81 fracción lIJ. V, XVlIJ, XIX y XXIV, 218, 219. 220. 221, 222 de la Ley Orgánica de los
Municipios del Estado de Tabasco, 1, 2, 3 fracción V, 45,
47,
fracción 1, 11, 111YXIX, 49, 50,
51. 52, 53 Y demás nelativos y aplicabies de la Ley de R,,,ponsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Tabasco, el suscrito Contraíor Munic pal acuerda lo siguiente: - .. -------
PRIMERO.- Visto el estado procesal que guardan los autos que obran en el
,," e,\Cpediente administrativo EXP: CMC/PAD/016/2013, ACUMULACIQN:
;:.~_.~
;"~~C/PAD/023/2013, instruido en contra del c.uoaoano L.A.E. LUIS HUMBERTO PAZ
.~-.~'·~'B.RAlES, Ex Director de
Adrninistraoón
y
Ex Presidente
del
Comité de
AdqUisiCiones,
""k:~~r~ndamientos y Prestación de Servicios del Municipio de Centla, ejercicio 2012, radicado
-:':~ el incumplimiento de las obligaciones previstas en el articulo 47 de la Ley de
'1"''" ~"'L:1';11~
Responsabilidades de los Servidores Dúblicos del Estado de Tabasco, y toda vez que no existe
registro alguno de la interposición de medio legal de impugnación hecha valer por el
sencíonaco en la Resolución de fecha 12 de diciembre de 2013, emitida por este Órgano de
Control Interno Municipal, ya que fue notificado el día 17
.íe
diciembre de 2013, iniciando el
computo del plazo el día 18 de diciembre de 2013, por lo que descontando los días inhábiles
que mediaron: 21. 22. 25. 28 y 29 de diciembre de 2013, 1, 4 Y 5 de enero de 2014, el
ultimo día para presentar cualquier medio legal de irnpuqnación que tenía a su alcance era el
dia 09 de enero del presente año, por lo que se tiene que el C. LUIS tlUMBERTO PAZ
CABRAlEs,
no impugno la resolución administrativa citada con antelación, por lo que a la
presente fecha y existiendo confflrniento tácito por la p arte afectada del sentido del fallo,
decJaraque tal resolucietn[ ,~dmmjst(atlva ha ca! .sado estado para los efectcs
~
~
c:rc~po\dfentes
n '
SEGUN 00.- Una vez que el presente expediente y la resolución del mismo¡ causo
Firmeza de cosa juzgada¡ trae aparejada consecuencia que debe darse cumplimiento a las
~onai~¡ones que establece el artículo 53, último párrafo de 12Ley de ResponsabilIdades de los
se-ry~~, Públkosdel
Estado de Tabasco,
que en la parte conducente Indica
"Articulo 53.-
.-~J~¡resoluri~e las resotocíones por las que se dec are la destitución Oinhabílitacióf"!
d~'~~,~.~servidor
público,
una vez que haya quedado
firme,
serán publicados en el Periódico
Q~1~(grl
Estado, debiendo llevar los órganos de control correspondientes, los reqistros
ad"mlñfstt-ativos
para ello¡ así como informar a los órganos de control de los poderes
del
E,tado y de los Municipios y al de Poder Ejecutivo Federal, el sentido de la resolución
correspondiente.
TERCERO.- Se declara que dicha resoíuoón ha causado ejecutoria para los efectos
legales correspondientes. En consecuencia
y
al haberse determinado en el reseeíve del punto
c..erto, de la Resolución de fecha doce de diciembre del año dos mil trece, LA
INHABILlTA06N TEMPORAL PARA DESEMPEÑAR EMPLEO, CARGO O COMISION
AL SERVICIO PUBLICO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL POR EL TERMINO DE
DOS AÑOS, de conformidad con lo establecido en el articulo 53 de la Ley de
i<.esponsabil class="_ _6"> de Jos Servicores Públicos del Estado de Tabasco, se ordena el archivo del
presente procedimiento como asunto total y legalmente cooduícc .
CUARTO.- Complementados que sean los puntos anteriores, se acordará Jo que en
derecho.p~llRtpa. ---------- Notiñquese a las partes y cúmplase.-----------------,---------------
>;~,=:c"··· .
ASÍ
l(~ .
MANOA y FIRMA EL CIUDADANO LUIS PERALTA OE LA CRUZ. CONTRALOR
MUNIClP'~á H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CENTlA, TABASCO, ASISTIDQ
POR 'L,';:Ai:l'Ct"i'JOA'bA MARIA DEL CARMEN VALENCIA BAlJTISTA. EN SU CARÁCTER DE JEFE
DE ÁREA; CON QUIEN ACTÚA. CERTIFICA Y DA FE.
------:...-----------~t·-;·~--l--
\~
'~
EL SUSCRITO CIUDADANO M.V.Z. FRANCISCO REBOLLEDO GONZALEZ, SECRElARlO
MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CENTlA,
ESTADO DE TABASCO. CON FUNDAMENTO EN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 97,
FRACCION IX DE LA LEY ORGANICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO.' - . -
CERTIFICA
QUE LAS PRESENTES COPlAS FOTOSTATICAS ES REPRODUCCIÓN FIEL Y EXACTA
SACADAS DE LAS ORlGINAlIES, CONSISTENTES EN LA RESOLUCION DEL EXPEDIENTE:
CMC/PAD/016/2013, ACUMULACION: CMC/PAD/023/2013, DE FECHA 12 DE DICIEMBRE
DEL 2013, QUE OBRAN EN LOS ARCHIVOS QUE SE RESGUARDAN EN LA 'CONTRALORIA
MUNICIPAL, MISMAS QUE FUE~ON COTEJADOS Y QUE ruvs A LA VISTA DEL FOUO
0000001 AL 0000025. - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - . - - - - - - - - - - - - - - - - - - . - . - - -
FRONTERA, CENTlA, TABASCO A 30 DE JUNIO 2014
4
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
No.- 2400 RESOLUCiÓN
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Cen/enano
Luctuosos de
/rsoctsco
y Madsro y .Jose Maria Pino Suarez'
R E S U E L V E:
PRIMERO.- Este Órgano de Control Interno Municipal, resulto competente para
conocer y resolver el presente procedimiento.-----------------------------------------
o
SEGUNDO.- La vía, en que se tramito este proceso es la correcta.-------
TERCERO.- Por lo motivos expuestos en ios considerandos anteriores, de
conformidad con el artículo
64
fracción II de la Ley de Responsabilidades (le los
Servidores Públicos del Estado, se declara procedente la omisión administrativa del
ciudadano HORACÍO VILLAR GENESTA; por el incumplimiento a las obligaciones
contenidas en el artículo 47 fracciones 1, II Y XXI del ordenamiento antes Indicado.---·-
Cl,JARTO.- Derlvado.de lo anterior, esta Autoridad Administrativa determina
'''~~qHar él ciudadano HoRACIo VILI,.AR GENESTA, respectivamente, con
xi(~ILITACION TEMPORAL PARA DESEMPEÑAR EMPLEO, CARGO O
COMlS~ON AL SERVICIO PUBUCO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL POR EL
*~~,.IINO DE OCHO AÑOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 53
"~~tt~l7ión VI de la Ley de Responsabilidades de los Servidores públicos del Estado e
T ebasco. --,-
o. ----.--- ---.-------- •• ---------------.-------- -----------.--.-----------.-. - --
.QVINTO.- Para lo .""terlor, primeramente deberá notificársele al responsable la
sancl6ri antes descrita
eh
SUdomicilio señalado en autos con la finalidad que si desea
ejerza su derecho a Inconformarse, de conformidad con el artículo 64 fracción
¡¡
de :a
Ley de Responsabilidades de losServidores Púbttcos vigentes en el estado de Tabasco,
y una vez que hay quedado firme publícar los puntos resolutivos de ia presente en el
:'-~dl,co:Oficial del Estado de Tabascp, comuníquese mediante oficio, adjuntado copias
.~;;~6
:tn0nlciPiOSya la Secretar.a
de'
Contralo ría del Estado, así como al Presidente
!~¡d~al, },ara su respectivo conOClmle,.,c.--.---- •. ------.---------------.-------------------
c::.-".;<
SEXTO.- Gírense los oflcíos de estilo, con el en de notificar a las partes, así
:'
admmtstratrvas. corresoor.d.ente
con
el fin
de
dar
estricto
y
exacto
cumplimento
a la
presente
resotucrón
administratjva.~------·-------------------------
SEPTIMO,- Una vez que cause ejecutoria la presente resolución administrativa
hágase las anotaciones en ubre de Gobierno que se lleva en esta Contraloría y ya que
haya ouedaoo firme la misma procédase a dar cumplimiento coma lo establece el
ordenamiento citado en el últime, párrafo de! articulo
53
oe
'2
:.ey de Responsabilidades
de los Servidores Públicos en vigor, y en Su oportunidad archívese el presente
procedimiento como asunto lega; y totalmente concluido. ------- •.
NOTIFIQUESE
y
CUMPLASE.
Así RESOLVIÓ, MANDA Y FIRMA EL CIUDADANO LUIS PERALTA DE LA CRUZ,
CONTRALOR MUNICIPAL, POR ACVERDO DEL c.s. RAMO N HERNANDEZ
SANCHEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYl/NTAMIENTO
CONSTIT\JCIONAL DEL MUNICIPIO CENTl.A, ESTADO DE TABASCO, POR Y
0P')"E
LqS
TEs;nGOS DfASI5TENCIA, LIC. MARIA DEL CARMEN VALENCIA
Il~""'" ,.,. 'É' ,
. ~:.'. ,A YC.P. YARA PREZ p.ÉREZ, --- _
~::', >"; - , .
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JsnGOS DE ASISTENCIA
LIC. MARI~C:RMEN VALENCIA BAUTISTA
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C.P ARA REZ ÉREZ
12 DE JULIO DE 2014 PERIODICO OFICIAL 5
RESOLUCiÓN
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FirrnelO poro (,o!,ernnr
H. /l.YUrHllJ"¡"llW
"mltl~ur.IY'l~1
2013 - 2015
CONTRALORlA MUNICIPAl.- bRGANO D~ CONTROL INTERNO MUNICIPAL DEL
HONORABLE AYVNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CENTLA, TABASCO, SIENDO
LA~:'P~(¡,~ HoRi!S CON DIEZ MINi,lTOS (12:10) OEL OlA DIEZ (10) DEL MES
. ' .. ,.,>. \'( \.
_i.' _"," "
ENE~:~jI¡\NO bOSM~L CATORCE(2014). --------------------------------------------
":''''Ra~Ó),-
Queesle Orqano de control
Interno
de h Contralorfa Municipal de este H,
Ay'\lHr¡¡rRi~~toConstltucionaide ce~tla, es competente para conocer y resolver el presente
,'dAR!A Óle. _ ','" . _ .. ..' .
Not:Admlnlst¡atlvo Disciplinario de conformidad con lo dispuesto por los artículos
66, 67 fracción Í,
íl
y
m
de la Constttuclón Polltlca del Estado Libre
y
Soberano de Tabasco,
sl
frarctón
ni.
v,XvIi,I,
xfx y XXiV,2iB, 219, 220, 221, 222 de la Ley Orgánicade 105
t~Unlclplosdel EshJdode tabasco, 1, 2,3 fracción 11,45, 47, fracción 1,
tt,
III Y XIX, 49, 50,
51, 52, 53 Y 4e~~s relatlvos
y
ephceblesde la Ley de Responsabilidadesde 105Servidores
Públicosdel Estadode Tabasco,
el
suscritoContralor Municipal acuerda lo siguiente: .----.--.-.
PRIMERO.- IIlsto el estado procesal que guardan 105 autos que obran en el
eíi:~~e ,administrativo EXP: CMC/PAD/014/2013, ACi,lMi,lLACION:
C,M /016/2013, lnstruldo en contra del ciudadano L.C.C. HORACIO VILLAR
G Ex Director de Plnanzas
y
Ex
SecretarIo del Comité de Adquisiciones,
MÑl!¡¡j¡¡¡hlentos y ~reslaclón de servrcios del Municipio de Centla, ejercicio 2012, radicado
"'~6P'I!IM\I1IWlnpllmlento de las obligaciones previstas en el articulo 47 de la Ley de
Responsabilidades,de los Servidores
Públícos
del Estado de Tabasco,y toda vez que no existe
registro alguno de I~
mterposkton
de medio legal de Impugnación hecha valer por el
sancionado
en
la kesoluclón de fecha 14 de diciembre de 7013, emitida por este Órgano de
Control Interno Municipal.ya que fue notificado el día 17 dediciembre de 2013, Iniciando el
computo del plazo el dla 18 de diciembre de 2013, por lo que descontando los días ínhébues
que mediaron: z
í,
22, 2$, 28 Y 29 de diciembre de 2013, 1, 4 Y 5 de4nero de 2014, el
ultimo dia para presentar cualquier medio legal de impugnación que tenia a SUalcanceera el
dfa 09 de enero del presente año, por Jo Que se
treno
Que el C.
HDRACIO VIlLAR
GENESTA,
no Impugno la resolución admInistrativa citada con antelación, por lo que a la
pr~s,~n,tefecha y existiendo con~mlento tácito por la porte afectada del sentido del fallo,
se\~~~~arat~ue tal re5oluClótl.Jjadmln,stratlva ha causado estado para 105 efectos
cor~r¡~ntes.
n
~EGlJNDd.- Una vez que el presente expediente y la resolución del mismo, causo
rlflnéz~
deeósil JUzgada. trae aparejada consecuencia que debe darse cumplimiento a las
/2~k\Qne; qlJe estableceél articulo 53, último párrafo de la Ley de Responsabll'dadesde 105
s~rikd{~\s
PúbilcosdeL~slado de tabasco, que en la parte conducente Indica
''Atticulo
53.'
¡;i:¡¡tRtbi
resolutivos d~ las res~lutlones por las que se declare la destitución o Inhabilitación
~~',;'- r , ". ',;',': -'..' ,-
:;~~;;hil1.séNidor público, UM vez que haya quedaoo firme, serán publicados en el Periódico
:'(j,N¡~~l~el,
~5t~tJO; d~biendo llevar Iqsórgahos de centro: correspondientes, los registros
adf1,lr1istraflvospara ello, a5l como Informar a los órganos de control de los poderes del
Estado y de los I~UI1Ic1piosy al de Poder Ejecutivo fe,jeral, el sentido
de
la resolución
corr~sPbhd¡etlte,
tERCERO." Se dedara que dicha resolución na causado ejecutoria para 105 efectos
leg¿lescorres~oridleht~s.Er1 consecuencia y al haberse dererrnlnado en el resuelve del punto
cuarto, tie RE!SblutlófÍ de fetha doce .de diciembre del año dos mil trece, LA
INHABIqTÁC1ÓN T~Ml>clRAí., I>ARA DESEr:,PEÑAR EMPLEO, CARGO O COMISION
AL
s~~vídti
~ti¡¡LtCjj ~EDERAl, ~STATAL O MUNICIPAL I>OR EL TERMINO DE
OCHO AÑÓ~,
de
conformidad ton lo establecido en el articulO 53 de la Ley de
ResPonsabilidadesde ids Setvld~fes Públicos dei Estado de Tabasco, se ordena el archivo del
presente proádlthlento como asunto total y legalrl1enteconcluido.
CL'ARto,- COmplementadosque sean 105 puntos anteriores, se acordará lo que en
deretho proceda. ------.--- Notlfíquese a las partes y cúMplase.----------------------------------
Así
LOACORbÓ, MANDA
y
~lRMA EL CIUDADANOLUIS PERALTADE LA CRUZ,CONTRALOR
MUNiCIPAL.- DEL H. AYUNTAMIENTOCONSTITUCIONALDE CENTLA, TA~ASé:O,ASISTIÓO
PORLA LI~DA MARtA DELCARMEN VALENCIABAIJT1STA,ENSU CARÁCTERDEJEFE
bE AREA;C§HJ~IHJ ActÚA, C~R11Fl(). yDA FE.
---------------;f;/-- ..
-.¡¡------.
el
SUSCRITOClUDADANO M,V,Z. FRANCISCO REBOLLEDO GONZALEZ, SECRETARlO
,"1UNIClPALDEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUOONAL DEL MUNIOPIO DE CEJIITUI,
ESTADO DE TABASCO. CON FUNDAMENTO EN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 97,
FRACOONIX DE LA LEY ORGANICADE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADODETABASCO.- - --
CERTIFICA
QUE LAS PRESENTESCOPIAS FOTOSTATICAS ES REPRODUCCIÓN FIEL Y EXACTA
SACADASDE LAS ORlGINALES, CONSISTENTESEN LA RESOLUCIONDEL EXPEDIENTE:
CMC/PAD/014/2013, ACUMULACION: CMC/PAD/016/2013, DE FECHA 12 DE DI0EMBRE
DEL 2013, QUE OBRANEN LOS ARCHIVOS QUE SE RESGUARDANEN LACONTRALOR1A
r~UNICIPAL, MISMAS QUE FUERON COTEJADOS Y QUE
ruvs
A LA VISTA DEL FOUO
0000001 AL 0000041. -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - _~ __ __ _ _
FRONTERA,CEJIITUI,TABASCOA30 DEJUNIO 2014
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PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
No.- 2391
DIRECCiÓN DE PROTEcelON AMBIENTAL y DESARROLLO
SUSTENTABLE 2013-2015
REGLAMENTO DE PROTECCiÓN AMBIENTAL Y
DESARROLLO SUSTENTABLE DEL MUNICIPIO DE
CENTLA, TABASCO ..
PUNTO DE ACUERDO PARA APROBAR EL PROYECTO DEL
REGLAMENTO DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO
SUSTENTABLE DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CENTlA.
TABASCO.
c.s. RAMON HERNANDEZ SANCHEZ, Presidente del Honorable
Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Centla, Tabasco, Ejercicio 2013-
2015,
Hago saber: .
Que el honorable Ayuntamiento que presido con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos rnexrcanos , 65 de la Constitución Politica del Estado Libre
y
Soberano
de Tabasco, 29 fracción 111, 65 Fracciones
J,
l l I Y demás
aplicables
de la L.ey
Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; en sesión Ordinaria de
cabildo de techa doce del mes de Junio del presente año 2014, y
CONSIDERANDO
PRIMERO_~
Que los articulas 115 primer párrafo, de la Constitución Polllrc a de
los Estados Unidos Mexicanos
y
64 fracción
I
de la
Constitución
Poliuca de la
particular del Estado. son
.comcicíente
s en señalar que el Municipio ltbre es la base de
la división territorial y de la
orqanización
potluca y adrnirustratrva del Estado de
Tabasco, y se encuentra dotado de personalidad juridica y patrimonio propio
SEGUNDO.~ Que conforme a los citados ordenamientos, cada MUniCiPIO será
Gobernado por un Ayuntamiento, Siendo su Organo Ejecutivo el Presidente Municipal.
conforme lo señala el artículo 6~
pruncr p-rn
afo
de
la
L12Y
Orgánica de
105
Municipios
del Estado Tabasco en vigor, con las
íac.uita.f
es que dicha ley y demás disposiciones
legales
y
reglamentarias le confteren
TERCERO.· El articulo 4to . par.at.. qutruo de la Constitución Politica de los
Estados Unidos Mexicanos, establece como garantia individual
y
derecho fundamental
de toda persona, gozar de un
arnbtente
adecuado para su desarrollo y brenestar
determinando así la obligación del Muructpto para crear los rnecarusrncs e
instrumentos
jurídicos
que conduzcan a dicha garantia De Igual manera, el apartado
27 de este mismo ordenamiento legal. establece que corresponde a la
Nación.
preservar y restaurar el equihbuo
ecolóqico
y evitar la destrucción de los elementos
naturales y los danos que puedan sutru en
perjUICIO
de la sociedad. para lograr el
desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la
población rural
y
urbana
CUARTO.- Que la reforma del articulo 4to, de la Constitución General de la
República establece, que toda persona
Irene
derecho a un ambiente saludable
y
equilibrado Asimismo
señala.
que las autoridades instrumentarán y aplicarán en el
ámbito de su competencia, planes, programas
y
acciones destinadas a La
preservación, aprovechamiento racional, protección
y
resarcimiento de los recursos
naturales, de la flora
y
la fauna existente en su territorio; prevenir, evitar
y
castigar
toda forma de contaminación ambiental
El estado y los municipios realizarán asimismo acciones de prevención
y
control de
cambio climático. Por otra parte, los ciudadanos tienen la obligación de contribuir,
participar
y
exigir la preservación, restauración
y
el equilibrio ecológico, disponiendo
libremente de la acción popular para denunciar cualquier daño o deterioro ambiental
ante los Ayuntamientos.
QUINTO.- Que debido al desarrollo de las actividades económicas y al
crecimiento
de la población
del Municipio
de Centla,
es necesario establecer
las
bases
normativas que permitan reducir las alteraciones al equilibrio ecológico de los
ecosistemas, mediante el establecimiento del marco normativo que permita prevenir,
reducir
y
mitigar las alteraciones al equilibrio ambiental.
SEXTO.- Que resulta necesario contar con instrumentos jurídicos suficientes
para garantizar el derecho 8 todo ciudadano del municipio, a vivir en un ambiente
adecuado para su desarrollo
y
garantizar a las generaciones futuras un municipio sano
y conservado.
S~PTIMO.-
Que el municipio requiere de disposiciones norrnauvas acordes a
las problemáticas ambientales presentes
y
venideras, para garantizar la minimización
de la contaminación originada en el municipio.
OCTAVO.- Que las actrvroades que se realicen dentro del territorio municipal
por el sector agrícola, comercial, industrial
y
particular, prevengan, controlen
y
mitiguen los impactos ambientales ocasionados por sus actividades, preservando los
ecosistemas
y
el bienestar, asf como la salud pública de la población, por lo que es'
impostergable para el Ayuntamiento de Centra, cuidar, proteger
y
restaurar los
recursos naturales, los ecosistemas
y
el medio ambiente para preservar la calidad de
vida de las personas radicadas en el territorio de este municipio.
NOVENO.- Es neceear¡o que las autoridades municipales participen activa
y
directamente en la prevención reducción, mitigación y restauración de los impactos
ambientales que se registren en este municipio de Centls.
DECIMO,-
En base al
artículo
8,15, fracciones
i
a la XV y 16 de la Ley General
del Equilibrio Ecológico
y
la Protección al Ambiente: 12 fracción 1,11,
XXIV
Y
XXV de la
Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco, 29 fracción
11. 111.
XLII. 47, 48. 51.
52, 53, 54
Y
65 fracción 1, 11,111,73. fracciones
XIV,
75, párrafo tercero y 94 bis,
y
demás relativos
y
aplicables de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de
Tabasco, y derivado de la presentación de las normas que contienen EL PROYECTO
DEL REGLAMENTO DE PROTECCION AMBIENTAL y DESARROLLO
SUSTENTABLE DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTiTUCIONAL DE CENTLA.
TABASCO, el cual cumple con los requisitos que señalan los articulas 51, 52, 53, 54,
de la citada Ley Orgánica; por lo que es necesario la aprobación del citado proyecto
por parte de los integrantes de este H. Ayuntamiento Constitucional, Cenua, Tabasco
Lo anterior para efectos de dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas
mencronecas.
DECIMO PRIMERO.-
En virtud de lo anterior, se procede a canalizar al H.
Cabildo que integra el H. Ayunt.srniento Constitucional de CenUa, Tabasco, el Proyecto
del Reglamento de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable del H
Ayuntarniento Constitucional do Centla, Tabasco, para los efectos de su aprobación
correspondiente
REGLAMENTO DE PROTECCiÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DEL MUNICIPIODE CENTLA, TABASCO
TITULO PRIMERO
Disposiciones Generales.
CAPITULO PRIMEROGENERALIDADES.
ARTíCULO 1.-las disposicionesque contiene este Reglamento son de orden público
e Interés social. asl comode observancia general en el Municipio de Centla del Estado
de Tabasco, teniendo por objeto establecer las normas. politicas, programas
y
acciones
para la preservación. protección, conservación
y
restauracióndel ambiente mediante el
aprovechamiento sustentablede los recursos naturales y la prevención y control de la
contaminación y sus causas. garantizando el derecho de toda persona a
vivir
en un
ambiente adecuado parasu desarrollo
y
bienestar
ARTíCULO 2.- Se considera de utilidad y orden público e interés social:
l.- El ordenamiento ecológicolocal Omunicipal.
12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
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11.-El establecimiento de la politica ambiental del Municip,o
111.-El establecirniento de las áreas naturales protegidas, áreas verdes rnurucrpates y
otras zonas prioritarias de preservación y restauración del equilibrio ecológico, asi
como áreas turísticas de! municipio
IV.- La prevención
y
control de la contaminación del arre, agua
y
suelo en al municipio
V. - Las demás acciones que se realicen para dar cumplimiento a Jos fines de! presente
Reglamento, Sin perjuicro de las atribuciones que le competen a la Federación y al
Estado
ARTIcULO 3.- Para efectos de esle Reglamento,
serán
aplicables las definiciones
establecidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y
sus Reglamentos: la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su
reglamento, la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, la Ley de Protección
Ambiental del Estado de Tabasco y sus reglamentos la Ley de usos del agua del
Estado de Tabasco y su reglamento; las Normas Oficiales Mexicanas y Normas
Ambientales Estatales; asimismo.
serán
aplicables lag establecidas en otras leyes
estatales
y
reglamentos municipales relacionadas con las materias que regula este
Reglamento
ARTIcULO 4.- Todo lo no previsto en el presente Reglamento, se aplicaran
supletoria mente en el
ámbito
de competencia del Munic.pio ta Ley General de Equillbrlo
Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley para la Prevención y Gestión Integral de
los Resiouos. la Ley de Aguas Nacionales asi como la l.ey de Protección Ambiental del
Estado de Tabasco, la Ley de usos del agua del Estado de Tabasco, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, Código de
Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco, así Como los reglamentos y las
demás
normas aplicables a la materia.
CAPITULO SEGUNDO
DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL MUNICIPIO.
ARTicULO 5.- En los términos dispuestos por este capitulo, la apucación del presente
Reglamento es competencia de
1.-El Ayuntamiento:
11.-El Presidente Municipal,
1/1-La Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable:
IV. Las
demás
entidades o unidades adrninistrativas a las que este Reglamento
específicamente les confiera alguna responsabilidad en las materias que regula
ARTIcULO 6 - Corresponde al rnuruciplo
realiza:
las siguientes funciones y
atribuciones
1- Formular, conducir, evaluar y aplicar la política ambienta! municipal para el desarrollo
sustentable, en congruencia con la política federal y estatal;
11.-Aplicar los
Instrumentos
de la política ambiental previstos en las disposiciones
legales aplicables en la rnatena;
111- Elaborar, instrumentar, evaluar, actualizar
y
difundir el Programa Municipal de
Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, en congruencia con la política estatal y
federal ambiental
IV,- Llevar a cabo las acciones tendientes a
preservar
y
en su caso
restaurar
el
eauilibrio ecológico
y
proteger el ambiente en bienes
y
lonas
de su jurisdicción.
V.· Prevenir
y
controlar la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas o
serniñras que runcionen como establecimientos mercar .tües o de servicios, así como de
emisiones de contaminantes
provenientes
de fuentes móviles que no. sean de
Jurisdicción federal o estatal;
VI- Prevenir
y
controlar los efectos contaminantes Sobre el ambiente ocasionados por
servicios municipales de agua potable, orenaie, alcantanllaoo. tratamiento y drsposición
de aguas limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, transito y
transporte rnurucipal:
VII - Regular la generación y autorizar la prestación [le los servicios de limpia para el
manejo de resicuos
sólicos
urbanos, así como
sancionar
la
disposioón
de estos
residuos y materiales en sitios no autorizados y ordenar su remediaci6n:
V/lI . Regular y autorizar las actividades que comprendan el manejo integral de los
residuos sólidos urbanos: reducción en la fuente, separación, reutilización, reciclaje,
tratamiento, acopio. recolección, almacenamiento, transporta y disposición final de
residuos sólidos urbanos, para adaptarse a las condiciones y necesidades de cada
lugar, curnpliendo objetivos de va.onzaeón, eficiencia sanitaria, ambiental, económica
y
social;
IX.- Prevenir y controlar la contaminación por ruido. vibraciones, energia térmica y
lurninica, radiaciones magnéticas y olores perjudiciales para la salud, el equilibno
ecoíóqico y el ambiente, provenientes de fuentes fijas y semifijas que funcionen como
establecimientos mercantiles o de servicios, de las fuentes móvilas, que no sean de
junsdicción estatal o federal así como las provenientes del resultado de la quema a cielo
abierto de cualquier tipo de residuos sólidos urbanos;
x.-
Crear,
administrar, proteger
y
vigilar áreas naturales protegidas, zonas de
conservación ecológica
y
áreas verdes dentro de su
territorio,
de acuerdo con lo
previsto en la Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco y su reglamento en
la matena:
Xl-
Establecer y, en su caso,
adrninistar dentro de su respecnva
Jurisdicción
zoológicos, zonas de oernostracrón jardines botarucos y otras
InstalaCiones
o
exhibiciones
similares;
Xll.- Proponer y promover, ante el titular del Poder Ejecutivo del Estado, la Declaración
de áreas naturales protegidas de jurisdicción estatal, con
ubicación
dentro de su
circunscnpción territorial,
XIII.- Participar en coordinación con las autoricades estatales ambientales en la
atención de los asuntos que afecten el equiiitmo ecológico de dos o más rnurucipios y
que generen efectos ambientares neqativos en Su circunscripción territonat.
XIV. ~ Prevenir
y
controlar la contaminación de las aguas que se descarguen en los
sistemas de drenaje
y
alcantarillado de 105 centros de
población.
así como de las
descargas nacionales que tenga asiqnadas
XV - Dictaminar la procedencia de las solicitudes de autorización que se presenten para
descargar aguas residuales a los sistemas de drenaje y alcantarslado que adrrurustre el
MuniCipIO;
XVI.- Determinar las acciones
y
obras, así como realizar la supervisión de estas, para
llevar a cabo el tratamiento neceS81JÜ de las aguas residuales que administre el
Municipio:
XVII.- Elaborar y actualizar el registro municipal de descargas a los sistemas de drenaje
y
alcantarillado que adrnmstre el Municipio;
XViii Promover el uso t:.:1:~;!entedel agua a través del aorovecharnrento sustentable, la
conservación, el ahorro, reciclaje. saneamiento
y
reuso de las aguas que se destinen
para la prestación de los servicios
públicos
d
su cargo, conforme a·10 dispuesto en la
Ley de Aguas Nacíonales y la Ley de usos de agua del estado de Tabasco,
XIX.-Formular el programa de ordenamiento ecológico local, en congruencia con el
Ordenamiento general del territorio
y
del estado de Tabasco as: corno controlar
y
vigilar
el uso de suelo establecido en dicho programa,
XX - Participar en coordinación con las autoridades estatales ambientales, en la
Vigilancia del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el
proq.ama
de
ordenamiento ecológico del Estado de Tabasco en la parte del terntor.o .iuructpto
que corresponda,
XXI.- Evaluar. el impacto ambiental en los casG~'i
,.',)liIOfr1"'W1::ll1
con la l.ev de
Protección Ambiental del Estado de Tabasco, su reqlauterito en materia de Impacto
y
nesgo ambiental
y
el presente reglamento, sean de su competencia, así como podrá
particrpar emitiendo la opinión técnica respectiva en la
evaluación
del mismo en caso
de que las obras o actividades sean de cornpetencta estatal o federal, pero se realicen
en el ámbito de su circunscripción
territoria!
XXII.- Coadyuvar en la
aplicación
de las normas oficiales mexicanas
y
normas
ambientales estatales, aplicables a las materias de competencia mumcrpal referidas en
este reglamento;
XXlll.- Participar en
coordinacrón
con las autoridades estatales ambientales en las
emergencias
y
contingencias ambientales que aíecten su
circunscnpción
territonal,
conforme a las políticas y.proqrarnas de protección civil que al efecto se establezcan en
el territorio estatal;
XXIV.~ Formular
y
conducir la política
rnullv'lp31
de Información
y
difusión
en
rnatetta
ambiental,
XXV. - Promover la
participación
de la sociedad en acciones tendientes a preservar los
recursos naturales
y
en su caso restaurar el ambiente rnutucip al. pudiendo celebrar
convenios o acuerdos de
concertación
con los diversos sectores de la SOCiedad a fin de
llevar a cabo las acciones requeridas para el cumplimiento de esta Ley,
XXVI. - Celebrar toda clase de acuerdos,
convenios
contratos o actos [urldicos que se
I
equieran para el eJerCICIOde sus tuncione
s
de conformidad con las o.sposiclones
jurídicas aplicables;
XXVII.- Emitir recomendaciones a la adrnrrustración pública federal o estatal, con el pro-
pósito de promover el cumplimiento de la legIslación ambiental, asi como para la
ejecución de las acciones procedentes por la falta de aplicación o
incurnplimiento
del
presente reglamento,
XXVHL- Otorgar
y
revocar los permisos, licencias
y
las autorizaciones de su
com petenera,
XXIX,-
Substanciar
y
resolver el procedimiento admlnistrauvo de inspección
y
vigilancia
conforme a derecho;
XXX.- Emitir los acuerdos de tramite y resoluciones correspondientes al procedimiento
administrativo de inspección
y
vigilancia, imponiendo las sanciones
y
medidas
correctivas que procedan por infracciones al presente reglamento
y
demás
orsposiciones aplicables;
XXXI.~Admíttr
y
resolver los recursos de revisión que se interpongan con motivo de las
resoluciones que emita la autoridad ambiental municipal;
XXXII.· Promover y difundir en la población del municipio el conocimiento de este
reglamento:
XXXIII.- Expedir. previo pago de derechos correspondiente, las copias certiticadas yta
Información que le sea solicitada;
XXXIV.- Recibir, atender, conocer e Investigar las denuncias populares que presente las
personas fisicas o Jurídicas colectivas referentes a hechos, actos u orrusiones que
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PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
constituyan violaciones o incumplimiento de las disposiciones jurldlcas aplica bies
relacionadas con las materias del presente reglamento,
XXXV.- Elaborar dictámenes tecmcos o periciales respecto de daños y perjuicros
ocasionados por
Violaciones
o incumplimientos a las disposiciones juridicas del
presente reglamento, previa
tramitación
de la
denuncia
popular
respectiva.
XXXVI.- Denunciar ante las autondaoes competentes. cuando conozca de actos,
hechos u omisiones que
constituyan viotacrones
o
incumplimiento
a la legislación
ambiental;
XXXVII.- Ordenar la realización de
VISitas
de
Inspección
de oficio o derivada del
seguimiento de la denuncia ciudadana presentada,
XXXViii. - Ordenar, cuando exista riesgo Inminente de desequillbno ecolóqico o de daño
a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones graves para los
ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, las medidas de seguridad
necesarias para prevenir, controlar o evitar dicho riesgo;
XXXIX.-Formular o actualizar el diagnóstico sobre la situación ambiental del Muni-
cipio;
XL.- Promover
y
difundir en el ámbito de su competencia, a través de proqramas
y
proyectos de educación ambiental, de conservación y desarrollo ecotóqico una cullura
y valores ecológicos, que generen una mayor conciencia ambiental;
XLI.- Ejercer aquéllas facultades que hayan sido descentralizadas o delegadas en su
favor, por la Federación o el Estado;
XLII.· Promover la suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, de
asesoria
y
servicio social en materia ambiental con instituciones de educación
superior
XlIll.- Integrar y mantener actualizado el registro de emisiones y transferencia de
Contaminantes al aire, agua, suelo y residuos de su competencia, Incluyendo las
fuentes fijas de su competencia;
XLlV.- Elaborar las disposiciones legales, admimstrativas, normas y procedimientos
tendientes a mejorar y proteger el ambiente y tos recursos naturales del mumcípio:
XLV· Promover el uso de tecnologias apropiadas para el ambiente y el
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales e inducirlo en Jos sectores
social y privado;
XLVI.- Gestionar ante el Congreso Federal o Estatal la incorporación de recursos dentro
del Presupuesto anual de egresos para la ejecución del Programa Municipal de
Protección al Ambiente;
XLVII.- Proponer al Congreso Local el pago de derechos por los servicios
ambientales que preste la autoridad ambiental municipal así como su monto; y XLVIII.·
Las demás atrtoucrones que le conceda el presente reglamento. la Ley de Protección
Ambiental del Estado de Tabasco y los demás ordenamientos legales aplicables
TITULO SEGUNDO
PREVENCION y CONTROL DEL AMBIENTE Y DEL EQUILIBRIO ECOlOGICO.
ARTICULO 7.- Es facultad del Ayunranuento dictar las medidas de segundad para
prevenir
y
controlar la contaminación de!
arnbtente,
causada por fuentes móviles o fijas
dentro del territorio municipal.
ARTICULO 8.- En la aplicación de la prevención y control del equilibrio ecoíóqico
dentro del Municipio. el Ayuntamiento establecerá los enterios
y
medidas necesanas
para:
l.. Prevenir y controlar ia contaminación de la atmósfera. generada por fuentes que no
sean de Jurisdicción Estatal o Federal
1I .•
Prevenir y controlar la contamínación de aguas que tengan asignadas o
concesionadas para la prestación de servicros públicos, y de las que se descarguen en
el sistema municipal de drenaje y alcantartllado de los centros de población del
Municjpio, sin perjuicio de las facultades que tengan el Estado y la Federación en esta
matena
111..
Prevenir
y
controlar la contarrunación originada por ruido, víoracíones. energia
térmica
y
luminica, asi como energla radioactiva, perjudiciales al ambiente generadas
por fuentes que no sean de jurisoicción Estatal o Federal
Prevenir y controlar la contaminación originada por vapores, gases y olores
perjudiciales al ambiente, cuando estas fuentes contaminantes se encuentren dentro del
territorio municipal.
IV.-Regular y controlar el manejo de los residuos sólidos, ya sean domésticos\
industriales, de hospitales, agropecuarios o de actividades extraclivas, con el objeto de.
que se recolecten y se disponga de ellos conforme a las normas establecidas
V: Promover, organizar y desarrollar programas para mejorar la calidad del aire, agua,
suelo y subsuelo, flora y fauna silvestres, asi como de aquellas áreas cuyo grado de
deterioro se considere peligroso para la salud pública de los nabüantes del Municjpio.
VI.- Establecer los mecanismos y operativos necesarios para la prevención y control de
emergencias ecológicas y/o contingencias ambientales. --
VIt.- Establecer criterios y mecanismos de prevención y control ecológico, derivados de
ta prestación de servicios públicos, de carácter municipal O privado.
Vltl. - Regular
y
controlar con unes ecológicos, el aprovechamiento de los minerales o
sustancias no reservadas al Estado o la Federación, que constituyan depósitos de
naturaleza semejante a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos
de su descornposictón que puedan utilizarse para la tabrlcación de materiales para la
construcción u ornamento
IX,- Incorporar en las licencias municipales de construcción que tengan como objetivo la
realización de obra o actividades que produzcan o puedan producir impacto o riegos
ambientales siqnificativos, el resultado del dictarnen emitido por la autoridad
competente como medro de prevención
y
control del ambiente y del equñrbrio ecolóqico
X. Las demás que le confieran otros ordenamientos jurldicos en la matena
TITULO TERCERO
PARTlCIPACION SOCIAL.
ARTICULO 9.- El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, promoverá la partrcipación sohdana y responsable de los
habitantes del MuniCipio. en la poiitica ecológica y en la observancia del presente
reglamento y demás disposiciones jurídicas de la malena, por medio de acciones de
difusión y vigilancia de los trabajos que en materia ecológica se 'ealicen dentro de la
Jurisdicción municipal.
ARTICULO 10,- La preservación y aprovechamiento racional de los rece' 'os naturales
dentro del MuntciplO, son de orden público e interés social e rrnpüca una
corresponsabilidad SOCialen la que tanto las autoridades municipales como vecinos;
transeúntes del Municlpro son responsebles solidarios en la atenctón, solución. control
y
prevención de los problemas ambientales, por lo que deberán participar
y
colaborar en
las tareas de mejoramiento del ambiente y sugerir programas de carácter ecológico a
las autoridades competentes.
ARTICULO 11.- El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambiental
y
Desarrollo Sustentable, podrá celebrar conventos de concertación y participación social
con particulares, grupos interesados y organizaciones sociales, instituciones privadas
de carácter no lucrativo e insutuciones educativas a fin de fomentar y mejorar la
protección del
ambiente
para que en la sede o ámbito de influencia de los
mismos,
participan responsablemente en la protección del ambiente y restauración del equilibrto
ecolóqico
ARTíCULO 12.- El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, promoverá reconocimientos públicos a Ciudadanos, grupos o
instituciones que de manera altruista se distinga por su labor en la protección,
mstauracrón y restauración del ambiente y equilibrio ecológico.
TITULO CUARTO
POLlTICA ECOlOGICA.
ARTICULO 13.- La Polilica Ecologica Municipal, es el conjunto de criterio y acciones
establecidos por el Ayuntamiento con base en estudios técnicos, cientlficos, sociales y
económicos, que parmitan orientar las actividades públicas hacia la utilización,
regeneración, preservación racional
y
sustentable de los recursos naturales con que
cuenta el Mumcipio. fomentando el equilibrio ecológico y la protección ambiental
ARTICULO 14- El Presidente MuniCipal formulará, conducirá y adecuará la política
ambiental, en congruencia con la política Estatal y Federal
ARTICULO 15,- Para la formulación y conducción de la politica ecológica, el
Ayuntamiento observará los siquientes principlos generales:
1.
-Las autoridades municipales, la Dirección de Protección Ambiental Y Desarrollo
Sustentable y los ciudadanos deben asurnir la corresponsabilidad de la protección del
equilibrio ecolóqico
11.-
La responsabilidad de las autoridades y de la sociedad respecto al equilibrio
ecológico comprende tanto las condiciones presentes, como las que determinen la
celidad de vida de las futuras generaciones del Municipio.
111·
La prevención de la contaminación y las causas que la generen, es el medio más
eficaz para evitar los desequilibrios ecológicos dentro del territorio municipal.
IV.' Corresponde a la autoridad municipal en el ámbito de su competencia, preservar el
derecho que toda persona tiene a oisfrutar de un ambiente sano.
V - El aprovechamiento de los recursos naturales renovables dentro de la Jurisdicción
municipal, deben realizarse racionalmente para que se asegure el mantenimiento de su
diversidad y renovabilldad.
VI- Los recursos naturales no renovables del Municipio deben utilizarse de modo que
se evite el peligro de su agotamiento y la generación de efectos ecológicos adversos.
VII.- la coordinación del Ayuntamiento con los olros niveles de gobierno y la
concertación con la sociedad, son indispensables para la eficacia de las acciones
ecológicas dentro del MunicipIO.
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PERIODICO OFICIAL
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VIII - Los sujetos principales de la concertación ecológica dentro del MUniCiPiO son tanto
sus habitantes, como el Consejo Municipal de Protección al Ambiente, así como los
grupos
y
organizaciones sociales, el propósito de la concertación de las acciones
ecológicas, es orientar la
relación
entre la sociedad y la naturaleza.
IX - El contr o! y la prevención de ta contarrunación ambiental, el adecuado
aprovecnarruer .c de los elementos naturales
y
el mejoramiento del entorne natural en
los asentamientos humanos, son elementos tundarnentales para elevar la calidad de
vida dentro del Municipio
TITULO GUINTO
PLANEACION ECOLOGICA
ARTICULO 16.~ La ptaneacrón ecológica municipal, es el conjunto de
acciones
Que
fijan
prioridades para elegir alternalivas, establecer objetivos
y
melas que permitan conlrolar
y
evaluar los procedimientos encaminados a la preservación, protección
restauración,
preservación
y
regeneración del ambiente, así como cuidar la relación existente entre la
flora y la fauna con su entorno
ARTicULO 17.· En la planeación ecológica del Mur'lclpio deberán observarse los
siguientes aspectos:
1.- El ordenamiento ecológico es el proceso mediante el cual se obtiene el diagnóstico
propuesto de la problemática ambiental del MUnicipiO, asi como del potencial ecolóqico
de su desarrollo
11.- El impacto ambiental está enfocado a evitar la reauzación de obras o actividades
publicas
y
privadas que puedan causar desequilibrios ecológicos o rebasar los límites
y
condiciones señalados en el presente Reglamento, y en las normas técnicas ecológicas
emitidas por airas disposiciones legales
ARTíCULO 18.- El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambienta,
Desarrollo Sustentable, en maten a de planeación ecológica tendrá las sigule:'
atnbuciones
I - Proteqer el ambiente de los diversos centros de poutación, respecto de los efectos
negativos derivados de los servicios públicos municipales.
Ii~ Ejecutar el Programa Municipal de Protección Ambiental. considerando la opinión de
la sooedac en general
111- Fomentar la educación, conciencia e investigación ecotóqica, en coordinación Con
las insutucrones educativas, la Ciudadanía
y
los sectores representativos del MuniCIpio
IV.- Participar concurrentemente con las autoridades responsables en la materia, para
analizar la reubicación de las industrias que se encuentren en zonas habitacíonales
y
urbanas, cuando se afecte ecológica mente a la sociedad del Municipio
TITULO SEXTO
ORDENAMIENTO ECOLOGICO TERRITORIAL.
ARTiCULO 19 - El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, estableceré las acciones y restricciones que en rnaiena
ecológica deba aplicarse en el. territorio del Municipio que permitan realizar la
prevención,
control
y
mitigación de contaminantes, así como señalar los requisitos que
habrán de observarse para evitar el deterioro ambiental
ARTICULO 20 - Para el aprovechamiento de los recursos naturales del MunicipIO, el
ordenamiento ecológico Territorial municipal considerará, que la realización de obras
públicas y privadas cuidarán de no afectar los recursos naturales que existan en su
entorno, salvo que técnicamente sea necesario
ARTICULO 21- Para la autorización de las actividades secundarias y de serVICIOS
dentro dellerntorio rnurucrpat, el ordenamiento ecológico municipal considerará
I - La creación de nuevos centros de población
11,- La creación de recursos territoriales
y
la determtnación de los usos. provisiones
y
destinos del suelo urbano
111-
La ordenación urbana del territono municipal y los programas de los Gobiernos
Federal, Estatal y MuniCipal para la infraestructura, equipamiento urbano
y
vivienda
TITULO SEPTlMO
PROMOCION DE LA EDUCACION AMBIENTAL.
ARTiCULO 22.- El ayuntamiento, con el objeto de apoyar las actividades de
preservación
y
protección ambiental, realizará las ges:iones necesarias para promover
la educación ambiental dentro del MunICipio, rnedrante la partrc.pacrón permanente de la
sociedad, y para ello'
1.- Fomentaré el res;:(;l'J, mantenimiento y acrecentamiento de los parques públicos,
urbanos y de
barno,
asi como del resto
C1e
las zonas y áreas verdes de
junsdicc.ón
municipal
11.- Fomentará el respeto, conocrrruento y protección de la flora y fauna oornesu..a
Silvestre y acuática existente en el Municipro
111- Promoveré
y
difundirá programas y acciones preve' ,.Idre los habitantes del
Municipio. para que los mismos conozcan
y
cornprenua.. principales problemas
ambientales de su localidad, origen y consecuencías, as¡ como las formas y medios por
los cuales se pueden prevenir o controlar
IV - Presentar denuncias ante la Dirección de Protección Ambiental
y
Desarrollo
Sustentable, el Ayuntamiento o la unidad adrnirustrativa que determinen dichas
autoridades, en contra de personas fíSicas
y
morales,
pllh' '¿'S
o privadas que
ocasionen desequilibrios ecológicos
ARTíCULO 23.- El Ayuntamiento, con el propósito de fortalecer la promoción de la
educación
ambiental, podré
1.- Realizar convenios con instuucione-
en el Municipio, a efecto de llevar
él
concíentízaclón en materia ecológica
11.- Promover
y
estimular la asistencia
y
participación de los ciudadanos, grupos
y
organizaciones sociale s. en ciclos de conterenc.as. mesas redondas
y
foros, con el
propósito de coadyuvar con la educación
'1
cultura ecolóqica de la
pobtacíón
en general
III~
Realizar concertaciones con mstuuciones educativas
y
de investiqacion para
proporcionar esquemas educativos y apoyo profesional en la transmisión de tecnologias
y proyectos a la población que lo requiera
-nvas de todos niveles que se encuentren
conferencias, pláticas de onentacioo
y
de
TITULO OCTAVO
PROTECCION
y
APROVECHAMIENTO RACtONAL DEL AGUA
ARTíCULO .24 - El Ayuntamiento prevendrá y controlara la contaminación de las aguas
que tenga asignadas o concesionadas para la prestación de servicios públicos, y las
que se descarguen en los sistemas de drenaje
y
alcantarillado de los centros de
población
independientemente de las acciones que otras autorioades competentes
realicen, en términos de Ley
y
dentro de Su [urrsdiccíón rnunicipat
ARTíCULO. 25 - El Ayuntarnieruo en su circunscripción territonal tendrá las srqurentes
obligaciones
I - Vigilar que las aguas que se proporcionan en los sistemas públicos de
abastecimiento a las comunidades urbanas
y
rurales, reciban el respecuvo Iratarrue nto
de potabüización
11- Elaborar
y
aplicar los programas necesanos para prevenir
y
controlar la
contaminación de las aguas de
jurisdicción
rnurucipal
111- Vigilar
y
controlar la contaminación del agua generada por los servrcios oúoücos
municipales
IV.~, EXigir a quienes descarguen o pretendan descargar aguas residuales. en los
sistemas de drenaje
y
alcantarillado que administre el Murucipro, que no rebasen los
niveles máximos permitidos de contaminación del agua,
y
en su caso, verificar que
cuenten con la instalación de sistemas de tratamiento
V. - Realizar el monitoreo de la calidad del agua dentro del territono municipal
VI. - Integrar y mantener actualizado el RegIstro Municipa! de Oescargas de Aguas
Residuales.
VIL· Hacer las denuncias y gestiones correspondientes ante las autoridades
competentes, cuando se detecten descargas o vertimientos nocivos en las aguas y
sistemas de drenaje y alcantarillado del Municipro de materiales rntlamahles y tÓXICOS
que representen riesgos gr aves para la comunidad
VIII - Promover el rehúso de aguas residuales tratadas en la industria, la agricultura yel
neqo de áreas verdes, siempre
y
cuando cumplan con las normas técnicas ecoloqicas
apticaoles
TITULO NOVENO
PROTECCION
y
APROVECHAMIENTO DEL SUELO, Y MANEJO DE
RESIDUOSSÓUDOS.
ARTiCULO 26.- la protección ecológica y aprovechamiento del suelo municipal,
requrers que el Ayuntamiento establezca una recolección, manejo y reutiuzación eficaz
de los residuos sólidos murucrpates, por lo que deberán observarse las siqurente s
disposiciones:
10
PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
1.- Los uses productivos del suelo no o., .nierar el equilibrio de los ecosrsternas, por
lo que siempre se debe cuidar fa integridad física
y
evitar toda práctica que favorezca la
erOSión
y
degradación de las característtcas topográficas que vayan en contra del medio
ambiente
JI Para mantener e mcrerner.ta- la o.oo.icnv.dao
y
preservación
del suelo, se debe
regular, corr eqir
y
sancionar toda acc.ón o actividad que al generar o manejar residuos
sólidos, conlleve a ia
drsrninución
de las características del mismo
ARTicULO 27.- La protección del suelo y el manejo de los residuos sólidos
municipales corresponden al Ayuntamiento, quien a través de la Dirección de
Protección Ambiental y De~arrollo Sustentable, ejecutará las siguientes actividades
1.- Vigilar que los servicios municipales no propicien o generen residuos sólidos sin
control
11.- Formular y conducir la politice municipal en materia de prevención y control de la
contaminación del suelo
111.- Operar o concestonar el establecimiento del Servicio Municipal de Limpia, de
acopiO, reciclaje y disposición final de los residuos sólidos municipales.
IV- Denunciar ante la autoridad competente las fuentes generadoras de residuos
sólidos peligrosos que existan dentro del territorio municipal y que operen sin permiso
V.- Celebrar acuerdos
y
convenios de coordinación con los Ayuntamientos de los
municipios colindantes, excepto con los de otras entidades federativas, a fin de recibir
O
enviar residuos sólidos o peligrosos para su disposición final en sitios que previamente
sea n autorizados por el Municipio.
VI. - Integrar y mantener actualizado el Registro MUnicipal de Generadores de Residuos
Sólidos
VU.- Prevenir que los residuos sólidos o cualquier otro tipo de contaminación de
procedencia comercial, doméstica, industnal, agropecuaria o de otra especie, se
acumulen, depositen o infiltren en el suelo o subsuelo, o en la red del sistema municipal
de drenaje y alcantarillado.
ARTICULO 28- Toda persona física o moral, pública o privada, que genere, almacene,
recolecte, aproveche y disponga de residuos sólidos no peligrosos, deberá ajustarse a
las normas
y
disposiciones que tije el presente reglamento
ARTICULO 29- Las Industrias comprendidas dentro de la jurisdicción rnunicrpat, serán
responsables del almacenamiento, maneja, transporte y destino final de los residuos
sólidos, orgánl( ::Iorgánlcos, que produzcan, asi como de los daños que ocasionen
a la salud, al ambiente o al paisaje
TITULO DECIMO
SANEAMIENTO ATMOSFERICO.
ARTíCULO 30.- El Ayuntdrrlli::l:tu
Pfl;
I
LVC:-a el saneamiento atmosférico dentro del
territorio municipal,
y
para ello observará los siguientes criterios
1- En los asentamientos urbanos, sin descuidar los de características rurales, el aire
debe mantenerse libre de partículas y/o gases contaminantes, al menos en un nivel que
resulte satistactor.o para el desarrollo de las acuv.oaoes cotidianas
11.La contaminación atmosférica es resuaaco tanto de las emisiones provocadas por
fuentes naturales, como de aquellas proveruentes de fuentes artrficrales, fijas '/ móviles,
a las que hace alusión el articulo 49 de este reglamento, por lo que estas deben
prevenirse
y
controlarse, con el fin de asegurar la caudad del a.re en bene1lcio de la
comunidad
ARTtCULO 31 - Para promover y efectuar el saneamiento
atmosférico.
el Ayuntamiento
a través de la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, podrá
I - Formular y conducir la política rnunrcipal en materia de prevención y control de la
contaminación atmosférica
11.- Requerir en el ámbito de su competencia, a todas aquellas parsonas físrcas o
morales, públicas o privadas, que realicen actividades contaminantes de la atmósfera,
la instalación de los equipos de controt pertinentes, o de la aplicación de medios
necesarios para reducir
O
eliminar las emisiones contaminantes.
11/- Previo acuerdo de coordinación con las autoridades federales y/o estatales, o
ambas establecer
y
operar en el territorio municipal, el sistema de verificación
obligatorio de ernrsiones de gases, humos y partículas contaminantes de los vehículos
automotores que circulen en el MUnicipio, con el objeto de conservar la calidad del aire.
IV - Integrar
y
mantener actualizado el inventario de fuentes emisoras de contaminantes
a la atmósfera, que
estén
ubicadas an al territorio del MunicipiO.
ARTiCULO 32,- El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, vigilará e inspeccionará las siguientes fuentes emisoras de
contaminantes atmosféricas'
a) - Las fijas, que incluyen fabricas, talleres, giros comerciales y de prestación de
servicios
b) - Las móviles, como vehicutos automotores de combustión interna, motocictetas
y
Similares, salvo ei transporte federal
DIversas; como la incineración, depósitos o quema a cielo abierto de residuos
sálidos en el municipio
TITULO DECIMO PRIMERO
PROTECCION CONTRA LA CONTAMINACION VISUAL O PRODUCIOA POR
OLORES, RUIDOS, VIBRACIONES, RADtACIONES U OTROS AGENTES
VECTORES DE ENERGIA.
ARTíCULO 34,- El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, establecerá tos procedimientos tendienles- a pravenir y controlar
la
ccntarrunacrón Visual y la provocada por olores, ruidos, vibraciones, gases de
invernadero y energia térmica o luminica, para ello deberá considerarse que'
La contaminación que es generada por los gases de ínverr
(0,
olores, ruidos,
vibraciones, energia térmica
y
lumfnica, entre otros, debe ser regulada para evitar que
rebasen los límites máximos de tolerancia humana y, en su caso, aplicar las sanciones
de toda acción que contribuya a la generación de las emisiones contaminantes antes
mencionadas.
ARTICULO 35.- Toda persona Ilsica o morat, pública o privada, que realice actividades
industriales, comerciales, de servicios o de cualquier airo tipo, que por su naturaleza
produzcan emisiones de olores. ruidos, vibraciones. energía térmica, luminica o gases
de invarnadero y qua estén afectando a la población, deberán astablecer medidas
correctivas, instalar dispositivos
y
aislamientos necesarios para reducir dichas
emisiones a niveles tolerables, y de no ser suficiente lo anterior, el Ayuntamiento podrá
reubicarla o cancelar la licencia de uso específico de suelo.
ARTICULO 36.- No se autorizará en las zonas habrtacionales o colindantes a ellas, así
como cerca de centros escolares
y
hospitalarios, la creación de establecimientos
comerciales, industriales, de servicios y de cualquier otro giro que por sus emisiones y
olores, ruidos, Vibraciones, ener.jia térmica
y
lumínica, puedan ocasionar rnolestras a la
población.
TITULO DECIMO SEGUNDO
PROTECCtON DE LA FLORA, FAUNA SILVESTRE Y ACUATICA.
ARTICULO 37.- El Ayuntamiento con el propósito de proteger la flora, fauna silvestre y
acuática que existe dentro del Municipio, se cooromará con las autoncaces
competentes estatales
y
federale s para
1.- Hacer cumplir el estabtecirrueoto modificación o levantamiento de las vedas de flora
y
fauna silvestre,
y
acuática dentro del territorio municipal
II-Vigilar y controlar el aprovechamiento de recursos naturales, en áreas que sean el
hábitat de especies de Nora
y
tauna silvestre yacuática, especialmente las endémicas,
amenazadas o en peligro de extinción existentes en el Municipio
111- Elaborar y/o actualizar un inventario de las especies de flora
y
fauna SIlvestres
y
acuáticas existentes en el Munic·lr io
TITULO DECIMO TERCERO
AREAS NATURALES PROTEGIDAS DE INTERES MUNICIPAL.
ARTíCULO 38.- Las áreas naturales protegidas de interés municipal, son aquellas
zonas donde coexisten diversas especies de flora
y
fauna,
y
que mantienen el equilibno
ecolóqico y sobre las qua ejerce su autoridad el MUnicipio: mismas qua deberán quedar
sujetas bajo su protección por considerarse de Interés SOCial y utIlidad pública
ARTICULO 39.- Son áreas naturales protegidas da jurisdicción municipal'
l.. Los parques urbanos
11.- Las zonas sujetas a preservación ecológica de compatencia rnunicipat
111.-Las demás que tengan este carácter confonme a las dispcsíciones legales
ARTICULO 40.- Con independencia de lo señalado en el artículo precedente, el
Ayuntamiento a través de la Dirección de Protección Ambiental y Dasarrollo
Sustentable, podrá realizar estudios previos qua fundamantan la expedición de la
12 DE JULIO DE 2014 PERIODICO OFICIAL
11
declaratoria de nuevas áreas naturales que serán protegidas por el Municipio. En caso
nece sano, podrá solicitar asesoría técnica o legal a las autoridades competentes
estatales o federales
ARTíCULO 41.~ El Ayuntamiento esta facultado para celehrar convenios con las
autondades estatales y federales para que quede acaro» de estas la adrninistracrón de
las áreas naturales protegidas
TITULO DECIMO CUARTO
MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CONTINGENCIAS AMBIENTALES
ARTicULO 42.- El Ayuntamiento a través de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, elaborará un programa de prevención, atención y
restablecimiento de protección ambiental, para casos de emergencia, riesgo, siniestro o
contmqencia
ambiental
Inminente,
acorde
con
los
pr-ogramas municipal,
estatal
y
federal.
ARTfCULO 43.- Cuando se presenten emergencias
c.
contingencias ambientales, el
Ayuntamiento. a través de la Direcci6n de Protección Ambiental y Desarrollo
Sustentable, podrá ordenar el aseguramiento de materiales °substancias
contaminantes. la clausura temporal, osrcrai o definitiva de las fuentes contarmnantes
correspondientes, observando desde luego el marco
IU
idico estatal
y
federal relativo a
la materia
ARTICULO 44.- La Oirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable, a
través del Ayuntamiento podrá solicitar el auxilio de
tue-rza
pública para efectuar VIsitas
de inspección o para la aplicación de medidas de
oC
¡'J"dad, con el objeto de hacer
frente de manera inmediata, a la emergencia o contingencia ambiental, cuando se
obstaculice la práctica de las diligencias. independientemente de la apucación de las
sanciones que resulten procedentes para quienes se opongan al cumplimiento de las
medidas de seguridad
TITULO DECIMO QUINTO
INSPECClON
y
VIGilANCIA.
ARTíCULO 45.- El Ayuntamiento, a través de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, podrá ordenar la realización de visitas de inspección ecológica,
con el objeto de constatar el curnpürniento de las normas establecidas en la legislación
federal
y
estatal, asi como del presente reglamento
ARTICULO 46.- Para efectos de verificar e inspeccionar las fuentes contaminantes del
ambiente, el Ayuntamiento, a través de la Direcc.ón de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, tendrá adicionalmente las siguientes obliqaciones:
1.-
Vigilar las áreas ecológicas que así lo requieran
y
que se encuentren dentro del
Municipio
11.-
Verificar los terrenos o predios baldíos en los que se acumulen desechos sólidos o
prolifere la fauna nociva, que atente contra la salud, el ambiente y/o el equilibrio
ecotóqico
111· Ver.ñcar los establecimientos comerciales, industnales o de servicios que se
encuentren dentro del Municipio
y
produzcan contarrur antes que alteren la atmósfera en
perjU1CIOde la salud y la vida, o causen daños ecológicos
IV. Verificar la tala y poda de árboles ubicados en
IH
via publica, parques, Jardines y
bienes de dominio público, también autorizar observar.do otros reglamentos aplicables
IV - Las demás inspecciones, visitas y verificaciones necesarias para el cumplimiento
de la Ley General de Equilibrio Ecolóqíco y Protección al Ambiente, de la ley de
Protección Ambiental del Estado de Tabasco, en Matena de Evatuación del Impacto y
Riesgo Ambiental, del Bando Municipal y del presente reglamento.
ARTICULO 47.- La persona o personas con quienes se entiendan las diliqencias de
inspección, visita o verificación, están obligadas a permitir al personal autorizado, el
acceso al lugar o lugares que se indiquen en [a orden respectiva, asi como proporcionar
toda clase de información necesaria para que cumplan con su función
ARTICULO 48.- De toda visita de inspección, el personal autorizado levantará un acta
Circunstanciada de los hechos que se aprecien en el lugar, ante la presencia de dos
testigos nombrados por el visitado, y en caso de pegarse, por aquéllos que para el
efecto designe el Inspector
ARTiCULO 49.- El personal autorizado para la inspección, deberá dejar el oriqinal del
oficio de comisión y una copia del acta de. inspección. Cuando el estabíecirruento,
comercio o lugar materia de [a visita de inspección se encuentre cerrada, se dejará
citator io pegado a la puerta de entrada del inmueble. para que el dueño o responsable
del mismo espere en un día y hora determinados en el propio citatorlo.
ARTíCULO 49.- Si la persona con quien se entendió la
llli:';/::IKia, st':
negare
J
firmar el
acta o aceptar copia de la misma, dichas circunstancias se a:;~nlar3n en ella sin que
esto afecte su validez
ARTICULO 50.- El Ayuntamienfo. a ti
avés
de la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable, con base en el documento de la visita de Inspección, dictara 'as
medidas necesarias para exlqir a quien corresponda que se cornjan las
defiClerlCI3S
que
se hubieren encontrado, fundando ymotivando el requerimiento; a su vez notiñcará al
interesado en forma personal, otorgándole un plazo no mayor de cinco días hábiles.
contados a partir de que surta efectos la legal
notiucación
del proveido, para que
manifieste lo que a su derecho convenga
y
aporte pruebas
ARTíCULO 51.- Dentro del plazo señalado por la Dirección de Protección Ambiental y
Desarrollo Sustentable. el infractor deberá comunicar el cumplimiento de las medidas
ordenadas para subsanar las deficiencias o urequtandaoes. detallando las acciones que
para ello se hubiesen realizado
ARTICULO 52.- Si transcurrido el plazo señalado, el infractor o infractores no dieran
cumplimiento a lo ordenado por la Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo
Sustentable, se procederá a emitir la resolución administrativa en la que se precisar án
y
ratificarán las violaciones en materia ambienta!
y
las medidas que se deberán adoptar
para corregir las deñciencias o irregu';;c-:'". "
J.::s
detectadas,
e,"
que se impondrá la
sanción tomando en cuenta la gravedad de la responsabilid., (dlmlento
TITULO DECIMO SEXTO
PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES DE lA CIUDADANIA.
ARTICULO 53.- Queda prohibido a las per so:
cs
íisicas y morales depositar basura en
lotes baldíos. predios, vía pública °
áre..s
de uso público, que traigan como
consecuencia la contaminación del ambiente y la proliferación de ·Ia fa
U!
.a nociva en la
jurisdicción del Municipio
ARTICULO 54.- Queda prohibida a las persono' lislC ···)lales la de' e aguas
residuales, sin previo tratamiento a las redes
~~)ldS,
ríos, cuer)(;Ó~, vasos
y
demás depósitos o corrientes de agua, o infiltrar en terrenos aguas residuales que
contengan contaminantes, desechos o cualouier otra substancia dañina para la salud de
las personas, flora, fauna o bienes que se encuentren en el territorio municipal.
ARTICULO 55.- Queda prohibida a las personas tisicas y morales la combustión de
basura o cualquier desecho sólido que traiqa como consecuencia el desequifibr¡o
ecológico
y
la contaminación del medio en la jurisdicción del MuniCipio
ARTICULO 56.- Queda prohibido a las personas físicas y morales rebasar los limites
permisibles de ruidos. vibraciones, energía térmica
y
luminosa, vapores, gases, humos,
olores
y
otros elementos degradantes que perjudiquen el equilibrio ecoloqico
y
el
ambiente en la jurisdicción del MuniCipiO, según lo prevé la Ley General de Equilibrio
Ecolóqíco y Protección al Ambiente
ARTICULO 57.- Se prohibe a los habitantes del MuniCipiO. así como a los
establecrrmentos industriales, comerciales o de servicios, la descarga de contaminantes
que alteren la atmósfera, así como tirar desechos o desperdicios consistentes en
aceites, gasolina o cualquier otro en las atarjeas
ARTICULO 58.- Es obnqación de la ciudadania respetar las medidas que el
Ayuntamiento ha determinado para la preservación, restauración y mejoramiento de la
calidad ambiental, preservación de los recursos naturales y para la
preservac.ón
y
control del equilibrio ecológico.
ARTICULO 59.- Es obligáci6n de la ciudadania coadyuva' con las autondades del
Ayuntamiento en la preservación de bosques y evitar la tala clandestina
y
el deterioro
de áreas verdes, denunciando a la persona o personas que Incurran en estos delitos
ARTICULO 60.- Es obliqación de los establecimientos
industriales
comerciales o de
servicios que generen emisiones a la atmósfera y/o descarga de aguas servidas a la red
rnurucipat de drenaje, presentar él o los análisis de la autondad competente en los
términos que señalen las leyes o reglamentos aplicables en la materia
ARTICULO 61.- Es obliqación de los establecirnientos industnales, cornercrates o de
servicios presentar a la autondad municipal el comprobante de la dtsposrción final de
sus desechos sólidos, o bien el manifiesto tratándose de residuos peligrosos
ARTICULO 62.- Es obligaci6n de los dueños y/o encargados de talleres y servicios del
ramo automotriz, contar necesariamente con un área especifica para el lavado de
piezas.
y
vigilar que el almacenamiento de desechos sólidos se encuentre resguardado
bajo lecho.
ARTICULO 63.- Es obligación de las personas tísicas y morales que realicen tenas.
exposiciones
y
espectáculos públicos, proporcionar a los asistentes servicios sanitarios
y contenedores para el depósito de desechos sólidos
12
PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
TITULO OECIMO SEPTIMO
INFRACCIONES Y SANCIONES
ARTicULO 64.- Se considera Infracción a toda aceren u omisión que contravenga las
disposiciones contenidas en e: presente reglamemo
y
demás leyes en materia
ambiental
ARTIcULO 65.- Las infracciones a las normas contenidas en el presente Reglamento,
serán sancionadas con
1- Amonestación
11-
Multa.
111.-Suspensión temporal o cancelación de permiso, concesión, licencia o autorización
IV.- Clausura parcial o total; temporal o
deftniüva
V.- Arresto hasta por treinta y seis horas
ARTicULO 66.- Las infracciones serán calificadas por la autondad municipal, la cual
tomará en cuenta
1- La gravedad de la Infracción
11. -
La reincidencia del infractor
111.-
las condiciones socioeconórnícas del infractor.
IV. - Las circunstancias Que originaron la infracción, así como sus consecuencias
V - La gravedad de la responsabilidad en la que incurre el infractor, considerando
principalmente el crrteno del Impacto yriesgo ambiental dentro del Municipio
ARTicULO 67.- El monlo de las mullas se fijará con base en el salario mínimo general
vigente en la zona del Municipio de Centla, Tabasco, las cuales podrán ser de 10 a
1000 dias de salario mínimo
ARTICULO 68.- Se procederá a la suspensión temporal de la licencia, perrruso.
concesión o
autonzacron.
cuando un establecirnrento comercial o de servicios no
aplique las medidas necesarias para prevenir la alteración del equthono ecolóqico o el
daño al medro 'C:mhlenle, mcependienternente de la aplrcecrón de sanciones que
correspondan estrictamente a las leyes o reglamentos de carácter ecoióqico
ARTICULO 69.~ Procederá el arresto cuando el infractor se niegue o exista resistencia
de éste para realizar el pago de la multa Impuesta, independientemente de dar vista a
las autoridades competentes cuando el caso y las circunstancias asi lo ameriten
TITULO
¡',
CIMa OCTAVO
RECURSOS
ARTICULO 70. Las resotuciones. acuerdos yacios de las autoridades municipales
competentes en la aplicación del presente Reglamento, podrán ser Impugnados por la
parte interesada mediante la
interposición
de los recursos establecidos en
il)~,
ordenamientos correspondientes y ante la autoridad que se señale como competente
ARTíc UlO 71 Son recurribles las resolucrone s de la autoridad municipal cuando
concurran las siquientes causas: Cuando dicha resotución no haya sido debidamente
fundada y motivada. Cuando dicha resolución sea contraria a lo establecido en el
presente reglamento y demás circulares y disppsiciones administrativas municipales,
Cuando el recurrente considere que la autoridad municipal es Incompetente para
resolver el asunto;
y
Cuando la autoridad municipal haya omitido ajustarse a las
formalidades esenciales que debiera cumplir para la resolución del asunto
TRANStTORIOS.
Artículo 1.· El presente reglamento es de
carácter
mler no y de
apñcacró-r obllgatolia
para la
Orrección
de
Protección
Ambiental
y
Desarro.ío Sustentao.; je
este H
Ayuntamiento Constuucíonal del MuniCIpIo de Centra Tabasco
Artículo 2.- El Presente Reglamento entrará en vigor a partir del día srourente de su
t.oolrcaclón en el Periódico Oücral del Estado
Artículo 3,· Se derogan todas aquellas disposiciones que se Interpongan a lo ordenado
en el presente reglamento.
Ae u E R oO:
PRIMERO.- Este H. Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional de Centra.
Tabasco, previo estudio,
anátisrs
y diSCUSIón del Proyecto del Reglamento Interno de la
Dirección de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable del H. Ayuntamiento
Constitucional de Cenlla, T aoasco, procede aprobarlo por unanimidad
---------SEGUNDO.- Se ordena canalizar el Reglamento Interno de
"CC"),,
de
Protección Ambiental y Desarrcllo Sustentable, del
H
Ayuntamiento
CUristl¡,¡Cluna!
de
Centra, Tabasco, para los efectos de su promulgación y publicación correspondiente
lo anterior con fundamento er, los artículos 115 de la Constitución Politice de los
Estados Unidos Mexicanos, 65 fracción I de la Constitución Poütíca del Estado Libre y
Soberano de Tabasco, 29 fracción
ti,
111,
47, 48, 51, 52, 53, 54 Y 65 fracción
1, 11, 111,
73,
fracción XIV, 75 párrafo tercero y 94 bis, y demás relatrvos y aplicables da la Ley
Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco
tClp'
Primer regidor
k"~~'-
~l.~~~~.....,... : - -- )
C. IGNA~IO ALFO~-6A"M'7ÍTÁ VIDAL
Quinto
Regidor
~ é'
~c;;:.
!r
C. CARLOS DE LA CRUZ GARCI.\
sePZl
C. BELLA FLOR GARC~E LA.CRU~
'vcveno RegIdor
C.MARIA' DEL [~CJA BELcO
, I
Déc:mo
?r~~Jeg;dOr
1/ ~ •.
X7.
e KARINA
4\Ji
1
,(ANfiV¡&RON
DéCimoJrercer Regidor
C.JOVIN'!:} AMAYO
Segundo Regld~~;CO de Ingreso
C. ETE NA RODRIGUEZ PULIDO
cuart0r¡¡~.I
or
lJ. ..'
/..:<.>
c.
BEATRIZ C~ARE' ALAMAN.
Sexto Regidor
[ANGC ,UUDü MüNTEJO
Décimo Cuarto regidor
12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
13
No.- 2406 AVISO NOTARIAL
L1C
PAYAMBÉ LOPEZ FALCONI
NOTARIO PUBLICO NÚMERO TRECE
CALLE 5 DE MAYO NO 438
TELS. 12-19-53 Y 12-17-00
VILLAHERMOSA. TABASCO. CP. 86000
REG FEO. CAUSo LOFP-320209.
L1C MELCHOR LOPEZ HERNÁNDEZ
NOTARIO ADSCRIPTO.
Villahermosa, Tabasco, a 3 de julio del año 12014
Le suplico ordenar que se publique en EL Periódico Oficial del Estado, por dos
veces de diez en diez días, el Aviso Notarial cuyo texto es el siguiente: -
"Al calce un sello con el Escudo NaciolF::i al Centro, que dice: República Mexic::ana
- Esta dos Unidos Mexicanos - Líe. Payambé López Falconi, Notario Público
Número Trece, en cumplimiento de lo dispuesto por el Párrafo Tercero del
Artículo 680 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco, HAGO
SABER: que por escritura publica número 33,922 del Volumen CCCLXIV otorgada
ante mí, el 27 de junio del año 2014 y firmada en ese día, se radicó para su
tramitación Notarial la Testamentaría del señor ABRAHAM FRANCO GALVAN, la
señora LAURA ELENA VELARDE TIRADO aceptó la herencia y el cargo de
albacea que le fué discernido por el Testador, protestó el fiel y legal desempeño
del albaceazgo y manifestó que con tal carácter, en cumplimiento de su
cometido, procederá a formular el inventario de los bienes relictos".-
ATENTAMENTE
LOPEZ HERNANDEZ
.~
1-
14 PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
No.- 2405 AVISO NOTARIAL
LIC. PAYAMBÉ LOPEZ FALCO~~I
NOTARIO PÚBLICO NÚMERO TRECE
CALLE 5 DE MAYO NO 438
TELS. 12-19-53 Y 12-17-00
VILLAHERMOSA, TABASCO. C.P. 86000
REG. FED. CAUSo LOFP-320209.
LlC MELCHOR LOPEZ HERNÁNDEZ
NOTARIO ADSCRIPTO.
Villahermosa, Tabasco, a 3 de julio del año 20
1
4
Le suplico ordenar que se publique en El Periódico Oficial del Estado, por dos veces
de diez en diez días, el AVISO NOTARIAL cuyo texto es el siguiente:
"Al calce un seilo con el escudo Nacional al Centro, que dice: República Mexicana
Estados Unidos Mexicanos - Lic. Payambé López Falconi, Notario Público Número trece, en cumplimiento de lo dis-
puesto por el Párrafo Tercero del Artículo 680 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco, HAGO
SABER: que por escritura pública número 33,872 del Volumen CCCLXIV otorgada ante mí, el 16 de junio del año
2014 Y firmada en eSE;
dia
se radicó para su tramitación Notarial la Testamentaria de la señora RAMONA PEREZ
HERNANDEZ, el señor Dagoberto Rodríguez Pérez aceptó la herencia
y
el cargo de albacea que le fue discernido
I
i
por 'la Testadora protestó el fiel
y
legal desempeño del albaceazgo
y
manifestó que con tal carácter, en - - - - - - --
,
cumplimiento de su cometido, procederá a formular el inventario de los bienes relictos"
íEN1AMENlE
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NOTARIO ADSCRITO A LA NOTARIA PÚBLICA
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NUMERO TRECE DEL ESTADO DE TABASCO
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12 DE JULIO DE 2014 PERIODICO OFICIAL 15
No.- 2402 JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
JUZGADO QUINTO DE lO CIVil DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO.
PRIMERO. Como lo solicita la ciudadana SOFIA 242.
ALAMILLA GÓMEZ, (parte actora), en su escrito de cuenta, y de la
revisión que se realiza a los autos, se desprende que la demandada
Maria Cruz Gómez Frías, ha actualizado su avalúo, el cual fue
J(i~I,;~éprdadoen auto veinticinco de febrero del año actual, concediéndole
,?',',: \:
¡>térn'l¡no a las partes para que manifestaran lo que a sus intereses
:¡t"~:'cl;~Vinieren,según cómputos elaborados a foja ciento treinta y seis
:\1;';1;',;,' /:
~":-ííUelta de autos, se observa que ambas partes contestaron la vista
- sobre dicho avalúo, del cual recayó acuerdo en fecha siete de marzo
del dos mil catorce, que entre otras cosas manifestó la aclara Sofia
A LAS AUTORIDADES Y
AL PÚBLICO EN GENERAL:
En el expediente número 210/2010, relativo al Juicio
Especial Hipotecario, promovido por SOFIA ALAMILLA GÓMEZ,por
su propio derecho, en contra de MARIA CRUZ GÓMEZ FRIAS, con
fechas veinticinco de abril y once de junio de dos mil catorce, se
dictaron dos acuerdos que a la letra dicen:
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL PRIMER
DISTRITO JUDICIAL DE CENTRO, TABASCO, MÉXICO. (25)
VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE (2014).
Visto lo de cuenta se acuerda:
Alamilla Gómez, que se allana al avalúo modificado y exhibido en
autos por la demandada Maria Cruz Gómez Frias, quien ésta, a su
vez, manifiesta su conformidad con la actualización del avalúo emitido
en autos; y no habiendo alguna inconveniencia entre las partes, se
aprueba para todos los efectos legales el avalúo elaborado por el
Arquitecto JORGE PÉREZ CASTIllO, el cual se toma como base
para el remate que solidta la ocursante en su escrito de referenda.
De conformidad con lo ordenado en los numerales 433,
434, 435, 436 Y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles
en Vigor en el Estado, se ordena sacar a
públíca
subasta, en
primera
almoneda
y al mejor postor el bien inmueble propiedad de la
ciudadana MARÍA CRUZ GÓMEZ FRÍAS, que a continuación se
describe:
Predio rústico y su construcción ubicado en Prolongación
de la Avenida 27 de Febrero número 292, interior 3, colonia carrizal,
de esta ciudad de Villahermosa, Tabasco, constante de una superficie
de OD-02-34.702 hectáreas, que convertidas en metros cuadrados,
entonces la superficie es de 234.702 m2, y las siguientes medidas y
colindancias:
E) Al noreste 26.67 metros, con propiedad de
Maria Remedios G6rnez Frias.
Al suroeste 26.67 metros, con propiedad de
Romana Gómez Frias.
F)
Al Sureste 8.10 metros, con paso de
servidumbre
Al Noroeste 9.10 metros, con propiedad del
Gobierno del Estado.
El cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la
Propiedad, actualmente Instituto Registral del Estado, con fecha 09 de
octubre de 1992, bajo el número 12002 del libro r,,,neral del entradas,
a folios del 427?7 al 42741, del libro de duplicados volumen 116,
G)
H)
afectando el predio número 61,725 a folio 75, del libro mayor volumen
y
al cual se le fijó un valor comercial de $820,000.00
(OCHOCIENTOS VEINTE MIL PESOS 00/100 MONEDA
NACIONAL), siendo postura legal para el remate la que cubra cuando
menos el monto de la citada cantidad.
SEGUNDO. Se hace sal» , ,. .res que
deseen intervenir en la presente
subas.».
que deberán depositar
previamente en el Departamento de Consignaciones y Pagos de la
Tesorería Judicial del H. Tribunal Superior de Justicia en el Estado,
ubicado en la Avenida Méndez sin número de la Colonia Atasta de
Serra de esta Ciudad capital, exactamente frente a la Unidad Deportiva
de la Colonia Atasta, cuando menos el DIEZ POR CIENTO de la
cantidad que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán
admitidos.
TERCERO. Como lo previene el artículo 433 fracción IV del
ordenamiento civil antes invocado, anúnciese la presente subasta por
DOS VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, en el Periódico Oficial del
Estado, así como en uno de los diarios de Mayor circulación que se
editen en esta ciudad, fijándose además avisos en los sitios públicos
más concurridos de costumbre de esta ciudad, para la cual expídanse
los edictos y ejemplares correspondientes, convocando postores en la
inteligencia de que dicho remate se llevará a cabo en este Juzgado a
las DIEZ HORAS DEL DÍA CUATRO DE JUNIO DEL DOS MIL
CATORCE, en el entendido que no habrá término de espera.
Queda a cargo de la parte actora la tramitación de
los avisos
y
edictos correspondientes.
NOnFIQUESE PERSONALMENTE
y
CÚMPLASE
As! lo proveyó, manda y firma la ciudadana Licenciada
NORMA EDITH CACERES LEON, Jueza quinto civil de Primera
Instancia del primer Distrito Judicial de centro, Tabasco, México; ante
el Secretario de Acuerdos licenciado MARIELA PEREZ LEON, qv
autoriza, certifica y da fe.
12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
17
DE AGOSTO DE DOS MIL CATORCE,
para que tenga verificativo la
dllioencia de
REMATE EN PRIMERA AU10N:J).A
y al mejor postor el
predio
nbicedo en la calle Circinto Milán.
sctuetrnent
e identificado con el
c.er.t.:
trece
de.
trecc.onemien.o
So! Can)i~ps/,'e
R.at";chpria
Gonz/J:ez¡ Centro, Tabasco¡ constante de una superficie de 200.00 1'-'12.
(,"oscientos
metros
cuadrados), que
se lo .aliz a dentro de las medidas y
culindancias siguientes:
Al Norte: diez metros con calle Cir uito Milán.
Al Sur en dos medidas: ocho metros con lote sesenta
V
uno
(Circuito Roma)
y
dos metros con lote sesenta
'1
dos (Circuito Roma).
Al Este:
.veínte
metros con lote srete.
Al Oeste: veinte metros con lote
nueve
Inmueble al que se le fijÓ un valor comercial por la cantidad dE
$3,096,000.00 (tres millones noveil(¿¡
y
seis
mil pesos 00/100 Moneda
Nacional),
y será postura leqal para el remete la cantidad que cubra dicha'
cantidad, de conformidad con el articulo 434 fracción I del Código Procesal
Civil aplicable en la Entidad.
TERCERO. Se hace saber a los postores o llcttadores que deseen
intervenir en la subasta, que deberán
.íeposttar
previamente en el
departamento de Consignaciones y Pagos de la Tesorería Judicial del
Tribunal superior de Justicia en el Estado de Tabasco, ubicado en la
avenida Gregario Méndez sin número, colonra Ataste de Serra de
Villahermosa, Tabasco, cuando menos el diez por ciento de la canttdad que
sirve de base para el remate, sin cuyo
requls.íto
no serán admitidos.
CUARTO. Como lo previene el artículo 433 fracción IV del Código
Procesal Civil en vigor del Estado, anúnciese la presente subasta por
DOS
'cLCE'; DE SIETE EN SIETE DÍAS,
en el periódico oficial del Estado, así
como
en uno de los diarios de
mayor Circulación que
se
editen en ésta
ciudad; expídanse el edicto y ejemplares correspondientes, convocandc
postores aue quieran participar en fa subasta en comento
Queda por conducto del ejecutante el trámite de
ies
avisos edict:J.
Notifíquese Personalmente
'1
cúmplase.
Lo proveyó, manda y firma ia licenciada MARTHA PATRICI
OLÁN, Jueza Segundo de lo Civil de Primera Instancia del Distrito J
Centro, ante la Secretaria Judicial licenciada CHRISTELL PÉREZHE
que certifica
V
da re.
Por mandato judicial y para su publicación en el Periódico Oficial del.
Estado y en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en
esta ciudad, publíquese por dos veces de siete en siete días, se
expide el presente edicto a los treinta días de junio del dos mil
catorce, en la Ciudad de Villahermosa, Capital del Estado de
Tabasco.
menm
18
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
INFORMACiÓN DE DOMINIO
JUZGADO TERCERO DE PAZ DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL
DE CENTRO, TABASCO.
No.- 2407
AL PÚBLICO EN GENERAL
PRESENTE
En el expediente civil número
517/2014,
relativo al PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFOR~1ACION DE DOMINIO, promovido
por la Ciudadana ROSA MARIA !"lAGAÑA GOMEZ, en el cual en fecha veintinueve
de mayo de dos mil catorce, se dictó un AUTO DE INICIO, el cual copiado a la letra
-mce:- .
" ••• A U T O DEI N I CI O
JUZGADO TERCERO DE PAZ DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE
CENTRO. VILlAHERMOSA, TABASCO, A VEINTINUEVE DE MAYO DEL'
DOS MIL CATORCE.
Vistos en autos el contenido de la razón secretarial se provee: _
Primeo·o. Por presentada la "ciudadana ROSA MARIA MAGAi~A
GOMEZ, con su escrito inicial de demanda y anexos, consistente en: 1)
I
constancia de residencia, 2) Plano, 3) certificado del Instituto Registral del
Estado, 4) copia simple de una credencial de elector y traslado, mediante los
cuales viene pro
rnovierido
por su
propio
derecho PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO, DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN AD
PERPETUAM REI MÉMORIAM, con ei objeto de acreditar ia posesión y pleno
dominio que tiene respecto al predio suburbano ubicado en la calle Antonio
Reyes Zurita número 380, de la colonia Carrizal, perteneciente al rrrunlr-lp¡o de
Centro, Tabasco, constante de una superficie de 270 metros cuadrados
(I'lD~IENTbs SETENTA METROS CUADRADOS), con las siguientes medidas y
colindancias: al Norte: en
10.00
metros con JU110 RAMOS GARCIA; al Sur:
en
10.00
metros con calle ANTONIO REYES ZURITA, perteneciente al H.
Ayuntamiento Constitucional del Centro, Tabasco; al Este: en 27.00 metros
con JOSE GRACIA RODRIGUEZ hoy JU110 RAMOS GARCIA; Y al Oeste: en
27.00
metros con RO?A DE LOS SANTOS Y LUCIA CORONEl.
Segundo. En razón de eilo, notifiquese a
105
colindantes JU110 RAMOS
GARCIA, JOSE GRACIA RODRIGUEZ he;;¡JULIO RAMOS GARCIA, ROSA DE LOS
SANTOS Y LUCIA CORONEL, can domicilios contiguos al predio motivo del
presente juicio, asimismo notifique
fl
H. Ayuntamiento Constitucional del
Centro. Tabasco; para que dentro del término de tres días hábiles contados
al día siguiente de que le sean notificados este proveído señalen domicilio en
esta ciudad para oír
y
recibir toda clase de citas
y
notificaciones, advertidos
que de no hacerlo dentro de dicho término, de conformidad con el artículo 136
del Código de Procedimientos Civiles en vigor en el estado, se le designarán las
lista~ que se fijan en 105tableros de aviso de este juzgado.
Tercero. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 877, 901,
131(\
Y
1322
del Código Civil y
710, 711, 712, 713 " 755
del Código de
Procedimientos Civiles, ambos vigente en la entidad, se da tramite a la
solicitud en la vía y forma propuestas. Fórmese expediente
S1712Q13,
regístrese en el libro de Gobierno bajo el número que le corresponda
y
dese
aviso de su inicio a la H. Superioridad.
Cuarto. Asimismo,
de conforrttidad con
el diverso 755 fracción 1
de
la ley
adjetiva Civil en vigor en el estado, At>tlfíquese al Agente del Ministúio
Publico adscrito al Juzgado y Director del Instituto Registral del Estado
de Tabasco, con domicilios ampliamente conocidos en esta ciudad, para la
intervención que en derecho les compete . .4.:;irnismo, se requiere al segundo de
los mencionados para que dentro del término de tres dlas hábiles contados al
día siguiente de que le sea notificado este proveido señale domicilio
~tl
esta
ciudad pata oír y recibir toda
clase
de
citas y
notificaciones,
advertido
que de no
hacerlo dentro de dicho tér-mino, de conformidad con el artí~ulo 13~
del,
~d~
de Procedimientos Civiles en vi.jor en el estado, se le designará las listas que se
fijan en
105
tableros de aviso de este juzgado.
Quinto. En términos del artículo 755 Fracción 111, del Código de
Proced:¡nl<: class="_ _4"> Civiles en vigor, dese amplia publicidad al presente asunto por
medio de la prensa
y
de avisos. por lo que expidase los avisos correspondientes
r,~' ser fijados en los tuqares públicos rnas concurridos de esta ciudad, así
como en el lugar de la ubicación del inmueble; asl también ex pídase los
edictos correspondientes para su publicación en el
Perlódlco
Oficial del Estado y
en uno de:.los biarlos de 'mavc.r
ctrcutadón
que
se editel'l
en esta Ciudad,
por
Tres Veces de Tres en Tres Días, y exhibidas que sean las publicaciones, se
fijará fecha y horá para la recerción de I~ prueba testimonial propuesta.
Sexto. Téngase a la prornovente ROSA MARIA MAGAÑA GOMEZ,
señalando corno domicilió para oír y recibir citas y notificaciones el despacho
marcado con el número 254, d'~ la Avenida Cesar Sandino, esquina con Quintín
Arauz , colonia Primero· de
MalO, de
esta ciudad de Villaherrnosa, Tabasco;
autorizando para tales efectos a los licenciadó s HERleERTO tOSCA LOPEZ,
DIANA LEON R.ODfdGUEZ y a
i
ciudadano EFREN CAMPOS TOSCA, asim:smo
otorgando mandato Judicial a los dos primeros de los rnenctonados, por
ío, ~
díqasete que para que surta efectos tal designación deberá presentarse al local
de este juzgado cualquier día
y
hora hábil
previa cita con la Secretaria
a ratificar
dicho escrito y los citados profeslonlstas deberán protestar y aceptar el cargo
conferido, acórnpañando copia simple de su Cédula
P,..of~slo()al,
lo anterior de
conformidad con lo establéctdo por los artículos 2892 del Código Civil vigente en
el Estado.
Notifíquese personalmente
y
cúrnptase.
Así lo proveyó, manda y firma el ciudadano licenciado Pablo
Hernández Reyes, Juez Tercero de Paz del Primer Distrito Judicial de Centro,
ante la Secretaria Judicial d(~ acuerdos, licenciada Norma Alicia Zapata
'I!
Hernéndez , que certifica
y
da fe..."
Dos firmas ilegibles, rubricas.
y
PARA SU PI,IBPC;ACIQN EN EL PERIOPICO OFICIAL DEL ESTADO Y EN UNO
DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIPCULACIÓN QUE SE EDITAN EN ESTA CAPITAL
POR TRES VECES CONSECUTIVOS DE TRES EN TRES DIAS, EXPIDO EL
PRESENTE EDTt""TO A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL
CATORCE, EN
G\
CIUDAD DE VILLA HERMOSA, CAPITAL DEL ESTADO DE
TABASCO.
LA SECRETARIA JUDICIAL ADSCRJTA AL JUZGADO TERC;ERO DE PAZ DEL PRIMER
•. \~DISTRrrO JUDICIAL DEL CENTRO.
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12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
19
INFORMACiÓN DE DOMINIO
JUZGADO CUARTO DE PAZ DEL DISTRITO JUDICIAL
DEL CENTRO, TABASCO.
No.- 2408
AL PÚBLICO EN GENERAL:
QUE EN EL EXPEDIENTE CIVIL NÚMERO
512/2014.
RELATIVO AL JUICIO
PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIC>SO DE DILIGENCIAS DE
INFORMACIÓN DE DOMINIO, PROMOVIDO POR VALDERMAR LEO N
LOPEZ, CON FECHA VEINTISIETE DE MAYO DE DOS MIL CATORCE Y CUATRO
DE JUliIO DE DOS MIL CATORCE, SE DICTARiH" DOS AUTOS LOS CUALES
COPIADOS A LA LETRA DICEN:
(INSERCIÓN)
JUZGADO CUARTO DE PAZ DEL DISTRITO JUDICIAL DE CENTRO,
VILLAHERMOSA, TABASCO, A VEINTISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CATORCE.
Vistos. La razón secretaria/, se acuerdo:
Primero. Téngase por presentado al ciudadano VALDEMAR LEON
LOPEZ, con su escrito de cuenta con el cual viene a dar cumplimiento a la
prevención dentro del término legal concedido, tal
y
como se advierte del
cómputo secretarial que antecede, en consecuer.rjas , se procede a acordar su
escrito de demanda de fecha seis de mayo del año actual, en los siguientes
l'
,~.t~rminos:
/,.t~'¡
Segundo.- En ese orden de ideas, se tiene por presentado al
, 't:iudadano VALDEMAR LEON LOPEZ, con su escrito de demandada y
documentos anexos, consistentes en: contrato
pI
ívado de cesión de derecho de
posesión celebrado entre CARMEN RAMON RAMON
y
VALDEMAR LEON LOPEZ,
de fecha
16
de noviembre del año
1994,
copia memorándum numero
4261
de
fecha 6 de diciembre del año 1994, expedido por la Secretaria de Finanzas del
Centro Tabasco, copia de Manifestación de Predios Urbanos, Sub urbanos de
fecha 17 de noviembre del año 1994, original d·~ contrato de compraventa de
f>-",~ha16 de noviembre de
1994,
suscrito entre los ssñores CARMEN
RAtvlüN
PA~10N y VALDEMAR LEON LOPEZ, plano original de fecha noviembre de
1994,
a nombre del Ciudadano VALDEMAR LEON LOf'EZ, copia del 'plano de fecha
marzo de
2014,
a nombre del señor VALDEHAR LEON LOPEZ, certificado
neqattvo de propiedad, expedido por el Registrador Público de la Propiedad y el
Comercio de esta Ciudad de fecha 29 de abril del año actual, certificado de
propiedad a nombre de VALDEMAR LEON LOPEZ, de fecha
29
de abril de
2014,
constancia de posesión a nombre de VALDEMAR LEON LOPEZ, de fecha 25 de
abr il
eJ"
2(J]4,
expedido por el Delegado Municipal de Villa Macultepec, cuatro
(opias simples de credencial de elector a nombres de VALDEMAR LEüN
lOPEZ,
BERNABE RAMON ORTIZ, AGAPrTO RAMON OltTIZ y JULIO CESAR ZETINA
RAMON, así como copia simple de cedula profestonal expedida a nombre de
ALBA ELENA MOLINA CANDELERO, recibo nrlqin.rl de pago de impuesto predial
con numero de folio
304618,
expedido por el H, Ayuntamiento del Centro
Tahasco a favor de BALDE MAR LEON LOPEZ, y dos traslados; con los cuales
promueve por su propio derecho, Procedimiento
Judidal
No
contencíoso,
Diligencias de Información de Dominio, cc.n la finalidad de acreditar la
posesión pacífica, continúa, pública, de buena fe
y
de carácter de propietario
dr-l predio sub urbano ubicado en la calle el Recreo en Villa Macultepec Centro
Tabasco, constante de una superficie de
412.S8
metros cuadrados, con las
rnedidas y colindancias actuales:
AL NORTE:
12,00
metros con Calle el Recreo,
AL
SUR: 12 metros con Natividad Rarnón, actualmente Hermosinda
Ramón Jesús.
AL ESTE:
36,55
metros con lote
23
actualmente con Marco Vichel
Jesús.
AL OESTE:
36.20
metros con el lotr
25,
actuaimente con Pedro
Malina Cruz.
Tercero, De conformidad con los artículos
877, 890,
gOl,
936, 942,
969, 1319, 1330, 1331
Y demás relativos del Código Civil en vigor,
1, 2, 24
fracción Il,
710, 711, 712, 713
Y demás relativos del Código de Procedimientos
Civiles en vigor, se le da entrada a la solicitud en Id vía y forma propuesta,
fórmese expediente, regístrese en el libro de gobierno bajo el número
512/2014,
dése aviso de su inicio a la H, Superioridad.
Tercero. Como lo establece el artículo
1318
del Código Civil en
vigor, se ordena dar vista a la Agente de Min .srerio Público Adscrita
y
a la
Directora General del Instituto Registrql del Estado de Tabasco, así como a los
colindantes: HERMOSINDA RAMON JESUS, con domicilio en Calle Profesora
Alba Enrique de Avalas sin numero Villa Hacultepec Centro Tabasco, MARCO
VICHEL JESUS, en la Calle el Recreo sin numero de la Villa Macultepec Centro
Tabasco y PEDRO MOLINA CRUZ, en la Calle el Recreo sin numero de la Villa
f'-1acultepec Centro Tabasco, illJk.n~~eberán ser notificad~ de la radicación
C!!;L_Rresente iui@ en sus domici~.--ªlJ1gS_"~"itilitQs; concediéndose les un
término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de su
notificación, para que manifiesten lo que a sus derechos corresponda
y
señalen
domicilio en esta ciudad para oír
y
recibir citas
y
notificaciones; advertidos que
de no hacerlo, se les tendrá por perdido el derecho para hacerlo valer
y
las
subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirán sus
efectos por medio de las listas que se fijan en el tablero de avisos de este, H,
Juzgado,
Cuarto. Publíquese el presente auto a manera de edIctos en el
Periódico Oficial del Estado
y
otro de mayor circulación en esta ciudad de
Villahermosa, Tabasco, por tres veces de tres en tres, fíjense los avisos en
el lugar de costumbre
y
en el de la ubicación del predio, haciéndole saber al
público en general que si alguna persona tiene interés en el juicio deberá
comparecer ante este juzgado a hacerlo valer en un término de quince dias,'
contados a partir de la última publicactón que se exhiba, para lo cual la:
pr
ornovente
deberá de apersonarse de
105
avisos; hecho lo anterior se señalará,~
fecha para las testimoniales. '
Quinto.
En cuanto a las testimoniales que ofrece el promovente, se
reservan de ser proveidas en el momento procesal oportuno.
Sexto. Se tiene al actor señalando como domicilio para oír
y
recibir
too" clase de citas
y
notificaciones la casa marcada con el numero
212
de la
Calle
Emilio
Carranza de la Colonia Atasta de Serra de esta Ciudad,
autorizando para tales efectos licenciarlos ALBA ELENA ~10LlNA CANDELERO,
ALEJANDRO MORALES CORNELIO y GENARO ARTURO PAYRO TORRE,
designando como sus abogados patronos a los licenciados ALBA ELENA
MaLINA CANDELERO Y GENARO ARTURO PAYRO TORRE, designación que se ie
tendrá por hecha una vez que justifiquen tener inscritas sus cédulas
profesionales en el libro que para tales efectos se lleva en este juz
qado.:
JUZGADO CUARTO DE PAZ DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO,
VILLAHERMOSA, TABASCO A CUATRO DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE,
Visto, lo de cuenta. se acuerda:
UNICO,· Por presentado al ciudadano VALDEMAR LEON LOPEZ, actor en
esta causa con su escrito de cuenta con el cual viene a aclarar que en el auto de
fecha veintisiete de mayo del año dos mil catorce, se acordó como abogados
patronos a los licenciados ALBA ELENA MOLlNA CANDELERO y GENARO ARTURO
PAYRO TORRE, siendo que en su demanda inicial designo como sus abogados
patronos a los ALBA ELENA MOLlNA CANDELERO y ALEJANDRO MORALES
CORNElIO, mas no así al Licenciado GEI~ARO ARTURO PAYRO TORRE, por lo que
uníc arnente
""?
le autor rzo para citas
y
notificaciones a este último, aclaración
que se le tiene por hecha para los efectos legales a que haya lugar
NOTIFiQUESE Y CÚMPLASE,
Así LO PROVEYÓ, MANDA Y FIRMA LA CIUDADANA LICENCIADA MARíA
ANTONIETA ALVARADO AGUILAR, JUEZ CUARTO DE PAZ DEL DISTRITO JUDICIAL
DEL CENTRO, ASISTIDA DE LA SECRETARIA JUDICIAL DE ACUERDOS LICENCIADA
MARISOL CAMPOS RUIZ, CON QUIEN ACTUA CERTIFICADA Y DA FE
y PARA SU PUBLICACIÓN POR EL TÉP,HINO DE TRES VECES DE TRES EN TPES
DÍAS, EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO Y HJ UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR
CIPCULACIÓN QUE SE EDITAN EN EL ESTADO, EXPIDO EL PRESENTE EDICTO A LOS
VEINTICINCQ.DIAS DEL MES DE JUNIO DEL ANO DOS MIL CATORCE, EN LA CIUOAD
DE VILL/lI1Éf\;,,¡)/fA, CAPITAL DEL ESTAD
BrTP:tl!\sm,
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ARISOl CAMPOS RUIZ.
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PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
No. 2381
JUICIO EN LA VíA EJECUTIVA MERCANTIL
Y EN EJERCICIO DE LA ACCiÓN CAMBIARlA DIRECTA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO.
A LAS AUTORIDADES Y PÚBLICO EN GENERAL:
En el expediente número
2712009.
relabVo al juicio en la vía EJECUTIVA MERCANTIL Y EN EJERCICIO DE
.A ACCION CAMBIARlA DIRECTA, promovido por los licenciados ARNULFO GÓMEZ ALVAREZ. JOSE
ANTONIO MARTiNEZ SILVÁN. JOSE MANUEL LEYVA ELSTON y JASCARA DARINCA JIMÉNEZ ESPINAL.
'n su carácter de endosatarios en procuración de la licenciada KRISTIAN AUGUSTO PANTOJA GODOY
-eoresentante legal de CERVEZAS CUAUHTÉMOC MOCTEZUMA S. A DE C. V ..en contra de FERNANDO
:ARRERA GARCiA en calidad de suscriptor
y
aLGA GARciA CADENA en calidad de aval, coo fecha
Il?lntiseis de
mayo
de dos mil catorce, se dictó la siguiente el
siguiente
auto, que en lo conducente dice lo
5lguiente:
" ..JUZGADO SEXTO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CENTRO, VILLAHERMOSA, TABASCC
¡E:NTISIETE DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.
Visto; lo de cuenta, se acuerda.
PRIMERO. Se tiene por recibido el oficio que se detalla en la razón secretanal, mediante el cual la
Magistra'da Presidenta de. la Primera Sala Cif del Tribunal Superior dr' Justicia del Estado, remrte copia
certificada de la resoución de
fecha
treinta
,e
abril del presente
370,
dictada
en'
el loca civil número
234/2014·1, relativo al recurso de apelación i",e¡puesto por el maestro en derecho ARNULFO GÓMEZ
. \ I
ALVAREZ, endosatario en p.rocurac. ión de la parta actora, quien se injo"tormó con el auto de veintinueve de
enero de dos mil catorce, misma que revocó
dicho
auto,
y
fue
no~cada
personalmente alas partes, por lo
que agréguese a los autos el oficio
y
anexo de cuenta para que obren como legalmente corresponda
. SEGUNDO. Quedando de la sigUiente manera el a1 recurrido: SE REVOCA el auto de fecha
veintlnueve.d~ enero de dos mil catorce, dictado por el .JUez~o de lo Civil de Prim.era Instancia del Primer
Orsmto JUdICial, Centro, Tabasco, en el expediente nume 27/2009, relativo al JUICIO Ejecubvo Mercantil,
promovido por los licenciados ARNULFO GÓMEZ ÁLVAR Z, JOSÉ ANTONIO MARTiNEZ SILVÁN, JOSÉ
MANUEL LEYVA ELSTÓN y JASCARA DARINCA JIMÉN ,Z ESPINAL, en su calidad de endosatanos en
procuración de la licenciada KRISTIAN AUGUSTO PANTOJA GODOY, representante legal de Cervezas
Cuauhtémoc Mcctezuma, S.A. de CV, en contra de FERNANDO CARRERA GARCiA y aLGA GARciA
CADENA
TERCERO Se aprueba el avalúo rendido por el pento nombrado por su representada arquitecto
LUIS EDUARDO VARGAS NARVAEZ. por lo que el Inmueble embargado se secará a remate con base .1
precio comercial fijado en el refendo avalúo, de cenformidad con el articulo 1257 pánrafo tercero de! Código
de Comercio aplicable.
CUARTO. En censecuencia, con fundamento en lo dispuesto en los articulos 1410 1411 del Código
de Comercio aplicable, séquese a pública subasta en primera
almoneda
y al mejor postor. el bien inmueble
que a continuación se describe
Lote número 46-A, Manzana 7, Zona " Fraccionamiento Parrilla Municipio de Centro, Tabasco,
constante de una superlicie de 208.104 metros cuadrados, localizados dentro de las SÍ9uientes medidas y
coiindancias: al Norte: en 23.415 metros con lotes 45-A y 45-B; al Sur: en 25,331 metros con lote 46-B; al
Este: en 9.340 metros, con lote 47·L y al Oeste: en 7.867 metros, con carretera Villal1ennosa- Teapa, inscrito
en el Reqístro Público de la Propiedad de esta ciudad, el dia 24 de Julio de 1990 bajo el número 6939 de! libro
general de entradas, quedando afectado el predio número 83159 a folio 209 del libro mayor volumen 323, al
cual se le fijó un valor comercial por la cantidad de $820,000.00 (Ochocientos veinte mil pesos 00/100 M.N ¡,
siendo postura legal para el remate de dicho inmueble, la cantidad que cubra cuando menos eí monto total de
su valor comercial
QUINTO Se 'iace saber a los licrtadores que deseen intervenir en la presente subasta, que deberán
oeoosñar previamente en el Oeoartamento de Consignaciones y Pagos de la Tesereria Judicial del H
Tnbunal Superior de Justicia del Estado, Jbicadoen la Avenida Méndez sin número de la Colonia Atasta de
Ser-a
t.•
e
esta Ciudad exactamente frente a la Unidad Deportiva, cuando menos el diez por ciento de la
',d que sirva de base para el remate
SEXTO. Como en este asunto se rematará un bien inmueble, de conformidad en el artículo 1411 del
Código de Comercio aplicable, anúnciese la presente subasta por tres veces dentro de nueve días en el
Periódice Oficial del Estado, asi como en uno de los Diarios de Mayor Circulación que se editen en esta ciudad,
fijándose en los mismos términos avisos en los sitios públicos mas concurridos de esta ciudad, para Jo cual
expidanse por triplicados los avisos corresoondientes. convocando postores, en el entendido de que dicho
remate se !levará a cabo en este Juzgado, a las diez treinta horas del dia ocho de agosto de dos mil
catorce.
SÉPTIMO, Practlquense las anotacones conrespondientes en el libro respectivo que se !leva en este
Juzgado y hágase saber a las partes la :Iegada de los autos para que promuevan lo que a su derecho
convenga.
Notffiquese personalmente
y
cúmplase.
Asilo acordó, mandó y firma el licenciado AGUSTíN SÁNCHEZ FRIAS Juez Sexto de lo Civil, anle la
licenciada CLAUDIA ISELA VINAGRE VÁZ(lUEZ, Secretaria Judicial de acuerdos, quien certifica
y
da fe ... •
POR MANDATO JUDICIAL Y PARA SU P'J8L1CACIÓN EN EL PER'ÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, POR
TRES VECES DENTRO DE NUEVE OlAS, Así COMO EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR
CIRCULACiÓN DE ESTA CIUDAD, EXPIDO EL PRESENTE EDICTO A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL
MES DE JUNIO DE DOS MIL CA TORCE, E N LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, CAPITAL DEL ESTADO DE
TABASCO.
r
LA SECRETARIA JUDICIAL
12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
21
No.- 2377 INFORMACiÓN DE DOMINIO
JUZGADO DE PAZ DEL DÉCIMO QUINTO DISTRITO
JUDICIAL DE JALAPA TABASCO.
OL'!::: expediente
civi:
r.urner o 131/2014. relctivo
01
juicio de lNFORMACION
DE DOMINIO.;::>rorr.ovido por el ciuoooooo TRINIDAD AlVARADO CONTRERAS.
este
JUZg8jC
dicto un auto de
inicio
que
copioooo
le letra
dice:
A U T O DE IN I C I :)
PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO
DILIGENCIA DE INFORMACION DE DOMINIO
JUZGADO DE PAZ DEL DECIMO QUINTO DISTRITO .'UDICIAL DE JALAPA, TABASCO.
(16) DIECiSÉIS DE JUNIO DELAÑO (2014) DOS Mil CATORCE.
v'ISiOS: El
contenido
de lo cuento secre
tonoi
se ocueroo:
;>RJMERO:Se tiene por presentado a Trinidu,j
.A)voroClO
Contreras. con su
escrito de cuenta y anexos
consistentes
en:
-,. OnQlnal del contrato de compraventa.
e
eiebrodo por la
seriorc
Be:io
Bocanegra
AscenClO
y el señor Irinidoo Alvarodo
Contreros.
de! mrnue bre materia
de! presente asunto.
>
Originol de
0n
piona. signado por
el In~leniero José Alberto MonZón
Oceguero.
r
Origlnoi
de
uno constancia expedido por
IJ
subdirección
de
Catastro
del
H.
Ayuntamiento
de
este municipio de Jalapa,
Iobosc
o •
r
Origino! de uno
soncuuc
enviado o lo suodire c ción de Catastro del H.
Ayuntoíídento
de
este municipio
de
Joropo. toe oseo.
Un recibo de
pago
d~
impuesto predio!
de
dos mii catorce
:,...Nueve
(?)
recibos de pagos c:..rI';lInolesde:Jguc "potable 'de lo Secretaría
de
PI:meación
y
OtJras Publicas
de:
Gobierno
del
E,tado
UDES.A,y Cornisión
Estatal
de .'\9uo y Scmeornierito de Tabasco ¡CEAS}
, Ocho (8j recibos originales de lo Cornisiór, -e oero: de Electricidad
Con los cuoles Viene o promover DILIGENCIAS DE INFORMACiÓN DE DOMINIO,
respecto
01
predio uo.cooo en: LA RANCHERíA CHIPllINAR SEGUNDA SECCiÓN DE
ESTEMUNICIPIO DE JALAPA TABASCO. constante
ele
uno superficie ce 21.025.&4
metros cuadrados: el cual se encuer.tro loc:Jliz JdD dentro de los siguientes
medidos
y c
olmooricios
Al NORTE
Una línea del punto
(1
al
1
de 4757E"::tros {cuarenta v siete metros
cincuenta \/ siete cenfímetros f:-e5 milímetro: (Glindando
con
zona federal
cerc:mg_Ql
.::¡rTOVQ
huocj(J~
P.J ~.!-'R·
Uilolínee::ie
l
pu;¡IO ')
Oi
:?
de
32.500
metros itrein;a
v
tres metros
:~----':":'l:::u-?",10
centímetro:-: c:Jli'ldonde- co:. le carretero veCinal Chipijinor seaunda
Al ESTE:
'j'lO
líneo
de!
punte- ) al
2::Je-
59(5)':'. metr ;:.. 1:J.ur"lI€,ltos novento
metr'os
Cln'::..Jent,=centímetrosl. colin·ja'lOG cor, Peore
Pere'
.Aouilor
Al OESTE
Cinco líneas
de!
;:"-lnto
:3 01 ,1
de
C?750:'
r:·etros [ noventa \" siete metr;)S
cinc'Jentc centimetrosl. del Junto
.401
S
dt'
16.80
m',:tr..-)';Ijiecl~éis metros. oc~\enlo
centímetr':')1 de! punte
5
ai
é-
de
·:5.7C
rn21r:)s
IqU¡rlC¿;
metros setenlo centímetros'
~_~.!;:'_ (,
(Ji
"7
de
1
¿
.200
(dieciséis rnetros veinTe c:::ntimetrosj. de! punto
7
G!
e
de
t.~2CX~.!
¡'
.:::'~latrOClentos'::lncuenta v d2ls metros' :-ohnd::mdo con Jes(.ls ~e-rez
,::::,oroles
SEGUNDO.-
Co-i
fundamente,
en
el
cdíCtJo 969
ce:
en
c::mcordonClC con
lo~
numerales
24
frD'::::lór,
JI, 7(
fro2crón
i
710,71 ¡212,713.
75:
y
:-elorivos del Cócliºo de PrDcedl:-flle;ltc:
Civi
es en
e:
Estadc. E/;
90~ °36.
939. ~4C 1318. 1::
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demós opnc obre s
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e! Es1oo·-=....osí
como lo reíormo ouoiic ooo en el Penódi:=o
011:::)a
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forme ;.Jroouestc:
en conse c.-encio
fórmese-
el
expediente
respective ..
re]lstresE en
el
libre
de
gobierne
80jC el
número
üi31/2ü14.
o.re
le
,:::cfTespuyj':::Jese :::vi5:jS:J, [r¡bu'lo'
Suo"rlY
-j~
Justicic
de:
EST::JC:
TERCERO NollfíqvesE ~' cese le .ruervenciór.
o: A.genTE del
Mirusfenc F·'.Jbl¡,-:::OdS'::;ltc. ::: este Juz:Jado. os: :::::m.·::::J:Reol:t,ador P0bilcc- d~ le
Pr8pl~.:::JOc v de: C:J:-:-lerc:·:/ con d;;mlciilos am;:,lament; conocidos
e...--,
esic
rr':..Jr-¡¡=r;:nln.:J:=:,csí cornc :: los
colinocmie
s Pedrc Pere: .Aguiiar y Jes0s
Pére: '
MO~Ole:.. ':: pn..-nerD en
e:
aO'TIICiiJc ubicado er ic Ra;"\cherío ChipiJiilor F'nme-rc·
Se:~:::)jn.::::
tre~ kilometros dei
ínmoe
ole motivo de:
.xesente
osuntc y ei se;]lJ~do~;
c)r;
·:iorm-'::JiICen le propled8c: .:::>Iindo.·--nepor me »c de SL'encargooc ei señor:
F-recy C.onrreros fv\e;;dez.
':cX"
le soncuuo prorncvi;-c IC rocncoc.ór- y
tra.";"\j¡¿_QUe>
i;:Jsoreserues diIi2e""iC:OSde
INFORMA.CIÓN
DE
DOMINIO.
p~Jrncvidé.;>:;í
-,\Ivorodc Conrreros.::: ün de que e"", .i: t.vr-ur«. ae TRES DíAS
HÁBILES.....::.
cornoutooies o portir de le notiñcocior.
preSenTi~
proveicc
rnonitiester, le-
qué-
e sus derech:::-s c cnver.oon De igual rr.onerc oorc :¡ue señalen domiciíic pare oír
v recibir Cii2S
v
nciiflc::Jclones er ésie rnunicrpic. orer c.o.cos qUE er. coso de no
hacerlo ic: subsecuEi¡jes notitrc ociones aúr. las oe e croe ter personal le surtir on
sus efectos ;JOí le listos fija:jas en los iooteros de cvisc de este H JUZGado. iC
ar.terior::ie c:>nfe>rrrwJoc con jo previste en el 'lurnerCJi 136 oei Cód¡gc de
Proceder en lo rnoteno
CUARTO. Con tund::Jrn~nte en el articule ~:2;8 tercer
pórroro
oe: Códloe
Civil. er.
reloción
con e numeral 139 de le Lev ,.:..dlellv::J Civil ornbos
oroenorruer.ros vi;¡enres en e: ::st::;oo. dése ampra publioj:Jc por rne oio de
"EDICTOS". POR TRES VECES. DE TRES EN TRES DíA;. corisec rtivornerue. que se
publicaren en el Periódico OfiCial del
Estoce
y en une de
íos
DI:mos ce mayor
circuíocroo de los Que
se
editan en le Cooirol del Estado resoectívornente:
csimismo. fDense
¡O~
"1.o.\.'!S05"
en los lugores públicos oe costumbres más
concurridos como
S0n:
Juzgado Mixto.
Registrador Público
de
Jo Propiedod
y
del
Comercio. Receptoría de Rentas. Dirección
d~ Seguridad
Público. Agencio del
Ministerio Público Investigador, Mercado Público.
e.r e:
lugar de lo ubicación de;
predio de referencia
y
en lo pueria de acceso a este juzgado. todos de este
Municipio de Jalapa, Tabasco: oe oienoo el Actuono Judicio! adscrito 01 Juzoadc
levantar
ccnsronc.c
ootmervoozocio sobre le
tIIOCIOi!
de los
ovisos
haCté~ool~
saber
01
público er, general. que quien se crea 'con mejor dereche e tiene oigún
intereso deberá comparecer
ante
éste Juzgado
a
hacerlo
voler
sus derechos
legales
señotóndose
pare elle un término
de QUINCE DíAS HÁBilES. contoocs a
partir del
dío
siguie.r¡je de la fecho de la último publicación de los
EDICTOS
respectivos.
, QUINTO
,"-.sitambién. con
lunoornento
en
los
orticulos
241
v
264
del Códiao
de-
Procedimientos CiVIles
en
vigor. gírese atento oficio con tros~ripClón de e;te
punro. al
H.
Ayuntamiento Constitucional
y
la Dirección
de Catastro.
omoos
rie
este municipio de Jolopo. Tabasco, pare les erectos de que INFORME o este-
Juzgo
CJ
le
breve
ooo posible. si el
prgdjo RÜ!iticg
ubjsgdo
en
en: LA
RANCHERíA
CHIPllINAR SEGUNDA SECCiÓN DE ESTE MUNICIPIO DE JAlA~A TABASCO
constante
de
une superficie de
21,025.84
metros cuadrados: el cual se encuentra
localizado dentro de les siguientes
rneoíoos y coiinooncios:
Al NORTE
Uno
líneo
del punte
O
al
1 de 47.573
metros (cugrenta v sieíe metros Cincuenta v siete
centimetrQs. tres milímetros. cohndon'.jo con zonc: federal cercano
01
orrovo
huactal:
Al SUR:
Uno linee dei punte
2 01 ::
de
33.500
metros (trelnTc
y
tres metros
cincuenta centímetros
l,
colindando con
le
carretero vecinal Chlpihnar seounda
secClon.
Al ESTE:
Uno linea del punjo
J
012
de
590.500
metros. (qUInientos noventa
rr'¡f::-iros cinc'~lento centímetros: colindando con :='edrG Pérez Aguiiar.
Al OESTE
Cinco lineos del DU.'lto
3
al
4 de 97.500
metros
I
n:)vente
y
siete metros. cincuenta
centímetros) del punto
Jo
01 5
de
16.80
metros ¡dieciséis metros ochenTa
centímetros] de! Dunto
S
016 dE
)5.70
metros Iguinc~ metros. setenta centímetros)
del punto
6<01 7 de
16.200
(dieciséís metros veinte ce;'")tímetrosl. del punte
"7
al
D
oe-
452.00 I
cuctrO:::ler'lt05 cíncuenta
y
dos metr·:)SI cohndando con Jesus Pérez
Morales. pertenece
o
no
a
la Noción e
o'
Funde
Leg::J1 de
este MuniciplC: Infor:TH;
que deberc re,dir o este Juzg:Joc
;::!E;
p::Jz
d~
Jai.:¡pc Tabasco sil'" <=-n
~:=iÓn 'I<=-i01p
dp
ntlviembr<=-
d.c
~st\ >illdnd
dE
JalaDO TobqSíQ
en un
terrn.r.c de DIE1 OlAS
hábiles siguientes
01
qUE reciban
el
oficio correspondiente. tal
y
c
orr o le establece
el
numeral
264 del
Código de proceder er, la materia,
apt;'::I~ldo que de hacer coso
orrusc
en el
terrrunc
conceddo.
se
hcrón
oc.c
c-ccrcs
o uno de-
las medidos de apremie f' en el
o-tiento
129
trocc.or.
I
del Código de
Proce
dirrueritos Civiles en
VIQOr.
consistente en
VEINTE
DíAS
,je
sotono
rrunirno
vIgente- en
lo
entidad: onexór¡-oole
e
dicho oficio COpiO
simple del piano o croqui~ de! mismo
SEXTO En
consecuencia: quede
e
c;Jrgú ,del promovente dar
el trórnue
conespor.oiente
.:::J
kJ~ Of¡CIO~
proveídos
er.
este oo to de irucic . lo anterior e fi:l de
loºror
le
inrnediote:
er. e!
cumplimlentc.:Jel manda te contenido
er.
el mismo.
y
or.rer.er
los rn'2.le·.e:;
re
soncoos
2'''',
e: presente DrOC~5C. en
e!
menor jter:l;)o
ocsible.
tod·.':j
vez
que es obli;j:::Jción del promovente velar por su
oe
o.dc
oe sonooo: rr.óxrrne que
tiene c:>m:::, e-:::lrg:Jproceso: allegar
e este
Juzgado
le
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exc
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v de íeruos e
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e:
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conformidad con los
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del
Cóoioo
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Procedimientos
Civiles
en vigor en e!
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SÉPTIMO Er' cuanto o los
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te~timorllales
que ofrece el
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éstos se
reservan para ser
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e: rnomentc procesal oponuno
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poro que en su nombre y reorese
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toda clase de
de'cume,....ltos.
y
vea el
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!ice~C1ado HumberL:: Guzmjn '=ruz~CJrG rec.b« cuotquier notifica:::lór,
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enciooo Jesús Daniel f-.ndr-:Jde Ramíre:::
v M0r-lC
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Sontano 8::Jlc:Jzar
de
cooiorrruooc
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lo.sa:1Iculo-s t'4.
E;j
¡
Sc
v
138. adjetive en vigor
Notifíq'.J-'2seoersonal:Tlente yc:.Im::>lase
Así le =coí:Je, rr.onoc y firma el ·::luaadQ;lú ~cenClodo ivor, Ir.ooo GÓmE-z.
Juez de Pa: dei Dé::lr1C' Quint·:.. DtStritc JudiCial
tJe
.ioropo 1
0:::::'05C
D: por y ente 10
Secre tonc JI).ji'-:::::IOiciudodanc:: !'.velinc Ramos Hue~t-:J. quien certiüc c y do te
POR MANDATO JUDICIAL,
y
PARA SU PUBLICACION EN EL PERIODICO
OFICIAL DEL ESTADO Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR
CIRCUALCION QUE SE EDITAN EN LA CIUDAD CAPITAL DEL ESTADO
DE TABASCO, POR TRES VECES CONSECUTIVAS DE TRES EN TRES
OlAS, EXPIDO EL PRESENTE "EDICTO", A LOS'CUATRO DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE, EN LA CIUDAD DE JALAPA,
TABASCO, HACIENDOLE SABER A LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON
DERECHO EN ESTE JUICIO QUE DEBERAN COMPARECER ANTE ESTE
JUZGACO DE PAZ A HACER VALER SUS DERECHOS
.c;Y~~>:
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22
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
No.- 2380 INFORMACiÓN DE DOMINIO
JUZGADO DE PAZ DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL
DE JALPA DE MÉNDEZ TABASCO.
A QUIEN CORRESPONDA:
Se le comunica que en el expediente
288i2014,
relativo al
P'WCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFORMACION DE
DOMINIO, promovido GUADALUPE MADR.IGAL TAR.".CENA, con fecha seis
de junio de dos mil catorce, la suscrita jueza dictó un auto de inicio que
copiado a la lelra dice:
AUTO DE INICIO
JUZGADO DE PAZ DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL DE JALPA DE MÉNDEZ,
TABASCO. A SEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CA TORCE.
VISTOS: La razón secretarial, se acuerda:
PRIMERO.-Pol'presentado a GUADALUPE MADRIGAL TARACENA, por su propio
derecho, con su escrito de cuenta y anexos que acompaña la presente demanda; y
traslado; con el que promueve PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE
DILIGENCIAS DE INFORMACiÓN DE DOMINIO, respecto del predio urbano, ubicado en el
poblado Iquinuapa, municipio de Jalpa de Mendez, Tabasco, el cual consta de unz,
superficie de
360.49
metros cuadrados, baro las siguientes medidas y colindancias: al Norte
en 38.35 metros con Oscar Torres Ramirez; al Sur: en 38.35 metros con Escuela primaria
Jase Maria Morelos; al Este: 8:80 metros con Calle Sin nombre; y 31 Oeste: en 10.00
metros con Calle Sin nombre.
SEGUNDO.- De confonmidad con los artículos 836, 877, 889, 890. 900, 901, 902,
936,938,939,940,941,949, 1318, 1320, Y demás relativos del Código Civil; en relación
con los numerales 16, 28 fracción 111,457 Fracción VI, 710, 711, 712, 713, 714 Y demás
aplicables del Código de Procedimientos Civiles, ambos vigentes en el Estado, se admite la
solicitud en la vra y forma propuesta; en consecuencia, fórmese expediente, regístrese en
c,
libro de gobierno bajo ei número que le corresponda, y dese aviso de su inicio a la H
Superioridad.
TERCERO.- Hágasele saber las prelensiones del promovente de cuenta,
al Agente del Ministerio Público adscrito a este Juzgado, al Registrador Público de la
Propiedad y del Comercio de esta Ciudad de Jalpa de Mendez, Tabasco, a
los colindantes Oscar Torres Ramirez con domicilio ampliamente conocido en la calle
Principal sin nombre colorua centro poblado Iquinuapa, Jalpa de Mendez, Escuela primaria
Jase Maria Morelos, con domicilio calle Pnncipal sin nombre colonia centro poblado
I~ulnudpa, Jalpa de Méndez: para cue centro del termino de cinco días hábiles coritadcs a
partir del dia Siguiente al en que sean legalmente notificados del presente proveido,
manifiesten lo que a sus derechos convengan, y deberán señalar dorrucilio en esta Ciudad,
para los efectos de oir
y
recibir toda ciase de citas
y
notificaciones, caso contrario las
subsecuentes notificaciones le surtirán efectos por lista filada en los tableros de este H.
Juzgado, de confonmidad con el articulo
136
del Código de Procedimientos Civiles en ligor.
Asi como también dentro del citado termmo deberán exhibir original y copias de las
escrituras públicas que acredite su propieoao corno colindante del actor, para que previo
cotejo le sea devuelta la angina!.
CUARTO- De confcrrndad con lo establecido 3n el articulo 1318 Párrato Segundo
del Código Civil, en relación con el numeral 139 fracción 111dei Código Procesal Civil ambos
¡Igente en el Estado, publiqueseol presente proveido en el Penódico OfiCial doslEstado!
en uno de los penódicos de los de mayor circulación estatal, tales como suqerencia .
"Avance"T3basco Hoy', "Presente" o "Novedades de Tabasco", o "Tabasco al Dia" a
elección del promovente, por tres ¡eces de tres en tres dlas, y fíjense avisos en los lugares
publicos más concurridos de costumbre de esta Ciudad, como son: el mercado público,
esntral camionera. Dirección de ;egundad Pública. Delegación de Tránsito, Agente del
Ministerio Público, Juzgados Civil, Penal y de Paz, Receptoría de Renlas, Registro Público
de :~ F'rcDledad y del Comercio d" esta Ciudad,
y
H. Ayuntamiento Constitucional yen el
lugal ;·,nde se localiza el bien
rnofívo
de este proceso; haciéndose saber al público en
e
n:ral que si alguna persona tiene interés en el presente procedimiento, comparezca ante
2SIe Juzgado a hacerlos valer dentro del término de quince
días
hábiles contados a partir
dei sicurente de la última pubiicac ón que se realice, debiendo la actuaria adscrita a este
Juzgado de Paz, hacer constancia sobre los avisos fijados.
QUINTO.- En cuanto a la; pruebas ofrecidas, dígasete que se reservan
para ser tomadas en cuenta en su momento procesal oportuno,
SEXTO.- ASimismo, se tiene al promovente señalando como domícilio para los efectos
de oir
y
recibir citas y
notiñcaciones
en la calle Gregario Méndez numero
109,
Barrio San
Luis de este Municipio de Jalpa de Mendez. Tabasco, y autorizando para tales efectos a los
licenciados MIGUEL CLAMENTE DE LA CRUZ
Y
ROSA DEL CARMEN ALEJANDRO
CA.NDELERO.
NOTIFiQUESE PERSONAL1\IENTE
y
CÚI',IPLASE.
Así LO PROVEYÓ, /vIANDA Y FIRMA LA LICENCIADA ISABEL DE JESUS
MARTINEZ BALLlNA, JUEZ". DE PAZ DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO,
DE JALPA DE MÉNDEZ, TABASCO, ASISTIDA DE LA SECRETARIA JUDICIAL
LICENCIADA TERESA MÉNDEZ PEREGRINO, QUE CERTIFICA Y DA FÉ,
12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
23
No.- 2378 INFORMACiÓN DE DOMINIO
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TABASCO,
JUZGADO DE PAZ DE MACUSPANA, TABASCO.
SEXTO. Consecuentemente. con fundamento en los articuíos 24
''¡
Y 264
oet Códrqo
oe
Procedimientos Civiles. en vigor, gjres€ atento oficro al Director
de
Catastro Municipal, de esta ciudad
de Macuspana, Tabasco, para los efectos de que infonnen 3 este juzgado.
SI
el predio RUSTICO, ubicado
en la Carretera a Buergos de la Ranchería Belén, del murucipio de
i•...
1acuspana, Tabasco: constante ·je
una superficie de 225.00 metros cuadrados, con las siguienles medidas
y
cofindancias: Al NORESTE:
900 METROS CON CARRETERA A COLONIA BU ERGOS; AL SURESTE: 2500 METROS CON JOSE
PEREZ DE LA CRUZ; AL SUROESTE: 9.00 METROS CON EUGENIA OVANDO MENDEZ Y
NOROESTE: 25.00 METROS CON EUGENIA OV,A,NDO MENDE2. pertenece o no al fundo legal del
municipio o a la nación
y.
en
cuanto a la Dirección de Catastro Municipal deberá Informar a éste Tribunal si
se encuentra catastrado el predio mencionado en fíneas anteriores a nombre de persona alguna.
respectivamente dése al Agente del Ministerio Público Adscrito a! Juzgado, la intervencoo que por
derecho le corresponde. con oomcilio wnpliamente conocido en la Planta Baja de este Recinto JudicIal.
SÉPTIMO. Queda a cargo dej promovente dar el trámite correspoooíente a los oficios ordenados en
el presente auto de inicio,
OCTAVO. Notifiquese a los colindantes JOSE PEREZ DE LA CRUZ Y EUGENIA OVANDO
MENDEZ, quienes tienen su domICilio ubicaido en la Carretera a Buergos de la Ranchería Belén. del
municipio de Macuspana, Tabasco, en el luqar de ubicación del inmueble
Asimismo que se les concede un tsrmíno de TRES DíAS HÁBILES, contados a partir del dia
siguiente al en que le sea legalmente notificado del presente proveido para que manifiesten lo que sus
derechos corresponda
y
seiialen domICilio en esta ciuidaid para oír
y
recibir citas
y
nolificaciones,
advertidos de hacer caso omiso en el primer término se le tendrá por perdfdo el derechos para hacerlo con
poslenorídaid de conformidaid con lo establecido en el numero 90
y
118 del Código en cita, asimismo en
caso de no comparecer las subsecuentes nonñcaciooes aún las de carácter personal le surtiran sus
efectos por la lista fijaida en los tableros de aviso del Juzgado, lo anlenor con furídamenlo en el articulo 136
del Código de Proceder en la materia.
NOVENO. De igual forma, como lo solicita el actor guárdense en la caja de segurídaid de este juzgado
los documentos originales que exhibe; previo cateto
y
certificación de los mismos. de conformidad con el
articulo 109 del Código de Proceder en la Maleria.
DECIMO. Téngase al promovenle señalando como domicilio para oir
y
recibir citas
y
notificacJones.
en los Estrados de este Juzgado de Paz, así como para recibir cualquier documento relacionado con la
litis.
NOTIFíaUESE PERSONALMENTE
y
CÚMPLASE.
ASI LO PROVEYÓ, MANOA
y
FIRMA EL CIUDADANO LICENCIADO DELIO CHABLE RENDóN,
JUEZ DE PAlDE MACUSPANA. TABASCO POR y ANTE LA SECRETARIA JUDICIAL DE LA MESA
CIVIL LICENCIADA VIRGINIA GUADALUPE ALlPt ROMELLÓN, CON QUIEN ACTÚA QUE CERTIFICA
Y DA FE."
"AVISO AL PUBLICO EN GENERAL".
Que en el expediente numero
00286/2014,
relativo al procedimiento
judicial no contencioso de información de dominio promovido por ORTELlO
LARA OVANDO, en
24106/2014,
se dicto autc de inicio que copiado a la letra
dice
"AUTO
JUZGADO DE PAZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL DE MACUSPANA,
TABASCO. A VEINTICUATRO DE JUNIO DE DOS MIL CATCRCE.
vlsro.. El informe de la razón secretarial, se acuerda:
PRIMERO. Se liene cor presentaido al ciudsdaro ORTELlO LARA OVANDO, con su escrito de
cuenta
y
anexos consistentes en: Original de Constancia I~atastral. expedida por el Subdirector de
':alastro Municipal. Ongina! de un certiticaido negativo de inscripción, expedido por el Regislro Publico de
la Propiedad
y
del Comercio de la ciudaid de Jalapa, Tabasco a nombre de ORTElIO LARA OVANDO:
)nginal de Certificación de valor Catastral, a nombre de ORTElIO LARA OVANDO, Onginal de
Ilonticación Catastral, Original de Manifestacion Catastral, todas expedidas por el Subdirector de Catastro
municipal: On9ina! de Constancia de Residencia a nombre de oRTElIO LARA OVANDO, expedida por el
de!egaido de la Colonia Belén Manuel Anlonio Segura Ovando; Original de Plano de un predio Rústico.
ublCaido en la Carretera a Colonia Buergos, de la Ranchería Belén, municipio de de Macuspana, Tabasco,
a nombre de ORTElIO LARA OVANDO; Original de documento privado de Derecho de Posesión. a
nombre del posesionarlo ORTElIO LARA OVANDO:
Y
copias slrnples que acompaña con los cuales viene
a promover PROCEDIMIENTOS JUDICIALES NO CONTENCIOSO DE INFORMACiÓN DE DOMINIO,
sobre un predio RUSTICO ubicaido en la Carretera a Buerqos de la Rancheria Belén, del rnurncjpio de
Macuspana, Tabasco: constante de una superficie de 225.1}Q metros cuadrados, con las siguienles
medidas
y
colindancias: AL NORESTE:
900
METROS CON ';ARRETERA A COLONIA BUERGOS: AL
SURESTE: 2500 METROS CON JDSE PEREZ DE LA CRUZ; AL SUROESTE: 9.00 METROS CON
EUGENIA OVANDO MENDEZ Y NOROESTE: 25.00 METROS CON EUGENIA OVANDO MENDEZ
SEGUNDO. Con foodamenlo en los articulos 877, 889, E90, 900 901, 902. 903, 906, 907, 924, 936,
938, 939, 940, 941, 942, 1318 Y relativos del Código Civil 'Jigenle en el Estaido, en relación con los
numerales 16,710,711.712
Y
755 Y relativos del Código de Procedimientos Civiles en vlgür se aidmite la
·solicitud en la vía
y
forma propuesta; en consecuencia. íórrnese el expediente respectivo. registrese en el
libro de gobierno bajo el número que le corresponda. dese wiso de su inicio al Tribunal Superior de
Justicia del Estaido,
y
la intervención corresporídiente al agente el Minislerio Público aidscnto a este
Juzgaido aSI cerno al Registraidor Público de la Propiedaid
y
del :omercio de esta Ciudaid.
TERCERO.
M
respecto. dese amplia publicidaid por m-dio de edictos que se publicaran en el
Periódico Oficial de! Estado, por tres veces, de tres en tres días consecutivamente
y
en uno de los Diarios
oe mayor
circetacíón
de los que editan en la Capital del Estado. mismos que se editan en los lugares
públicos más concurridos de esta ciudad
y
en la ubicación del :nmueble. lo anterior es con la finalidad
de que quién se crea con derechos sobre el predio mencionado con anterioridad comparezca a éste
luzgado a hacer valer sus derechos
y
conforme lo dispone el articulo 139 de la Ley Adj€tivaCivil V1genle
'¡¡¡ense los avisos en los lugares públicos de costumbre
y
en el hJgar de ubicación del predio de referencia,
agregados que sean Jos periódicos
y
a petición del promovente se fijará fecha
y
hora para el desahogo de
la prueba leshmonial a cargo de los ciudadanos FANNY DEI CARMEN OllVE GUITARTH, MANUEL
mTGNIO SEGURA OVANDO Y NEFTAlI MENDOZA GARCIA
CUARTO. Hagasele saber al Registrador Público de 1" Propiedad
y
del Comercio de Jalapa,
Tabasco, la radicación de la presente diligencia a fin de que exprese lo que a su derecho corresponda
los tuviere. Asimismo. requieraseles para que dentro del término de TRES DíAS Hj.BILES contados al
día siquiente de la notificación que se les haga del presente oroveido señale domicilio en esta ciudad
para ou
y
recibir citas
y
notificaciones. advertidos que en
CélSO
de no comparecer las subsecuentes
ootifcacooes aún las de carácter personal le surtiran sus ete·:;tos por la lista fijada en los tableros de
aviso del juzgado, lo anterior con fundamento en el articulo 136
,jel
Código de Proceder en la materia
QUINTO. Apareciendo que el Registraidor Púbtico de la Propiedad
y
del Comercio tiene
intervención
en esta diligencía
y
que tiene su domicilio en la ciudad de Jalapa, Tabasco, con apoyo en lo
dispuesto por los articulas 143
y
144 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado. qirese
atento ~xrlorto con las inserciones necesarias al
Juez
de Paz oe aquella ciudad, para los efectos de que
en auxilio
j
colaborac:ón de este juzgado, ordene a quien corresponda notifique este acuerdo al
funcionano antes mencionado
Por mandato judicial y para su publicación en el periódico oficial del
estado y en otro periódico de los de mayor circulación de los que editan en la
capital del Estado. por tres veces dentro de nueve días. expido el presente
edicto en la ciudad de Macuspana, Tabasco, República Mexicana, a los
veinticinco días
del
mes dejunio de}Ios~rnil catorce.
/~
AT~~NTAME~TE.
/::~~'~.""'>
LA SECRETARIA.J,uDICIA~El JUZGADO DE PAZ
". ,:~' " DE ~CUS~.AI'lA!
J
ABA,SCO.
;;,.,f
,'j~!~~kDA. VIRG,iA ~~ ALlPI ROMELLÓN.
-.=: ~.~.->
;':-o-:~:'; . "
.l/ __.--
-J ////
~,,>.;-'::,::-.
y/
.;_~f :).,~,_
24
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
No.- 2393
INFORMACiÓN AD-PERPETUAM REI MEMORIAM
JUZGADO DE PAZ DE SEXTO DISTRITO JUDICIAL DE H. CÁRDENAS, TABASCO
AL PVBUI!:(} EN GENERA'"
QUE EN EL EXPEOIENTE 743/2014, RELATIVO A~ PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO
CONTENCIOSO, I)E INFORMACIÓN AO PERPET\JAM RE! MEMORIAM, PROMOVIDO POR
MARGARITA SUMANO AMAOOR, E~ TRECE DE FEBRERO DEL DOS MIL CATORCE, SE DICTO
UN AUTO QUE lA LETRA DICE:
JUZGADO DE PAZ Del SEXTO DISTRITO JUDICIAL Del ESTADO. H. CÁRDENAS. TABASCO. CINCO
DEJUNIO DEL DOS MIL CATORCE.
VISTOS.
to cuento
secretoriol, se acuerda"
PRIMERO.Se tiene por presentada a la ciudadana !'v'u'SUMANO
AMADOR con su escrito de cuenta yanexos que acompaña consistentes 2r.:
1).- Odqirro! del certificado de Registro de catastro o nombre
del•.•.
t~RG,ARITA
~UMANO AMADOR. expedida por el Licenciado CARLOS
EllAS
AVAlOS
Registrador Púbñcc
del instituto Registrol de: Estado de
roocsco.
con sede en este municipio de Cárdenos.
Tabasco.
2)'
Original del plano o nombre de MARGARITA SUMANO AMADOR. ubicado
enlo calle "HICOTEA" lote numero 285 manzano 15colonia "C.S.A.T. de Cárdenas. Tabasco.
3).- Originol de Joconstancia número 184 o nombre de MARGARITA SUMANC
AMADOR expedido por el
licenciado
JUAN CARLOS PEREZMENDEZ, "Registrador Público o,
Instituto Registrol del Estado de tooosco. con sede en este municipio de Cárdenas. Tabasco.
4).- Original del Controto de compra-venta a nombre de MARGARITA SVMANO
AMADOR y MANUEL RODRiGUEZ LOPEZ. Promoviendo UOCEDIMIEWTO JIIOlCIAL NO
CONTENCIOSO DE INFORMACiÓN AD PERPETUAM REI MEMORIAM paro acreditar la posesión
que dice lener sobre el predio urbano ubicado en lo calle Hicotea lote 285manzona 15de
lo colonia C,S.A.f.de H. Coroenos. "ooosco. con uno superficre de 225.91metros cuodrodos.
con las medidas
'!
counoonc.os:
al Norte en 10.]O metroscon predio el señor
AMElIO CASTILLO,
01
Suren
10.30.
metros con la calle Hicotea, al es!
"1
22.20
rnetroos cc.n terreno se! señor ESTEBANOSORIOGAMA$., a Oeste en 22.
\0
metros con
orcoíeooo del señor LUISALfONSO GONZALEZ TRINIDAD .
SEGUNDO.Con fundamento en los artículos 877,
901 902, 90j. 906.
924. 936.
938, 939,
940.
941. 942, y demós relativos del Códjgo Civil- vigente, en relación con' los
numerales 16,28 fracción VIII.
710,
711. 755 Y demás relativos del
Cóoiqo
de Procedimientos
Civiles en vroor se admite la solicitud en la vía y forma propuesto: fórmese expediente.
regístreseen el libro de gobierno con el número que!~ correspondo. dese aviso de suinicio o
10
Superioridad y la Intervención correspondiente al agente del ministerio público adscrito
-. TERCERO.Dése vista al agente cer ministerio público adscrito al Juzgado. al
Reois
troctor
Público oet Instituto Registro! del Estado. con sede en este municipio de
Cárdenas. Tabasco.
01
)ubdirector de! Catastro municipal. y o los colindantes del predio
denurvciocío. AMElIO GONZALEZ CASTILLO ESTE6AN OSORIO GAMAS. LUIS ALFONSO
GONZALEZTRINIDAD.poro que dentro del termino de cinco días hábiles, contados a partir
del día ~iguiente en Que sean notificados del presente auto, manifiesten ante este Juzgado lo
que o sus derechos convengo. Oe igual formo,
nócosetes
saber que deberán senotor
dornicüio en esto Ciudad, poro los efectos do oír y recibir, todo clase de citas y notificaciones.
porque en coso contrario, lossubsecuentes octutcoc.ooes le surtirón efectos por listo tijada en
los tableros de esle H.. 'uzgado, de conformidad con el artículo 136 del Código de
Procedimientos Civiles en vigor
CUARTO.Se
rece-ere
01
prornovervte poro que en el término de tres días hóbiles
siguientes al en que seo notificado del presente proveido, proporcione los domicilios
correctos y actuales de los colindantes AMElIO G0NZALEZ CASTiLLO.ESTEBAN050RIO
GAM,~S.LUISALFONSOGONZ,;LEZTRINIOAD,os¡ como exrsoo los cinco trostooos o copias de
su solicitud promovida. debidamente requisitodos: poro los electos de que lo fedatario
judicial puedo darle e! debido cumplimiento o todo lo ordenado en el punto inmediato que
ooteceoe.
r-octéo-rore
saber que en coso de no dar cumplimiento o esto. seracausante del
retrase en el presente
exoecíiente
QUINTO,-Publíquese el presente proveído a manero de edictos en el Periódico
Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor circulación estatal. por tres
vece:
de tres
en tres dios consecutivos. en términos del artículo 139, del Código de Procedirruentos Civiles
en vigor: y ff¡ens¿avisos en los lugares públicos de costumbres más concurridos de esto
ciudad, como son: El mercado público. centrol camionero. Dirección de Seguridad Pública,
Deteqoción de Iróns.to. e.cencics del Ministerio Público. Receptoria de Rentos. Instituto
~egis;rcl del Estado de roocsco con sede en este municipio de Cárdenas, y H.
'\',untamienlo Constitucional; os¡ cerno en el lugar donde se localizo el bien motivo de este
proc edimiento.
De igual formo, gírense atento oficios o los Jueces Civiles
y
Penales de Primero
Instancio de este Distrito Judicial. pe-o que fijen los avisos correspondientes
en
un lugar visible
de susJuzgados a SLidigno cargo.
Todo lb anterior. poro los efectos de
nocerte
saber al público en general. que
SI
alguna persono tiene algún interés en el presente procedimiento judicial no contencioso
promovido por MArC.·\RITA SUMANO AMAOOR. deberá comparecer ante este juzgado a
hacerlo valer en un término de QUINCE DiAS HÁ&U.ES:y
cportír
de lo última publicación que
serealice. debiendo lo Actuaría
oo.críto
o este Juzgado de Paz. hacer constancia sobre los
avisos fijados. SEXTO.Gírese oficio '~I Presidente Municipal de esto ciudad. adjuntándole
C~
(i,~
de 10 soíicitud inicíol y sus onexos. poro que dentro del plazo de diez dios hóbiles
12S o la fecha en que
recíoo
el oficio respectivo. informe a este juzgado en términos
,je-I
numeral 123 fracción !11.de!
e
)digo de Procedimientos Civiles en vigor. si el predio
ubicado en lo calle Hicotea lote 2:35manzana 15 de lo colonia C.S.A.T. de H. Córdenas.
rooosc o. con una superficie de 225.91 metros cuadrados. con las siguientes medidas '(
coíindcncios: 01
Norte en
10.10
metros con predio el
señor
AMEltO GONZALEZCASTILLO.
01
Sur
en
10.30
metros con la calle Hicotea. al este en
22.20
metros con terreno el señor ESTEBAN
OSaRIO GAMAS. a Oeste en
22.10
metros con propiedad del
señor
LUISALFONSOGONZAlEZ
TRINIDAD:pertenece o no al tundo IE;golde ese H.Ayuntamiento Municipal.
SÉPTIMO.En cuanto a
tos
pruebas ofrecidas por la promovente
.\¡\ARGARlTA SUMANO AMAOO~. dígosele que se acordara lo conduce.nte
cuorroo sea el momento procesal oportuno. .
OCTAVO.· Téngase .o .prornovenre MARGARITA SUMANO AMADOR. por
sezotcndc como domicilio para" oír y recibir citas y notificaciones. en lo cene prolongac;ión
Guodalupe víctoríc de lo colonia pueblo nuevo de esta ciudad de H. Cárdenas, Tabosco:
nornbrondo como su abogado pctrono
01
Ucenciado MARCO TUllO SEDANO HERREA.con
cédula profesional 475997 en
términos
de tos artículos 84 y 85. del '-ódigo de Procedimientos
Civiles en vigor. y autorizando poro Que tome apunte. leo y oiga todo clase de citos y
notificaciones, aún los de carócter p ersonot,
NOllFiQUESE PERSON,AlMENTE y CÚMPLASE.
,sí LO PROVEYÓ. MANDA Y FIRMA LA CIUDADANA LICENCIADA MARTHA EUGENIA ()ROZCO
JIMENEZ. JUEZA DE PAZ DE CÁRDENAS. TA6ASCO. ANTE LA SECRETARIA JUDiCiAL LICENCIADA
LORENA IvmE DE LA CRUZ AQUINO CON QUIEN LEGALMENTE AcTúA. QUE CERTIFICA Y DA
FE.
CGS FTRMASILEGIBLES
LO QUE ME PERMITO TRANSCRIBIR PARA SU PUBUCACIÓN POR TRES
VECES OE TRES EN TRES DÍAS CONSECUTIV,)S EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO Y
EN UNO DE LOS DIARI.OS OE MAYOR CIRCULACIÓN ESTATAL, PARA LOS EFECTOS Y FINES
NECESARIOS. DADO EN EL JUZGADO DE PAZ DEL SEXTO DISTRITO JUOICIAL A LOS
DIECIOCHO OlAS OELMES DE JUNIO OEL OOS MIL CATORCE,
12 DE JULIO DE 2014
PERIODICO OFICIAL
25
INFORMACiÓN DE DOMINIO
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TABASCO
JUZGADO DE PAZ DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL DE H. CÁRDENAS. TABASCO
No. 2395
AL PÚBLICOENGENERAL:
QUE EN EL EXPEDIENTE635/2014, RELATIVOAL PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO
CONTENCIOSO, DE INFORMACiÓN DE DOMINIO, PROMOVIDO POR SARA DEL
CARMEN RUIZJUÁREZ, EL VEINTIUNODE ABRILDE DOS MIL CATORCE, SEDICTO
UN AUTO QUE LA LETRADICE:
RAZÓN SECRETARIALEn veintiuno de abril del dos mil catorce. [a secretaria
judicial da cuenta a la Juezc. con un escrito y onexos presentado por SARA
DEL CARMEN RUIZ JUÁREZy anexos recibidos el catorce de abril del ano
actual. Conste.
AUTODE INICIO
JUZGADO DE PAZ DEL SEXTODISTRITOJUDICIAL Del ESTADO. H. CÁRDENAS,
TABASCO. VEINTIUNO DEABRILDELDOS MIL CATORCE.
VISTOS.Lo cuenta secretanal. se ocoeroo:
PRIMERO.Se tiene por presentado o lac'iudadana SARA DEL
CARMEN RUIZ JUÁREZ con su escrito de cuenta y anexos que acampana
consistentes en:
¡).-
Copia simple de la
creoencíot
de elector a nombre de
MARCO ANTONIO LÓPEZ MONTEJO. expedida por el Instituto Federal
Electoral.
2).- Copia simple de la creoencíoí de elector a nombre de
SARADEL CARMEN RUIZJUÁREZ.expedida por el Instituto Federal Electoral.
3).- Copias certificadas de [a escrituro publica numero
5.994
volumen LXX de fecha 25 de septiembre dei ano 2000. expedida por el
licenciado JOSÉ Luis OCAÑA ANDRADE. Notario Publico numero cuatro de
H. Cárdenas. Tabasco. mismo que contiene el contrato de compraventa
celebrado entre la suscrita SARA DEL CARMEN RUIZ JUÁREZ
y
OVIDIO
MARCHENA OLAN, con relación al predio ubicado en periférico Carlos
Molino y avenida [as flores de lo colonia el bojfo de este municipio de H.
Cárdenas. Tabasco.
4).- Original de la constancia del instituto registral del Estado de
Tabasco.
de fecha 18 de marzo de 2014, expedida por el licenciado JAVIER
.",QUINO GARDUZA. coordinador catostral eJe este municipio de H.
Cárdenos. Tabosco.
5).-
Original de la constancia del instituto registral del Estado de
Tooasco. de fecho 04 de marzo de 2014.en donde determina que el predio
rrotivo de este juicio no esto registrado o nombre de persono alguna.
6).- original del plano ubicado en lo avenido las flores de la
colonia el bajío de H. Cárdenas. Tabasco. propiedad de SARA DEL CARMEN
RU[Z JUÁREZ. expedida por el Ingeniero ROOSEVELTGARDUZA MÉNDEZ.
Promoviendo PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE
INFORMACiÓN DEDOMINIO para acreditar la posesión que dice tener sobre
e[ predio urbano ubicado en la avenida las flores de [a colonia el bojlo. del
municipio de H. Cárdenos. Tabasco. constante de una superficie de terreno
de 329.12 m2. localizados dentro de las siguientes medidos y colindancios: al
norte 25.00 metros, con SARA DEL CARMEN RUIZJUÁREZ,al sur en diagonal
28.30 metros con LORENZO PÉREZGÓMEZ, al este 5,00 metros con avenido
los flores y
01
oeste 19.70 metros con callejón de acceso.
SEGUNDO.Con fundamento en los articulas 877. 901. 902. 903, 906.
924, 936, 938. 939. 940, 941. 942, Y demás relativos del Código Civil vigente.
en relación con los numerales 16, 28 fracción VI[I. 710. 711. 755 Y demás
relativos del Código de Procedimientos Civiles en vigor. se admite la solicitud
en [o vía y forma propuesta: fórmese expediente. registrese en et libro de
gobierno con el número que le correspondo. dese aviso de su inicio a [a
Superioridad y lo intervención correspondiente al agente del ministerio
público adscrito.
TERCERO.Dése visto
01
agente del ministerio público adscrito a[
Juzgado, al Registrador Público del Instituto Registral del Estado, con sede en
este municipio de H. Cárdenos. Tabasco. al Subdirector del Cotostro
municipal. y o [os colindantes del predio denunciado. SARA DEL CARMEN
RUIZJUÁREZ,LORENZO PÉREZGÓMEZ; con la solicitud promovida por SARA
DEL CARMEN RUIZ JUÁREZ. para que dentro del término de cinco
días
hábiles. contados a partir del día siguiente en que sean notificados del
presente auto. manifiesten ante este Juzgado lo que a sus derechos
convengo. De igual formo.
hóqoseíes
saber que deberán señotor domicilio
en esto Ciudad. paro los efectos de oir y recibir toda close de citas y
notificaciones, porque en caso contrario. los subsecuentes nofíñcociones le
surtirán efectos por listo fijada en los tableros de este H. Juzgado. de
conformidad con el artículo 136 del Código de Procedimientos Civiles en
vigor.
CUARTO.Se requiere
01
promovente paro que en el término de
tres días hábiles siguientes al en que sea notificado del presente proveído,
proporcione los domicilios correctos
y
actuales de los colindantes SARA DEL
CARMEN RU[ZJUÁREZ
y
LORENZO PÉREZG6MEZ: con [o solicitud promovida
por SARA DEL CARMEN RUIZJUÁREZ: osi como exhiba los siete traslados o
copias de su solicitud promovida. debidamente requisitadas: paro los
efectos de que la fedatario judicial pueda darle el debido cumplimiento o
todo [o ordenado en el punto inmediato que antecede: haciéndole saber
que en coso de no dar cumplimiento o esto. será causante del retraso en el
presente expediente.
QUINTO,- Publíquese el presente proveído o manera de edictos
en el Periódico Oficial del Estado
y
en uno de los diarios de mayor
circulación estatal. por tres veces de tres en tres días consecutivos. en
términos del artículo 139, del Código de Procedimientos Civiles en vigor: y
fíjense avisos en los lugares públicos de costumbres más concurridos de esto
ciudad. como son: El mercado público. central camionero. Dirección de
Seguridad Público. Delegación de Tránsito. Agencias del Ministerio Público.
Receptarla de Rentos, Instituto Registral del Estado de Tabasco. con sede en
este municipio de Cárdenas. y H, Ayuntamiento Constitucional: así como en
el lugar donde se localizo el bien motivo de este procedimiento.
De igual formo. girense atento oficios o los Jueces Civiles y
Penales de Primera Instancia de este Distrito Judicial. paro que fijen los avisos
correspondientes en un lugar visible de sus Juzgados o su digno cargo.
Todo lo anterior, paro los efectos de hacerle saber al público
en general, que si alguna persona tiene algún interés en el presente
procedimiento judicial no contencioso de informacián de dominio
26
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
promovido por SARA DEL CARMEN RUIZ JUÁREZ deberá comparecer ante
este juzgado o hacerlo veler en un término de QUINCE DíAS HÁBILES;Y o
partir de lo último publicación que se realice, debiendo lo Actuario adscnta
.::::;-?Sf'2~1L'zgcdo de P'.::::z.hacer constancia sobre .os avisos fijados.
SEXTO. Gírese oficio e' Presidente Municipel de este
ca.dcc.
adjuntándole COpiO de lo solicitud ,nicial y sus anexos, paro que dentro del
plazo de diez días hábiles siguientes o lo fecho en que recibo el oficio
respectivo, informe o este Juzgado en términos del numeral ] 23 fracción 111
del Código de Procedimientos Civiles en vigor, si el predio ubicooo en lo
avenido las flores de la colonia el bajío, del municipio de H. Cárdenas,
Tabasco, constante de una superficie de terreno de 329.] 2 m2, localizadas
dentro de las siguientes medidas
y
colindancias: al norte 25.00 metros, con
SARA DEL CARMEN RUIZ JUÁREZ, 01 sur en diagonal 28.30 metros con
LORENZO PEREZGÓMEZ, 01 este 5,00 metros con avenida las flores
y
01oeste
19.70 metros con callejón de acceso; pertenece o no 01 fundo legal de ese
H Ayuntamiento Municipal.
SÉPTIMO. En cuanto a las pruebas ofrecidas por lo
promovente SARA DEL CARMEN RUIZ JUÁREZ, relativos o lo
testimonial de ANDREA FLORES FUERTE, MARíA ULLOA, AZAEL
GARCíA VICTORIA, LORENZO PEREZ GÓMEZ, SOCORRO GARCíA
SÁNCHEZ, osi como la inspección Judicial e" el predio objeto de
los presentes diligencias; aigasele que se acordará lo
co o du c e n te cuando seo el momento procesal oportuno.
OCTAVO,· Téngase a la promovente SARA DEL CARMEN RUIZ
JUÁREZ, por señalando como domicilio para oir y recibir Citas y
notificaciones, ubicada en la calle flores, esquina con periférico Carlos
Molino de lo colonia el Bajío de H. Cárdenas, Tabasco; nombrando como sus
abogados a los ücenciooos CARLOS' MARIO LÓPEZ PRIEGO, MARCO
ANTONIO LÓPEZ MONTEJO Y MIGUEL ÁNGEL GARcíA CRUZ, deSignando
como su abogado patrono 01 l.icer.ciooo GENER AURELlO ALDAMA
CÓRDOV A. en términos de los artículos 84 y 85, del Código de
Procedimientos Civiies en vigor, y autorizando paro que tome apuntes, lea y
oigo todo clase de cites y notiiicaciones, aún las de carácter personel.
NOTIFíQUESEPERSONALMENTE
y
CÚMPLASE,
Así LO PROVEYÓ, MANDA Y 'IRMA LA CIUDADANA LICENCIADA MARTHA
EUGENIAOROZCO JIMENEZ,JUcZA DE PAZ DE CÁRDENAS, TABASCO, ANTE LA
SECRETARIAJUDICIAL LICENCIADA LORENA ¡'lEnE DE LA CRUZ AQUINO, CON
QUIEN LEGALMENTEACTÚA. QL:: CERTIFICA
y
DA FE.
LO QUE ME PERMITO TRANSCRIBIRPARA SU PUBLICACiÓN POR
TRESVECESDE TRESEN TRESDíAS CONSECUTIVOS EN ELPERiÓDICO OfiCIAL
DEL ESTADO Y EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACiÓN ESTATAL,
PARA LOS EFECTOSY fiNES NECESARIOS, DADO EN EL JUZGADO DE PAZ DEL
SEXTODISTRITOJUDICIAL A LOS VEINTISIETEDíASDEL MES DE MAYO DE DOS
MIL CATORCE,
;.;
-:-
..• - -:-~,
.L1ct,l.TOR~~A I
"
~
.
,",
INFORMACiÓN DE DOMINIO
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TABASCO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
No. 2394
SE COMUNICA. AL PlJBLlCO EN GENERAL QUE EN EL
EXPEDIENTE NÚMERD
65412014,
SE INICIO EL PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE DILIGENCIAS DE INFORMACiÓN DE
DOMINIO PROMOVIDO POR JOSÉ MANUEL SUÁREZ DE LA CRUZ, JOSÉ
SUÁREZ DE LA CRUZ E ISIDRA SUÁREZ DE LA CRUZ, CON FECHA
DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL CATDRCE
y
VEINTISIETE DE JUNIO DE
DOS MIL CATORCE. SE DICTO UN PROVEiDO QUE COPIADO A LA LETRA
DICE
AUTO DE INICIO
INFORMACiÓN DE DOMINIO
JUZGADO DE PAZ DEL QUINTO DISTRITO JUDICIAL DE COMALCALCO,
TABASCO, A DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
Vistos; el escrito y anexos de cuenta, se acuerda:
1/0,
LEGITIMAC¡ÓN,
Se tiene por presentado a JOSÉ MANUEL SUÁREZ DE LA CRUZ,
JOSÉ SUÁREZ DE LA CRUZ e ISIDRA SUÁREZ DE LA CRUZ, con su escrrto
de cuenta
y
anexo consistente en: una Constancia de Dorniruo. expedida por la
Subdirección de Catastro Municipal de Comalcalco, Tabasco; certificado de
búsqueda de propiedad, expedido por el licenciada José Juan Alvarado
'/alenzuela. Registrador Público del Instituto Reqistrat del Estado de Tabasco:
copia de un plano; un Contrato de Compraventa de fecha siete de febrero de
dos mil siete; y tres traslados con los que promueve por su propio derecho, el
PROCEDiMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO, DILIGENCIAS DE
INFORMACICN DE DOMINIO. con la finalidad de acreditar la posesión y el
pleno dominio que tiene sS9f:é;-~DIO RUSTICO UBICADO EN LA
RANCHERIA OCCIDENTE,' , ON, COMALCALCO, TABASCO,
CON SUPERFICIE DE
00-1;íí- .
1;AS, LOCALIZADO DENTRO DE
LAS SIGUIENTES MEC( .• ÓÍl-NCIAS: AL NORTE: 500,00
METROS, CON JUANA ~~ "
t~04.80
METROS CON ALFREDO
SUÁREZ RODRíGUEZ.
';\t:f#Sl'«~~~#
METROS CON TRINIDAD
CASTELLANOS Y AL OEsr~;.i?;~~OS CON CAMINO VECINAL
2/0
PRre~S LEGALES,
De conformidad con los .rrtlcutos 877 890, 901, 936, 942, 969, 1318,
1319, 1330. 1331 Y demás relativos del Código Civil en Vigor, 1.2,24 fracción
11,710.711,712,713 Y demás
t
elativos del Código de Procedimientos Civiles
en vigor, se le da entrada a la s.olicltud en la via y forma propuesta, fórmese
expediente, registrese en el libro de gobierno bajo el número que le
corresponde, dése aviso de su irucio a la H. Superioridad,
3/0,
VISTA A LAS PARTES.
Como lo establece el articulo 1318 del Código Civil en vigor, se ordena
dar vista al Ciudadano Agente d,~1Ministerio Público Adscrito y al Registrador
público del Instituto Registral del Estado de Tabasco, con residencia en esta
Ciudad de comalcalco, tabasco, "si como a tos colindantes JUANA MÉNDEZ,
TRINIDAD CASTELLANOS Y ALFREDO SUÁREZ RODRíGUEZ. con
domicilios en la Rancheria OCCidente cuarta sección, de este municipio de
Cornalcalco
Te,
.sco. quienes (Ieberan ser notificados de la radicación del
presente juicio concediéndose!es un término de TRES DíAS HÁBILES,
contados a partir del dia siguiente de su notificación, para que manifiesten lo
que a sus derechos convenga. asi como para que señalen domicilio en esta
ciudad advertidos que de no hacerlo. las subsecuentes notificaciones, aún las
de carácter personal. le
surtirán
sus efectos por medio de listas, que se fijan en
-,;1tablero de avisos de este H. Juzgado.
4/ü,
PUBLICACIONES.
Publiques e el presente acuerdo a manera de
EDICTOS
en el Periódico
Oficial del Estado y otro de mayer circulación en este Estado de Tabasco, por
tres veces de tres en tres
días.
asi como fijense los avisos en el lugar de
costumbre
y
en el de la ubicación del predio, haciéndole saber al publico en
general que si alguna persona tiene interés en el Juicio deberá comparecer ante
este juzgado a hacerlo valer en un término de
QUINCE DIAS
contados a partir
de la última publicación que se exhiba, debiendo el actuario adscrito hacer
constancia sobre los avisos fijados, hecho que sea lo anterior se señalará fecha
para la testimonial.
12 DEJULfO DE 2014 PERIODICOOFICIA L 27
6/0.
DOMICILIO PROCESAL.
Se tiene al promovente señalando como comicrlio para los efectos de oir
. ';blr citas
y
notificaciones, el ubicado en el Boulevard Leandro Rovirosa
'/,'acJenúmero
196,
interior 5, de la colonia Sar Francisco, es esta ciudad de
C.xnalcalco, Tabasco, autorizando para tale, ~kctos
J
los licenciados J,AVIER
BARRERA HERNÁNDEZ
Y
LLJNI TORRES CASTELLANOS, nombrando
como su abogado patrono al primero de los
prot-ssíorustas
Citados, designación
que se le tiene por hecha en término de los artículos
84
y
85
del Código de
Procedimientos
Civile-s
en Vigor. . .
7/0.
PLAZO PROCESAL.
Se le comunica a las partes en el presente juicio, que en este Juzgado de
Paz, queda personal de guardia. en los horarios inhábiles. para recibir las
promociones que tengan término. por lo cual se publicarán en los tablero de
aviso de las instalaciones de esté Tribunal los días
y
dirección del servidor
Judicial ,~ueesté de guardia.
NOTIFiQUESE PERSONALMENTE
y
CÚMPLASE.
LO PROVEYÓ MANDA Y FIRMA LA CIUDADANA LICENCIADA
L1L1ANA MARíA LÓPEZ SOSA. JUEZA DE PAZ DEL QUINTO DISTRITO
JUDICIAL. ASISTIDO DEL SECRETARIO JUDICIAL LICENCIADO
ADALBERTO FUENTES ALBERTO. CON QUIEN ACTUA, CERTIFICA
y
DA
FE.
CUENTA SECRETARIAL. En veintisiete de junio de dos mil catorce, el
Secretario Judicial da cuenta al Juez con el escrito signado por el licenciado
JAVIER BARRERA HERNÁNDEZ, recibido en este juzgado. Conste.
JUZGADO DE PAZ DEL QUINTO DISTRITO JUDICIAL. COMALCALCO.
TA8ASCO. MÉXICO. A VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE.
VISTOS. El escrito de cuenta, se acuerda:
PRIMERO. Se tiene por recibido el escrito reseñado en la cuenta
S-ecretarial,presentado por el Abogado Patrono. licenciado JAVIER BARRERA
HERNÁNDEZ, con el cual manifiesta que por un error en su escrito de fecha
doce de junio del dos mil catorce, se asentó corno domicilio del bien inmueble
que se pretende usucapir, la ranchería Occidente cuarta sección de
Comalcalco. Tabasco, cuando lo correcto es RANCHERíA ORIENTE CUARTA
SECCiÓN. PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE COMALCALCO. TABASCO,
por lo que solicita se adecue debidamente el domicilio del inmueble materia de
este JUicio,
Atento a lo anterior. digase al abogado patrono, que se tiene por hecha
la
adecuación
del domicilio del inmueble materia de este procedimiento de
información.
para señalarse entonces que JOSÉ MANUEL SUÁREZ DE LA
CRUZ. JOSÉ SUÁREZ DE LA CRUZ e ISIDRA SUÁREZ DE LA CRUZ.
promueven por su propio derecho, el PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO
CONTENCIOSO. DILIGENCIAS DE INFORMACiÓN DE DOMINIO, con la
finalidad de acreditar la posesión
y
el pleno dominio que tiene sobre el PREDIO
RUSTICO UBICADO EN LA RANCHERíA ORIENTE CUARTA SECCiÓN, DE
COMALCALCO, TABASCO; con superticre de 00-74-~9 44 nectar
eas
localizado dentro de las siguientes medidas
y
colindancias: al Norte: 50000
metros, con JUANA MÉNDEZ. al Sur 504,80 metros con ALFREDO SUÁREZ
RODRíGUEZ, al Este: 25.60 metros con TRINIDAD CASTELLANOS
Y
al Oeste
26.90 metros con Camino Vecinal.
SEGUNDO. Atento a lo antenor, se cumplimiento a los puntos
tercero
y
cuarto del auto de diecisiete de junio de dos mil catorce (notificaciones
y
publicaciones). con inserción de éste auto, por la aclaración que se hace del
domicilio del inmueble materia de la información.
TERCERO. Túrnense los autos a la actuaria judicial para su
notificación.
NOTlFíQUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE.
Así LO ACORDO. MANDA
y
FIRMA EL LICENCIADO JESÚS VÁZQUEZ
TORRES. JUEZ DE PAZ DEL QUINTO DISTRITO JUDICIAL. POR Y ANTE EL
SECRETARIO JUDICIAL DE ACUERDOS LICENCIADO ADALBERTO
FUENTES ALBERTO; CON QUIEN LEGALMENTE ACTUA. CERTIFICA
y
DA
FE.
POR MANDATO JUDICIAL Y PARA SU PUBLICACiÓN POR TRÉS
VECES CONSECUTIVAS. DE TRES EN TRES DIAS. EN EL PERIODICO
OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y EN CUALQUIERA DE LOS
DIARIOS DE MAYOR CIRCULACiÓN QUE SE EDITAN. EN LA CIUDAD DE
COMALCALCO TABASCO. A LOS VEINTITRÉS DíAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL CATORC"'.
28 PERIODICO OFICIAL 12 DE JUtlOOE.2014
No.- 2379
JUICIO ORDINARIO CIVIL DE NULIDAD DE ESCRITURA
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL, DE CENTRO, VILLAHERMOSA TABASCO.
C. VíCTOR PIEDRA AGUIRRE
En el expediente 150/2013, relativo al JUICIO ORDINARIO CML DE
NUUDAD DE ESCRITURA, promovido por UU CELORIO RICARDEZ, MARÍA
ISABEL CELORIO RlCARDEZ y PATRICIA CELORIO RICARDEZ, por sus
propios derechos, en contra de VÍCTOR PIEDRA AGUIRRE, JAIME
ALFONSO DOMÍNGUEZ CUPIDO, CARMEN LETICIA DOMÍNGUEZ CUPIDO,
la licenciada LmCIA DEL CARMEN GunÉRREZ RUIZ, notaria publica
número 26, de esta Ciudad, licenciado RAMÓN HIPÓLITO HERNÁNDEZ
AGUAYO, Notario Público número 19, de esta dudad, INSTITUTO
REGISTRAL DEL ESTADO DE TABASCO, antes Registro Público de la
Propiedad y del Comercio de esta ciudad, y SUBDIRECCIÓN DE CATASTRO
DEL MUNICIPIO DE CENTRO, TABASCO, con fecha tres de abril y treinta de
agosto del año dos mil trece, y veintiuno de mayo de dos mil catorce, se
dicto un auto de inicio y dos acuerdo que copiados a la letra se leen:
••••.Auro DE FECHA
21
DE MAYO DE 2014 .••
#
•.•JUZGADO CUARTO DE LO OVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CENTRO VILLAHERMOSA, TABASCO; VEINTIUNO DE MA YO DE DOS
MIL CATORCE
VISTO. El contenido de la cuenta secretarial que antecede, se acuerda
ÚNICO. Presente el licenciado PEDRO GARdA FALCÓN, respecto a la declaración en
rebeldía que solicita en los escritos que se proveen, dígase que no ha lugar acordar
favorable, en razón que la diligencia de emplazamiento, se reaiizó en contravención
con lo dispuesto por el erttcuto
139
dei Código de Procedimientos Civiles en vigo~
dado que la parte ectors, omitió hacer las publicaciones en el Periódico Oficial del
Estado. En este sentido se ordena dejar insubsistente los edictos publicados en el
Diario Novedades de Tabasco, realizadas los días, ates. trece y dieciocho de febrero
del año que transcurre; ordenándose nuevamente su publicación en términos de lo
decretado en ios autos de tres de abrii y treinta de agosto del año dos mil trece.
NOTlFÍQUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE
Así lo proveyó, manda y firma la licenciada MARÍA DEL CARMEN VALENCIA
PÉREZ,Jueza Cuarto Civil de Primera Instancia dei Primer Distrito Judicial de Centro,
Tabasco, México. ante la secretaria judicial licenciada MARÍA ISABEL HERNÁNDEZ
5ANCHEZ, con quien legalmente actúa, que certifica y da fe
Des firmas iteatotes, rubrica ...
H
..AUTO DE FECHA TREINTA DE AGDSTO DE 2013 ...
H
"...JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL PRIMER DISTRITO
JUDICIAL DE CENTRO, TABASCO. MÉXICO TREINTA DE AGOSTO DE DOS MIL
TRECE
VISTO: Lo de cuenta, se provee:
1/0.
De ia revision efectuada a los autos, se advierte que ha fenecido el plazo
concedido a ia co-demandada Instituto Registral del Estado de Tabasco, antes
Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, para que a través
de su legitimo representante, contestara la demanda instaurada en su contra, tal y
como se advierte del cómputo secretsriet que obran a fOja
104
vuelta de autos.
Ery consecuencia. se le tiene por perdido el derecho que tuvo para hacerlo de
conformidad con el articulo
118, 228
Y
229
del Código de Procedimientos Civiles en
vicor en el Estado, por
/0
que se le declara en rebeldía al mismo, y se le hace
saber que las subsecuentes notiticsciones aun las de carácter personal les surtirsr:
sus efectos por listas lijadas en los tabieros de avisos del Juzgado, a excepción de
/a sentenae detlrntivs.
2/0.
Por presentada la Ciudadana CARMEN LETl04 DOMÍNGUEZ CUPIDO, ce-
aemandada en el presente asunto, con su escrito de cuenta sin anexos, mediante
el cual Viene dentro del término legal concedido, a dar contestación a la
cemsnasae mstaurada en su contre. tal y como se puede advertIr del cómputo
secretsris! qce antecede a este proveído, ei cual se reserva de proveer hasta en
tsrro sea -:mp/az3co
al ca-demandado VíctDr Píedra Aguirre.
Señaia /a ccurssnte como acmiciüo para oír y recibir toda clase de citas v
nouticsc.ones el despacho Jur!d¡co ubicado en: Ca/le Sindicato de /1adna número
209, de ia Colonia Aaoiro t.opez Mateas de estz Ciudad.
.3;'0. Por presentado
2/
Iicenciaco José rternsnaez de la Cruz.. Abogado
pstrono efe /a parte oct.iro, con su escrito de cuente, con el cual viene a hecer una
serie de menuestsciones, con respecto al aornialio de! co-demsndedo Ciudadano
Victor Piedra Aguirre.
Como lo solicita el promovente y en virtud que ya obra en autos constancias
ectusrtstes, en las que se advierte le fue imposible a la Fedataria Judicial Adscrita
al juzgado, llevar a cabo la notificación y emplazamiento del demandado Víctor
Piedra Aguirre, en los domicilios oroporeionados por las diversas instituciones.
As/ las cosas, de conformidad con el numeral
139
fracción JI, del Código de
Procedimientos Civiles en vigor en el Estado, notifíquese al ciudadano Vídor Piedra
Aguirre, por medio de edictos. que se expidan y publiquen por TRES VECq DE
TRES EN mES DlAS, en el Periódico Oficial del Estado, así como en uno de los
Diarios de Mayor Circulación que se editan en esta ciudad, en los términos del auto
de
suck:
de fecha tres de abril del año en curso.
Se Hace de! conocirnierito del ciudadano VÍCTOR PIEDRA AGUIRRE, que
deberá presentarse ante este Juzgado a recoger las copias del traslado dentro del
termmo de CUARENTA DlAS, contados a partir de la última publicación de los
edictos, asimismo se les hace ssoer que se le concede un término de NUEVE DIAS
HABILE5, para contestar la den'anda, empezando a correr dicho término, al d/a
sigUiente de vencido el término para recoger los traslados.
De igual manera. se requiere al promovente, que deberá apersonarse a esta
secretaria. para los efectos de que realice los tramites necesarios para la obtención
y publicación de los edictos correspondientes.
NOTlFÍQUESE PERSONALMENTE yCÚMPLASE.
ASÍ LO PROVEYÓ, MANDA v RRMA EL aUDADANO UCENCIADO MARIA DEL
CARMEN VALENCIA PÉREZ, JUEZ CUARTO CNIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL
PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE CENTRO, TABASCO, MÉXICO, ANTE EL
SECRETARIO JUDICIAL UCENCIADO JORGE TORRES FRlA5, CON QUIEN
LEGALMENTEAmA, QUE CERT/RCA Y DA FE.•.
#
Dos firmas ilegibles, rubrica.
•.•.AUTO DE INICIO DE FECHA 03 DEABRJL DE 2013 ..•
#
••..JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL
DE CENTRO, VILLAHERMOSA, ~1B4SCO; TRES DE ABRIL DE DOS MIL mECE
VISTOS. La razón secretarial, se provee:
PRIMERD.- Con el escrito de cuenta se tiene a PATRICIA CELORIO
RlCARDEZ, manifestando bajo protesta de decir verdad dentro del térmmo
concedido por auto de fecha veintiséis de febrero de dos mil trece, que atendiendo
a la prevención que esta autoridad les realizó, solicitó mediante oficio al Juzgado
Primero Familiar de Centro las copies ce:tificadas del expediente 126/2002, relativo
al Juicio de Divorcio Necesario, to obstar, 'e dice, las mismas les fueron negadas al
no ser partes en aquel procedimiento.
Asimismo agrega, suplica se tome en consideración que demandan la
nulidad de la escritura de adjudicación lo que aconteció a partir de la ejecución de
sentencia y dichos autos añade, ..te encuentran transcritos en la referida escritura .
Razón por la que conctuye. las copias requeridas resultan innecesarias por
no estarse combatiendo el juicio en su totalidad.
MamfestaClones que se le tienen por hechas para todos los efectos legales
que correspondan, y dado el aruumento que expone, aunado que justifica haber
sotiatsdo las documentales que esta autoridad les requirió, se le tiene por
c:esahogada la prevención en esos términos, en el entendido de que no le serán
admitidos con posterioridad mas 1ocumentos salvo que se actualice algunos de los
supuestos previstos en el articulo 206 del Código de Procedimientos Civiles para el
Estado.
SEGUNDO. En razón de le expuesto, con el escrito que se provee y el de
demanda y anexos recibido en este juzgado en fecha veintiuno de febrero del
presente año.

tiene a UU CELORlO RICARDEZ, MARIA ISABEL CELORlO

RJCARDEZ Y IJTRICIA CELozro RlCARDEZ, por sus propios derechos,
promoviendo JUlGO ORDiNARIO OVIL DE NUUDAD DE ESCRITURA, en contra de
VÍCTOR PIEDRA AGUIRRE, con domicilio en la calle L¡(JO Merino número 405, de la
Colonia Centro; JAIME ALHJNSO DOMÍNGUEZ CUPIDO, con aomiatio en la calle
Escorpión número
113,
del Fnccionamiento Loma Linda; C4RMEN LET7CIA
DOMÍNGUEZ CUPIDO, con
aomicmo
en la calle Lino Merino número
405,
de la
Colonia Centro; licenciada LETlCI1 DEL CARMEN GUTIÉRREZ RUl:?, Notarla Pública
número 26, de esta Ciudad, con domiCilio en ia calle Ayuntamiento sin número,
casi esquina con la Avenida Peseo L/sumacinta (frente al la CTM); licenciado
RAMÓN flIPÓUTO HEPNÁNDEZ AGUA YO, Notario Público número
19
de esta
ciudsc; con
aomicmo
en Poseo
.te
los Leones 103-1,
colonia
Reforma;
Instituto
Registra/ del Es(aco de T3b3.':-~1..-0,antes Registro Público de /a Propieded y del
Comercio de esta ciudad, por ccuiucto de quien legalmente lo represente, con
domicilio en la Avenida Adolfo Relz Coranes (en el nuevo edificio de FinanZdS del
Estado); y Subdirección de Cat3stro del
muructoto
de Centro, Tsbesco, con
aomcuio en /0 Protonascion de Pesea
Tabasco
1401,
Tabasco
2000, en /a:.>~oficinas
del H. Avuntemtento
tie
Centro,
:,r-::JDoSCO,
a quienes 'es reclaman las orestectones
12 DE JULIO DE 2014 PERIODICO OFICIAL
29
sonotsass en su esenio de demanda, mismos que por economte procesal se tienen
por reproducidos en este apártado como si a la tetrs se insertaren:
TERCERO. Con fundamento en los
ert/culos
1881, 1882, 1885, 1895,
Y
"" relativos y demás aplicables del Código Ovil en Vigor en el Estado y los
arrice/es
t,
10, 11, 69, 203, 204, 20S, 206, 212, Y demás relativos y aplicables del
:.XiJC9sa/ en
vigor
en
el
E~u30'o;
as/
C0770
los
art,c:...,'/'C5
1,
2
1
9/
10 Y 13
de ~9Y ce Cstsstro del Est300 ce Tebesco, se
0,1
eritreds a
iJ
:",_-_~c..",,.;d3
en /a y/a
y(erina prcpuestz, en consccuenae, fórmese exp-ediente, rectstrese en el t.ibro de
Gobierno que se lleva en este Juzgado bajo el número que le corresponda y dése
eviso de su inicio a la H. Superioridad
CUARTO. Conforme a lo dispuesto por los numerales
213, 214
Y
215
del
Coaioo de Procedimientos Civiles en Vigor en el Estado, con ias copias simples de
la demanda y anexos que la acompaña, debidamente seliados y rubricados,
ootitiouese, córrasele traslado y emplácese a
juicio
a los demandados ,en el
oomio'io
señalado por el ector, hadéndoies de su conocimiento que deberan dar
co. r.cn a la demanda instaurada en su contra, dentro del término de NUEVE
D1A~, ,k3tf¡les computables, contados a partir del dia siguiente al que legaimente
sean notificados, por lo que al dar contestscion a la misma deberán hacerlo
reñnendose a las peticiones y a cada uno de los i'echos aduddos por la adora en
/a demanda, confesándolos o negándolos y expresando los oueicnoren por no ser
precios, por lo que si aduce hechos incompatibles con los reteridos por el actor se
tendrá como negativa de estos úidmos, Etsi/endo y las evesives haran que se
tengan por admiddos los hechos sobre los que no se suscitá controversia,
Asimismo, requiéraseles con fundamento en el articulo
136
de la Ley adjetiva Civil,
para que señalen domicilio para o/r y recibir citas y notiticsaones en esta Ciudad,
eperabidos que de no hacerlo, las subsecuentes aún las que conforme a la regla
deban hacerse personalmente, se les harán por medio de listas que se fijen en los
tsbteros de avisos del Juzgado, en términos de Ics articulas
131
fracción 11 y 135
del citado cuerpo de leyes,
QUINTO. En cuanto a las pruebas que ottecen los promoventes, estas se
tienen enunciadas y se reservan para ser proveidas en el momento procesal
oportuno, ,
SEXTO. Los promovente señalan como domicilio para efectos de otr y reobir
citas, nodficadones y documentos en la calle José Moreno Irabien 417 Altos, de la
Colonia Primero de Mavo de esta ciudad autorizando para tales erectos a las
personas que menciona en su escrito de demanda; autorizscton que se tiene por
hecha, con fundamento en el articulo
138
del Código de Procedimientos Civiles en
vigor en el Estsdo.
SÉPTl!'1o. Los promoventes designan como representente común a
;J~lKIClA CELORlO PJORDEZ des:gnación que se tiene hecha de contorrnidea
con tos
erticutos
74
y
75
de! Código Procesa;' e/vI! en vigor.
Notifíquese cersonsimente ycúmpisse.
As! lo proveyó, manda y firma la licenciada ANGÉUCA SEVERlANO
HERlVÁNDEZ Jueza Cuarto Civil de Primera Instancia del Distrito JudiCial de
Centro, Tabasco, ante la Secretaria Judicial licenciada BEATRIZ DIAZ IBARRA, con
quien legalmente actúa, certifica y da fe." ~
Des firmas ilegibles, rubrica,
y PARA SU PUBUCACIÓN EN EL PERlÓDlCO OFICIAL DEL ESTADO,
Así COMO EN UNO DE LOS DIARlOS DE MAYOR CIRCULACIÓN QUE SE
EDITEN EN ESTA CIUDAD,
POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DÍAS,
EXPIDO EL PRESENTE
EDICTO
A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE
JUNIO DE DOS MIL CATORCE, EN LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA,
CAPITAL DEL ESTADO DE TABASCO.
{LiCDA. MARÍA I
30
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
NO.-2177 INFORMACiÓN DE DOMINIO
ss CCÍ'lU¡'C:..l. Al.
?ÚBUCC
DI
SE1'lIEJUL
QUE EN EL
;:X?~DI!ENT-=
J'HJM!ERG 563/2014, REUTIVO
AL ?ROC::DI":-Ucl'lTO JUDICIAL
NO
CC¡'FEJ'lCl0S0 i>!E Dll.1G1:1II0..l.S DIE
INFORMACIÓN
Ci: DOMuno
?x:+)'JU>G ?0R S1..0RJA CASTIl.l.O
FIJE/i¡ES,
CON FfCHA CATORC:: DiE
Ail,:;::l. Dca. PRES':j\qTE AÑO, SE
DiCTO
UN ?ROV!E!ff::-o QUE COPIADO A U
LE7R.":"
DJCE: -
AU7"O DE iNICíO
INFORMACiÓN DE DOMINIO
JUZG.~CO
DE
P"-Z DEL QUINTO DIST~ITO JUDICIAL DE COMALCALCO,
T:'3">SOO.' CATORCé DE A8RIL DEL A;\¡O DOS MIL CATORCe.
vis tos: el escnto
y
anexos de cuenta, se acuerda:
1/0. LEGITIMACIÓN.
Se tiene por presentado al ciudadano GLORIA CASTILLO FUENTES, con
su escrito de cuenta
y
anexo consistente en un recibo de pago del impuesto
predial
expedido
por la Dirección de Finanzas del Municipio de Cornalcalco
T3Dasco, un certificado de no inscripción, expedido por
el
licenciado José Juan
,;Ivarado \l3lenzuEla, Registrador Público del Instituto Registral del Estado de
Tabasco un una Constancia de Dominio, expedida por la Subdirección de
Catastro Municipal a nombre de GLORIA CASTILLO fUENTES, copia sirnpie
del
oficio "umero SG/IRET/603/2013, expedidc por el licenciado José J,."';'
"Ivaradc Valenzuela. Registrador Público del Instituto Reglstral del Estadc
Taoasco. original de un contrato privado de compraventa de fecha cinco de junic
de mil no-.ecientos noventa
y
dos
y
cinco traslados con los que promueve por su
orcprc derecho. el ?ROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTéNClOSO,
GILlGEHC1AS CE INFORMACION DE DOMINIQ. con la finalidad de acreditar la
posesIon
y
el pleno dcrniruo que tieoésobre el PREDIO RUSTiCO UBICADO EN
LA RANC:-JERíA OCCIDENTE PRIMERA SECCION, COMALCALCO,
nSASCC. OCN SliPERflCIE DE 00-29-87-80 :-lAS, CON LAS SIGliIEi~T:::S
MEr:·ID':'3
y
COLlNDANCJAS: AL NORTE: 74.00 METROS CON LA SEÑORA
CA," ;:UENTES; AL SUR 67,5u METROS, CON CAMINO DE ACCESO,
AL ESE 41.00 METROS CON'ÁNGELA FUENTES VIUDA DE ALBERTO Y
."-L'JESE 43.00 ¡"¡ETROS CCNROGER DELOS SANTOS OCHOA.
210PREC8'TOS LEGALES.
e'Ecoorcrrnidad con los articulos'377, 390, 901. 936. 942, 969.1319.1330.
~331
Y
demas relativos del C6digo Civil en Vigor, 1, 2. 24 fracci6n 11.710, 711.
712.713 Ydemás relativos del Código de Procedimientos Civiles en vigor. se le da
entrada
3
la solicitud en la via
y
forma propuesta. fórmese expediente. regístrese
en el libre de -;;obiernobajo 21número que le corresponde. dése aviso de su inicro
·3la H. SuperIoridad 3/0. VISTA A LAS PARTES.
Cerno lo
esractece
"31artícule 1318 del Código
CIvil
en vigor. se ordena dar
vista al Ciudadano Agente del i\rlinisterio Público Adscrito
y
al Registrador público
jel Iostuuto Regisiral del Estado de Tabasco. con re sidencia en esta ciudad de
:,xnalcalcv. Tar.asco asi cerno a CARMELA ;:UENTES, ANGELA FUENTES
',lUDA DE ALBERTO Y RCGER DE LOS ",ANTOS OCHOA, el primero de los
rnencionados colindente s con domicilio en la Ranchería Occidente Primera
Secclon. de
este
rnurucrprode Coma/calco. Tabasco: el segundo colindante en el
domic:lío ubicado en la Ranchería Occidente Primera Sección, de este rnunicipio
de Camalealca. Tabasco;
y
al Tercero de los colindantes calle constitución oriente
numere,
109
de la coiorua Vicente Guerrero. de este municipio de Cornalcalco.
Taoascc.
qUleí"12S
deberan ser notuicacos de la
radrcación
del presente
JUicio.
wncediéndcseles
Uf)
término de TRES DIAS HÁBILES. contados a partir del dia
s.quienre de su
notiíicación.
para que
manifiesten
lo que a su derecho convenga.
asi come-;;ara que señalen domicilio en esta ciudad advertidos que de no hacerle.
,as subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal. le
surtiran
sus
erectos por medio de listas. que se fijan en el tablero de avisos' de este H
Juzgado
4/0.
PUBllCACIONES.
Publiquese el presente acuerdo a manera de
EDICTOS
en El Peri6dico
Oficial del Estado
y
otro de maycr
circulación
en este Estado de Tabasco, por tres
'J5eeS
de tres en tres días, así corno fijense los avisos en
er
Jugarde costumbre y
en el de la ubicación del predio haciéndole saber al publico en general que
SI
alguna persona tiene interés en -=1juicto deberá comparecer ante este juzgado a
hacerlo valer en un termino de
QUINCE DIAS
contados a partir de la última
publicación que se exhiba. debiendo el actuario adscrito hacer constancia sobre
los avisos fijados, hecho que sea Joanterior se señalará fecha para la tesurnornat.
5/0.
DOMICILIO PROCES.A.L. .
Se tiene
3
léJprcmovente señalando cerno domicilio para los efectos de oír
y
recibir
CI(3"
notificaciones en la calle
constitución
oriente numero 109 de la
celan;'; .,.>,'';é' Guerrero, Colorua Centro del Municipio de Cornatcaíco, Tabasco.
autorizando para tales efectos a·1licenciado LUIS ENRIQUE GUZ MAi'l NIETO
Y
a la Estudiante de derecho MIRNA MARG."RIT A LEON PEREZ, ncmbrando
. el,,·.; 3U
abogado patrono al prunero dé' Joscitados, designaci6n que se le tiene
por hecila en término de los articules 34
y
85 del Código de Procedimientos Civiles
sn \/igCí
••.•OTIFíQUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE.
LO PROVEYÓ MANDA Y FIRMA LA CIUDADANA LICENCIADA L1LJANA
MARiA LÓPEZ SOSA, JUEZA DE PAZ DEL QUINTO DISTRITO JUDICIAL,
-'.SISTIDO DEL SECRET.A.RIO JUDiCIAL LICENCIADO ADALBERTO FUENTES
)LBERTO, CON QUIEN .!l.CTUA, CERTIFICA
y
DA FE.
POR MANDATOJIJCICIAl.
'f
P.~JU
SU
PIJiBUCAClÓN
POR TRES '!l:CES
COil4SECUTlVAS, DE TRES EN TRES PlAS, EN El P'ERIOD!CO OFICIAL
Pl:l GOBIERNO DEL :ESTADO Y ~1'l CUAl.QUIERA DE LOS DIARIOS DE
H,~YOR
CJRCUUOÓM
QUE Sé EDJTAJIlEN
El
ESTAOO. EN
U CIVDAD
DE
CCNAlCAI.CO
T.~B,.\SCO.
A
tes
CATORCJ: OlAS DH MES DE MAYO DEL
AMO
:::05 /-lIt C..nORCJ:.
AT.~NTAMENTE
ScCR.·ET.~R]lQ JUDICIAL ADSCRITO
Al
JUZGA1X' DE PAZ
DE"-
QUlllTO DISTRITO JUD1CIAI.;;-f2
COMA"-C.~lC(;. TABA
12 DE JULIO DE 2014 PERIODICO OFICIAL 31
No. Pub.
IN DICE TEMATICO
Contenido
No.- 2398
No.- 2399
No.- 2400
No.- 2391
No- 2406
No.- 2405
No.- 2402
No.- 2401
No- 2407
No.- 2408
No.- 2381
No.- 2377
No.- 2380
No- 2378
No.- 2393
No- 2395
No.- 2394
No- 2379
No- 2177
RESOLUCiÓN DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EXP. CMC/PAD/015/2013 .
RESOLUCIÓN DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EXP. CMC/PAD/016/2013 .
RESOLUCIÓN DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EXP. CMC/PAD/014/2013 .
REGLAMENTO DE PROTECCiÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL
MPIO. DE CENTLA, TABASCO .
AVISO NOTARIAL C ABRAHAI\¡I FRANCO GAlVAN... .
AVISO NOTARIAL C. RAMONA PÉREZ HERNÁNDEZ.. .
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO EXP 210/2010.... . .
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO EXP. 622/2011 ..
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 517/2014
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 512/2014
JUICIO EN LA VíA EJECUTIVA MERCANTIL Y EN EJERCICIO DE LA ACCiÓN CAMBIARlA
DIRECTA EXP. 27/2009.... . .
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP 131/2014
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 288/2014 . .... .. ..
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 00286/2014 ..
INFORMACiÓN AD-PERPETUAM REI MEMORIAM EXP. 743/2014 ..
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 635/2014 .
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 654/2014
JUICIO ORD. CIVIL DE NULIDAD DE ESCRITURA EXP 150/2013
INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 563/2014
INDICE.
ESCUDO.
1
3
4
6
13
14
15
16
18
19
20
21
22
23
24
25
26
28
30
31
32
32
PERIODICO OFICIAL
12 DE JULIO DE 2014
Gobierno del
Estado de Tabasco Tabasco
cambia
contiqo
"2014) CONMEMORACIÓN DEL 150 Al\'IVERSARIO DE LA
GESTAHEROICA DEL
27
DE FEBRERO DE 1864"
ElPeriódico Oficial circula los miércoles
y
sábados.
Impreso en la Dirección de Talleres Gráficos de la Secretaría de
Administración, bajo la Coordinación de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos
y
de Acceso a la Información de la Secretaría de
Gobierno.
Las leyes, decretos
y
demás
dlsposlciones
superiores son
obligatorias por el hecho de ser publicadas en este periódico.
Para cualquier aclaración acerca de los documentos publicados en
el mismo, favor de dirigirse al inmueble ubicado en la calle Nicolás
Bravo Esq. José N. Rovirosa
#
359, 1
0
piso zona Centro o a los
teléfonos 131-37-32,312-72-78deVillahermosa, Tabasco.
Epoca 6a. Villahermosa, Tabasco
Gobierno del
E~tado de Tabasco
PERI DI
OFICIAL
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TABASCO.
PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO
Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha
17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816
Nú.- 2396
ACUERDO
por
el que se emiten las Reglas de Operación del 'PROGRAMA DE VIVIENDA PARA LA
POBLACiÓN VULNERABLE DEL ESTADO DE TABASCO" 2013·2018
Ejercicio Fiscal 2014.
CARLOS AHTURO CALZADA PELÁEZ, Director del Instituto da Vivienda de Tabasco,
COI)
fundamento en
~II\I?:nd:I~:l_~~~~~~~~~·:?~I~f~
~~~~~~,1:~1~~3~,
't~j~I~~~~~;I~~
~I~~~fs~l~~~
it:¡t:
~Vla
ul Ir!~lillJlu Ut:
ACUERDO
CONSIDERANDO
[J1j
acuerdo con la
ley
de Vjvienda para el Estado de Tabasco, qoc en su articulo 4 cita que ollNVITAB será
p.ornotor de! dtl~arroHo
integral
de
la
sociedad
mediante
pr~ramas de
vivienda, estebtectonoo los
mecarusmos
J..>ára
qU6
res mujeres
y
los trornores en ~gLJa!dadde oportunidades
y
conorcones
accedan a ,estos. que al arttcoro
s. ce la cteua 12'1,marca en el numeral XII e! prmcrpro
'i
línea
Qt:lne¡al de
"Promover una distribución
'i
atención
equitativa de ras acciones de vivienda en todo el I&rntúrio estatal, c.msloeranco las ntoUjsiJadt:l::;
'i
condiciones
locales
y
repiooares. es! como los rnsuntos tipos y modalidades del j.roceso naouecooar: y
do:::
acuerdo temtnén
con la Ley de vrvrenda
811t>1
ámbito
federal,
la
ley
Genera¡
del Equcrtx¡o Ecolóqico
y
la
Protección
al
Amuiúnt",
la Ley de Orcrenamteoro Sustentable oerj enttc-to ce! Estaco de Tubasco. la
ley
da
protección
A.rd¡iuntiJt
del
Estado. de Tabasco, la Ley de üesauouo Social ddl Estado de Tabasco y el Código CNll para el Estado ue
Tabasco, as! como los demás oroenerníentos legales retecronecíos er. materia de vivienda y,
üontoune al Plan Estatal de Desarrollo 2013·2018,
perttcutermente al eje
6
y a I~s lineas
de
ac?0n6.1
<11 Y
61.4.2,
Out> incncen
re spectivamente
establecer conventos
de colabor aoón con msutucronas puoncas de
los
otros órdenes de goblemo. así como con oruenrzacooes pavadas
y
de
la
s0Cl6~ad
ciVIl.
para construir y mejorar
la vivienda.
'i
promover la construcción de
v'vienoa
<.tlternatlva class="_ _6"> ace-de 8.1 medio ambiente y el asecur anuenro
subsidiado del patrimonio para la libgundad de ros grupos vuln';l(al;¡6~, en situación de nósQO.
Que el INVITAB busca contribuir a que los hogares suburbanos y rurales en el Estado de Tabasco. en
suuacón oe pobreza. vulnerables, de e5CélSOS recursos ycon
ca-ende
por canead y eSp¡KIOS da la vrvreooa
mejoren su
caüdeo de vida a través del "pnOGRAMA DE. VIVIENDA PARA LA POBLACI6N VULNERABLE
DEL ESTADO DE TABASCO" 2013-2018.
eco-de con
el Asllculu
L,t
de la ley de VIVienda pera bl
E.stauü
de
Tabasco y 61Articulo 2 inciso III del Decreto
216
del año 2003, pe 61 qua se crea el lrtsbtutu de vrvtenda de
Tabasco
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACiÓN OEl "PROGRAMA DE VIVIENDA
PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL ESTADO DE TABASCO" 2013-2018, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2014.
UNtCO.- Se emiten las Reglas de Operecón del "PROGRAMA DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN VUtN~RABLE
DEL ESTADO DE ,TABASCO" 2013-20HI, para el .ejerclcio fiscal 2014: aprobadas p.Jr el Consejo de Aommisuecrón
del Instituto da VIvienda de 1 eoasco en su seston de fecha 7 de JulIOdel año 2014
INSTITUTO DE VIVIENDA DE TABASCO
REGLAS DE OPERACiÓN DEL "PROGRAMA DEVIVIENDA PARA LA POBLACiÓN
VULNERABLE DEL ESTADO DE TABASCO" 2013-2018.
Ejercicio·FIKal2014
PRESENTACiÓN
El Goberno del Estado de Tabasco a través del lnstituto de Vivi.er>da de Tabasco, emite las siguientes Reglas
de Operación para el "PROGRAMA DE VIVIENDA PARA LA POBLACiÓN VULNERABLE DEL ESTADO DE
TABASCO"
2013-2018.
Deécueréo con la Ley de Vivienda para el Estado de Tabasco: que en su articulo 4 cita que ellNVlTAB eeré
promótor del desarrollo integral de la soci&dad mediante programas de vivienda, esrebíecíendo los rnecerusmos
para que las mujeres y los hombres en igualdad de oportunidades y condiciooes eccocen a éstos. que el artiCUlo
12 DE JUL) DE 2014
Suplemento
7497
•••
~
Tabasco
( .•mbJ'"
    ~ INVITAB
    Instituto de Vivienda
    de Tabasco
    9, da 1;;cnaua ley. marca en el nu.nora! XII el pfillClpio y linea ceneret de "Promover una otsínouctón JIalElnu6n
    tl4ultativd
    de
    las
    acciones de
    vivienda
    en
    todo
    el terntono estatal,
    constoeraodo
    las
    necesrcaoes
    y
    cooncrones
    tocares
    y
    rE;gioné:llos, es! como los distintos tu-os y mcoancaces del proceso habitacionar: y de acuerdo tarntnén
    con {a Ley de Vivienda en el árnbno federal, la ltly Gcr\oral dbl EquilIbrio Ecológico yla Protección al A.mbitlflltl,
    Id L6Y
    oe
    Orcenanneoto
    Sustentable
    de!
    Terruor¡o do! Estaco
    dIO>
    {eoesco.
    la Ley de
    Protección
    AmbiBntal oer
    Estado de
    Tabasco.
    la Ley de Oesenono
    SOGldl
    ut¡t Lstado oo Iauasco y el Código
    Civil
    para el Estado
    QI:!
    Tabasco, as¡ comu tes demás oll1i::1I1éllrdi:1rtcs l"'iJd!t;:; l",i<..k>
    Elllllldtefld
    oe vivienda
    y:
    Contormo al Plan E:;lalal de üesanouo 2U13-2U1S,
    partrcufarmerua
    al eje 6
    '1
    a
    tes
    lineas de acción 6.141 Y
    61 42 Que morcan fljSPUcllYillcunte 8~>tdb¡e0.':1 IAJrIYUr)IOS oc
    CUI
    con IIlstl!uuones lJublicas Ll~ les
    otros órdenes de goLierno,
    d:;1
    como con
    oryarliZdc.::unes
    privadas y de 1<1sociedad el
    v
    il, para construir y rnejor ar
    la vivienda; y pWIIJOVé=r la construcción de vivienda
    altemauva
    acorde lJI
    medio
    amtnente y el
    aSByurarnlt:nto
    subsidiado del petrunooic ¡JdJdla seguriLlad oe
    tos
    g!lJpOS vutnet at-tes eu
    suuac.ón
    ce IIt:;SYO
    El INVITAS busca
    conlllbulr
    ¡-,
    que los
    rlO9
    un al Estaco de
    't
    eoasco
    en
    Situación
    de
    pcts
    eae,
    vulnerables, de escasos recursos y
    t..ü;¡
    C-d:tllld3
    ¡JdtrUI\Olllcll
    a través
    ud
    "PROGRAMA DE VIVIENDA PARA LA
    POBLACiÓN VULNERABLE DeL ESTADO DE TABASCO" 2013-2018,
    acorde
    cooe:
    Articcuo 41
    oe
    ¡eley
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    Estado
    de Leoasco y
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    216
    ck.'1
    ai\o
    ¿(}\Jj.
    por el
    que
    Si; crea el
    lnsntuto de vrvrenoa de Tabasco
    1.Introducción
    Con la linalidaJ
    dtl
    reducir la pot.reza contnb.ur a
    id igu<:1jda>
    de
    oporueudaces
    para que lodos los
    tabUsqlJí~i'¡·,)s
    n18JOIt:lr',
    su ceüdeo o-s '.1'Ja d
    ¡k~:";''.>LJ
    d una
    vIVlenu;:¡ digna, el Gobierno del
    Estece. a
    naves ccr
    INVITA!:j,
    nnplemeuta
    t'!
    "PROGRAMA
    DE
    VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN VUNERABLE DEL
    ESTADO DE TABASCO" 2013-2018,
    dlSerl<:iuo>
    para
    dPuyai a los
    t~JQa11;;l5
    do
    menor es
    ingresos
    econo.rucos,
    mocrante un apoyo
    económico
    010r9•...•0'')
    corno
    SubsidIO l::s(alal.
    Fmanoe-ruento
    y
    Ahorro
    PreVIO,
    para cualquiera
    ce estas L-es acciones en fracconanuento oesorroñaoos por eIINVITAB:
    Aoquietcron do una
    son.eón
    de vivienda
    nueva
    o usaoa
    Aoqorsrcón de un rore con
    SH'¡:ClUS
    Edificación dé: una
    sotucrón
    eje v.vrenda
    A
    llaves
    de este Programa. se Lusca coutuouu a
    Id
    y te eficiencia en la utilización de los recursos
    quecoadyuve a Ii:!eununaoóode1",pobrezaqua concent.s
    sus esfuerzos
    entocañoa.res del Estacode
    Td),9sCO
    eH concnciones de mayor
    IIlél¡¡)ln'-lCJon
    y t:n
    e.crstan
    fJiU¡X;::'
    que S8
    encuentren
    en
    canueo
    de vuhu-r able
    s
    apncanoo
    )05
    principios
    de e
    cordao
    e
    IIlc1uslón
    u.aoeta
    qUE:
    toda persona en situación de
    pote
    eza
    v
    carencia patrimonial pueda acceder a los apoyos oe: Proorerna, sin rungUn tipo do cuscnrninactón fortaleciendo
    el pauunon¡o de 105 hogares de escasos recursos. boscaooo laconcorencra de esfuerzos a través de recor sos
    estatates y de los beneficiarios. para que en algun treccronanueruo oesuuouaoo por el INVITAS, adquieran un
    lota con servicios (J una solución ue vivier Ida
    nueva
    o usada o para
    qUl:>
    ecñhquen una vivrenua buscando 8s1
    contribuir
    a etever su calidad de
    Vida,
    anncanoose al Plan Estatal de Desarrollo de! Estado Tabasco 2013-2018
    1::1
    Insütuto de Vi vienda de Tabasco. podré ceeuner recursos del presente ejercicio fiscal, para la rnejorta
    cuantitativa ycualitativa de los serv.cios bastees ha1Jitacionalds
    y
    de inneesuucune en los úecoonarmentos o
    bienes propiedad oet Instituto
    En el Anexo 1se presenta un Glosario de Términos con los conceptos
    y
    siglas uüüzadas frecuentemente en
    las presentes Reglas de Operación En al Anexo JI se presenta el Esquema de Contretorta Social que será
    implementado en el Programe
    2. Objetivos.
    2,1 Objetivo general.
    Contribuir a que la pobladón tabasqoeña en situación de pobreza
    yce-encre patnrnorual
    con ingresos
    inferiores a
    ó
    SMGVM, mejore su c-alidad de vida a través de acciones de vivienda
    2
    PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
    2.2 Objetivo espectñco.
    Me)ü(
    !ó:.
    conorcrooes hacuacooates de jos hoyares tabasqceños en süuecón de potxeza
    '1
    carenera
    pauirnom,» con
    Inyrti~o:,
    mteno.os a ~ SMGVM, .nediarue la adquisición de un tete con servicios propiedad oe!
    INVITAB
    o
    Id edllicauon
    (J
    la
    arJqulsll;IÓfl
    de una
    vrvreoda
    nueva o usada
    3 Lineamientus
    ) 1 Cobertura.
    El Programa operaré a nivel estatal
    32 Población objetivo.
    Tauasqueños en situación de pobreza y carencia patrimonial con ingleses inferiores a 5 SMGVM, que
    requieran edifIcar o adqujnr una vrvreooa nueva o usada o lote con
    servícíoe.
    3.3 Criterios
    y
    requisitos de elegibilidad.
    .~~;~:~{ti~~
    ;]f?:~~~~g~--~:¡'
    ;_~.1~::~:;';~j~~~1~~~"f:.·;E
    Ser jaló ojefa de hogar con por lo menos un dependiente económico
    Presentar sohcrtuo. mediante el llenado y -la presenteoón de! Ooesüonerio de
    lntormecíón Socíoeconórruca (CIS), en las ollcinas de Atención Ciudadana del
    IN\l1T AS o e.¡ Jos módulos de atercrón que instale al IN\l1T AB para atender él los
    solicitantes
    - "j·de¡)Üdal{
    Presenlarenerlginalpar·a-COtejo y
    enlr-eg-ar
    copIade su
    idenlificaci¿~l·of;c¡aiCOn-
    f,éiClu;Ii:.LI>JélO
    y
    esreuo
    Civil tOlografia
    r-resenter
    en original para cotejo
    'i
    entregar copia
    de
    su CURP
    o
    Cn:
    y la
    de su
    cónyuge y demás dependientes económicos
    Presentar original para cotejo yentregar copia del acta de nacimiento del
    soücterue. cónyuge
    y
    demás dependientes económicos
    Presenlar original para cotejo y entregar copia de acta de malJimonio
    En su caso. entrega original de coostencra de mexisteocia de maldroonio,
    expeordes por las oficinas de Regislro Civil de los Ayunlamientos
    Presentar constancia de Unión libfe emitida por los Ayuntéil!1ienlo~___ __~_
    Presentar Q(iginal para cotejo y copia simple de recibo de agua, luz o orediat (del
    mes o
    bimestre
    anterior), o en su caso, constancia original expedida por parte de
    _~ municipal_o lél autoridad local competente, de domicilio gue ha~~
    Ueoar y firmar formato de Solicitud de financiamiento, que se le proporCIonaré,
    integrando la,infor~Qón
    y
    los documentos que s& le requieran. .
    Presenlar constancia original de posante expedido por el propietario de la
    vivienda y aneX81 copia de la identificación ofidal det propietario o en su caso
    recibo de arrendamiento del mes anterior ala solicitud
    ACiedftar'ñO~habe;:r;CJbrao- Original del documeoto firmado donde declare bajo protesta de deClr-verdacCque
    apoyos anteriores no ha recibido con antefiofidad subsidio alguno, para adocisroón oedificación de
    v
    ivienda o loles con servidos.
    - Orig'~ -~ eon,lancia de no ¡;~d (50licitante, cónyuge
    y
    dapandiS-ñ·,e-1
    económico, mayO(
    de 18 aftos).
    emitido por la Dirección Genefal de Catastro.
    de
    la Secretaria de Planeaci6n
    '1
    Flll8l"IZ8s, del GobIerno del Estado.
    1
    Comprobaci6n-deTngresos Presentar original
    pe-e
    cotejo
    'i
    entregar copia de recibo
    de n6¡nJfI8
    reciente:'-o
    documento que oectere bajo protesta de decir
    v
    erdad, donde se manifieste el
    ~~~~~~I::~~~::d61....
    Solicitante,
    c6n. """.
    _8
    '110
    de,pendientes económiCOS de
    CumplIr
    con los requbil05
    J
    EI~neficiario
    ceoe
    apor.ar
    su ah9flo pre .•••lo correspondIente _.-- --.-
    Adecuarse a los condioonas de nnanciarnlento que se le propongan.
    _______________ .. ~ .8~~~~os cnteoos da selección sehalados en las presentes reglas
    AC-ft:dit2.r residencia
    ACfedÍlar
    s6rs~íeio~
    finaflciamieolo.
    -Acreditar --qu-e
    -fa.••.
    ¡vienda
    que habita no es propia
    I
    Acreditar no ~
    propedeoes
    3.4Criterios de eetecctón.
    los solicitantes que cumplan con lo establecido en los crñeoos y requisitos de elegibilidad, podrán ser
    considerados para recibir ~l beneficio de un subsidio de ecceroo a la disponibilidad programática, preeuooestal y
    a los resultados de la revisión de sus documentos pcl(pene del Comité Dictaminador conforme a lo siguiente
    3.4_1 Crlterlos de prlorizaclón para grupos vulnerables.
    al Los de mayor pobreza
    b) los solicitantes con discapacidad o
    q:J8
    uno de sus depenoieotes económicos tenga alguna
    orscapacrded
    el Madres solieras, que sean Jefas de 'arrulla
    d)
    Hogares cuyos Jefes de familia sean eoonos ma)-
    e)
    Hogares con integrantes
    dtl
    hasta
    14
    aócs
    de
    edac
    3,6
    Tipo," y Montos
    de
    Apoyo.
    Los apoyos del Programa estarán condicionados
    él
    las
    aportaciones do
    los beneuctenos de eccercro a la
    siguiente labia
    , ~;~c::¡-:-::-:":;--;.,:-,:---r;.-
    ~·Módalidad :
    '::~~~t~Á:~:{t
    El
    S"k
    del valor de
    la vivienda
    Adquisición de Vivienda Nueva o Usada
    o Ecnñcaoón de Vivienda en Terreno
    ~~dad dell~~Q"~!l ._, ._._
    Lotes con ServicioS-{Propledltd del
    IN
    v
    lfAi!l
    'l
    ~s
    ¡'vrcen'laJes'
    de
    las"
    aportaaonespuedé"ri-"afldr
    dentro de
    i;sfangos---estableCi-dosen'T~Ci6'n
    de(pioyeúo
    de
    la eccon de v
    ilo'lenda
    •• Los rangos establecidos
    de
    la aportación en el
    cuadro
    anterior podrán
    ve-tar
    en función del expeoente técnico,
    estooro socíoecooó.ruco
    y
    proyecte
    N:'A
    los recursos del Gobierno del Estado, otorqeoos como apoyo estatal, serán aplicados para subsidio
    y
    financiamiento
    La aportación obIigator1a del beneficiarlo deberá ser monetaria. lo cual se estatX6C&fá en el Contrato PM.•••ado
    de Ejecución o de Adquis;d60. de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas.
    El Gobierno del Estado por oonducto del instituto de Vivienda de Tabasco, realizaré su aportación para la
    ejttClJClón de las eccscoes de .•••lvienda, bajo la ~.~ ~sidto
    'J
    financiamiento. 10 cual $8 est8tMecerá en
    el Conlrato Privado de E)8cución que forméilice con el beneficiario o en el ClJn1Iato privado de compra-venta.
    3.5.1Rubicdon ••
    de
    acceso al
    Programtl:
    ¡ti} las acciones están suteios e la focaJizatión
    y
    ebponibüldad presopoesterie del Programa
    b) los Beneficiarios que en ejercicios fi5Cales anteriores al presenta, obtuvieron IUbSkilo federtM para
    vi
    v
    ienda, no podrán recibir apoyo estatat.
    3.6.
    Derecho.
    YobUgaclonM de
    lo.
    beneflclario. (MI.
    los beneficiarios (as) y
    &oltcltaotes
    üeoen derecho a:
    a) Reciou un tralo digno. respetuoso y equitativo, sin cascrímínación al'd',~~,é.· E:Ipersonal da las distintas
    Direcciones de/Instituto de Vivi-3nda de Tabasco que participan en el •.Hugr",,;Ié>
    b) Recibir asrstencía
    gratuita para el llenado
    dal
    cuestionario
    de
    la Información
    socoeconórruca
    e) ü.Je
    f:-IINVITAB
    le reciba la
    sol.otuu correspondiente
    en la
    OflW1d
    oo
    '\ttlncjón Cludad¿;:b
    d) Soncuer
    y recibir irúo(O)SCión
    sob-e
    el estado que guardan
    tes
    gestiones que hutxeren reaüzaco
    ¿,!,:::;
    enes. en la oficina donde entregó la solicitud
    e) Recibir del I~VITAB la acción de vi vienda terrruneca o lote
    con
    eervrcíos. en las
    ccoo.crooes
    especñcaoas en elCootreto Pr.veoo de E¡ecuc1ón o en el Ccotrato oe Compraverua respecnvemente
    t)
    lncontormarse si la acción de vivienda no es entregada asu entera eatístaccóo. dejando asentada s'.]
    incoutonnidad en el Acta de Entrega Recepción de la vivienda o del lote con servicios
    Asimismo tendrán la obligación de
    al Proporcionar información vertdica en el cuestionario de inlonnación socloeconórrnca
    b) Realizar su aportación de ahorro en la cuenta Que ellNVIT AB le indique
    e) Resguardar la vivienda o el tote una vez que esos fueran entregados
    d) Habitar la vivienda una vez entregada en un periodo no mayor a 1 mes. pudiendo extender el tiempo de
    esta obligación porun mes
    más
    presentando
    solicitud
    de prórroga debidamente justificada
    e} Participar de manera corresponsabte en el programa
    y
    cumplil
    cor,
    s: normativtoed
    f)
    Cumplir con Jos pagos al finenc.emiento. en el tiempo yla forma establecidos en el Contrato Privado de
    Ejecución o de Contrato Privado de Compra-vente.
    3.6.1
    Causales de
    baja.
    Serán causales de baja del presente Prccrarna las siguientes
    a)
    Declarar con falsedad
    en
    &1
    cuestionario
    de
    Información socioeCOf)Ó~ca
    tcruénocse
    como no
    presenteda la solicitud
    b) Utiliz8l" la vivienda oellole para -íres distintos al habilacional.
    e) Si el beneficiario no habila la vivienoa en un periodo méximo de 1 mes a pal1ir de la techa de entrega
    formaj de la vivienda. WI que haya presentado solicitud de prórroga, debidamenta justifICada. eores dal
    vencimiento del mes iniciaf .
    d) Si el beneñcíano deja de cumplir ron alguna de las obligaciones que se establezcan en el contrato que
    en su momento celebre con el INVITAB
    e) él beneficiario que no cumpla con las ~Igadones eeóeteoes en los incisos anteriores, causará baja del
    Programa y no podré volver a ser sujeto de algUn apoyo poi" parte del mismo
    EIINVITAB es
    el
    responsable de
    apl
    car las causales de baja
    y
    debe notificar
    oücatrnente
    al beneficiario las
    causas oe la rrusme.
    3.6.2
    Procodimlento de baja..
    al El beneficiario recibirá dellNVITAB la noüñceción debidamente
    fundada
    y
    moli".-.Od
    \id
    l¡dC,U
    del
    proceso
    de causal de baja, con el fin
    .íe
    contar con
    15
    dias naturales pata
    comparecer
    por
    ~SC-fIlO
    libre
    y
    maruhe ste lo quo a su derecho convenga
    y
    aportar los elementos prooatortos para fundamentar su dicho
    (tolografias, actas circunstanciadas, oñcíoe. etc.)
    b. Una vez transcurrido este plazo sin que el teneñcterto interponga argumento alguno se tomará como no
    inteoaseoo y se procederé a su biJja eutornénoe y definiti v amente
    e) Si &1 beneficiario comparece eu tiempo
    y
    terma inconrormánoose. el IN\lITAB valorará las pruebas
    aportadas y si la causa Que
    dio
    (¡(¡gen al procedimiento subsiste. el beoeñcrano seré notificado por
    escrito de su baja en un plazo
    maxeno
    de 10 oías hábiles
    la
    o el beneficiario, que cause baja del Programa, permaneceré registrado en el Padrón con le finahdad de
    qce no pueda
    v
    oI.•••er a rectar un bereñcío por perte del Prouram8
    3.7. Instancia Ejecutora.
    Los recursos de este Programa serán ejercidos con recursos del Gobierno del Estedo da Tabasco a tra
    v
    és del
    INVITAS
    y
    deberán sujetarse alas p.eseotes Reglas de Operación, para lo cual se suscrillirán los contratos
    privados de ejecución o contratos privados de compra-
    v
    ente, con los benenciaoos
    3.8.
    Comité Dictaminador.
    3.8.1 De
    su Integración
    y
    funcionamiento.
    El Comité quedará integrado de la siglJíente manera
    Presidenle{a): Titular del INVITAS, quien lo presid'trá, pudiendo delegarse esta aínbocóo a Quien designe, con
    voz
    y
    voto
    Secretartote]
    Ejecutlvo(a}; Titular de la Dirección Administrativa del IN\lITAS, quien tendrá voz. y voto.
    Se<:retario t6cnic>
    El
    Titular de l(j Dirección de Desarrollo Social dEK INVITAB. quien tendrá val
    y
    voto
    Vocales: Titulares de la Dirección Té<:oi class="_ _19"> dellNVITAB, Dirección de Asuntos Jurldicos delINVITAB. Díreccón
    de Reservas Territoriales d8l INVITAS
    f
    al titular de la Coordinación de Programas Federales del lNVITAB
    qtMenes contarán con
    vca
    y voto
    lnvitado(a) Permanente: Comisario Público dellNVITAB, con voz pero sin voto. .
    In.•••itados(a.): AquenO$ que a juicio de los integrantes del Comité puedan opinar sobre los temas e tratar qut&nes
    podf án tener voz pero sin voto
    En caso de ausencia de aIQün
    Wl1egraI1I:8
    UtuIaren las ••••.•• (jet CamlI'. ésta
    desOlará
    a LXlrepres«t&ante
    mediante olido de aaeditaci6n, Ql.lÍ«' lllOCk'é las f~ Y obliQaOontN del tifuar.
    ciet»ando
    ser SIIf'\Iido(
    púbüro de
    e&tr\JdlS8
    con un riv. mínimo de Jefe de
    DePartamento.
    la Oir8c:Q6n
    Genera dellNVlTAB
    sarilla
    nat.ilrlcia ~
    de convocar como mJnimo con
    tres dfes
    h8baes de anácipación pa-a las seAoneI del mismo. anexando la carpeta de los asunlOS a tratat y levaoIando el
    acta corres.ponciente al final de cada $4Si6n En la primala sesión •• n..tat.á efComité pudiéndOse desde este
    momento presentafM los
    asa.ntoa
    a vaWdaci6n
    y,
    liW'I
    $Ueuo, aprobación. .
    El qu6tun legal de'
    Comit6
    se
    integrn cnn
    la
    lllIislencia
    de a..ndo
    meno.
    la
    mitad
    más uno de •.••
    tnteQrant8$ con deredlo a
    10'010.
    siempre
    cpJ8 ••
    encuenII.
    prIl$rll8
    al P,.sidente o SU rep.-esentanla. los
    acuerdos del Comi~
    »
    8Ipf'tlb¡rin por maycw1aaimpte de vobI; en caso de empale en la votac.iOn•• PrIMidlnle
    tendrá voto de caltdad.
    Los integrantes del Comi", por el ~ de •• ~ •.• el mismo, no redbirén pago atQlnJ. por
    tratarse de cargos de carácter honoriftoo. ~
    12 DE JULIO DE 2014 PERIODICO OFICIAL
    3
    3.3.3. De sus atribuciones.
    El
    Corruté
    tendrá la
    tecuüao
    para
    autonzar
    los
    sutisidios soh.ueoos previo enéusrs
    del
    CDordin.ad~
    de los
    PfC{,Ofamal> y oet
    Director
    Generar
    dGIINVITAB,
    ~I como la
    de
    reviser
    y
    validar los
    ooconeruos referentes ala
    p!aneaci6n y coer ación cet Programa
    4. Mecanica Operativa
    4.1 Proceso de Operación.
    El
    proceso
    de
    operecíon
    66
    sujetará
    a lo siguiente
    a) En los municipios donde se pretenda aplicar el Programa, ellNVITAB deberé íostnenentar un esquema
    ue promoción y Jifusión para darlo a conocer
    Se
    mvüeré
    a
    partrctoer
    a la
    Población
    objetivo,
    rneorente
    la
    emisión
    de
    avisos
    en los medros da
    cumuni<. mas etecuvos class="_ _6"> a su alcance
    '1
    que permueo ma mayor dífu!otoo entre ésta
    b) El solicitante oet Subskfio Esteta 1
    y
    Financiamiento, oeberé realizar personalmente la solidtud de
    moorporactón
    al Programa:
    s!n
    necesroao
    00
    pertenecer
    a
    nInguna aqrupación
    ü
    asociación ante el
    lNVITAB, mediante la suliCltud por escruo
    '1
    el
    üeneoo
    al!
    Cuestonar¡o de lnformación Sccroeconónuca
    Al momento
    de
    entreqar la oocurneraacióu que se
    reqcs
    ere conforme al numeral
    33
    se
    te
    intormará
    \<:1>
    falta
    de
    algún reqursuo
    y
    no se tero-a como recibida
    la
    sonetee debiendo tetrucrar et uárnite
    e) Posterior a
    la solicitud, en ausencia
    o
    por incapacidad ustca del solicitante, los trámites siguientes los
    podrá
    r
    earizer el cOnyuyu8
    0
    uno
    dti
    sus
    dependientes e .onóuncos. presl::lll!ando wiyillal
    de carta
    poder
    simple e íoenuucación otrcial de qUIen otorgue el poder y de quien lo recibe
    No se acrnnvá que estos trámites se realicen a vevés de gestor o representante. ni orqaruzacron ()
    partido potttico
    d) El INVITAB, deberá de suscribir con tos oeoeñcrertos l.rs contratos privados de ejecución o contratos
    privados d\:j compraventa
    el
    EIINVITAB deberá observar el curnpurmento de los t.to.arréentos del Programa Nacional para iograr el
    Ordenamiento Terntonat
    y
    Estabíecirnienío da Zonas de Amortiguamianlo en la Cotindancia da Oeouos
    Penitenciarios, emitidos por la Secretaria de Seguridad Pública
    El INVllAB. a través de la Oueccón de Reservas Torruouaíes. procurara integrar al diseño da la
    edificación de las viviendas. los esquemas oe ahorro y e: uso eficiente
    y
    racional de la energía eléctrica.
    agua
    y
    gas, así como la epncectó» de ecctecotes
    y
    ecotecootoctes en la construcción
    '1
    &quipamienlo de
    las viviendas
    g) El INVITAB publicará en sus oficinas o en el modio do difusión que COnsidere mejor, la lisia de
    scuctantes vaucreoos. en un término no mayor
    ¿¡
    ¡
    !al.Jllo::sposteriores a la veucecióo. que emita
    al Comité Dictammador del Provama
    h) El INVITAB, a través de la Dírección Administrativa, redlizará la lrnpresróo de los Certificados y Bonos
    de Subt-idlo Estaraí y los enllegará
    ti
    ('AOJauno de los beneficiarios
    El beneñoerio endosará el Bono de Subsidio Estatal, a favor de la Instancia Ejecutora, exhibiendo su
    idenllflCóci6n oficial, a IIn de que ésta se encargue ce la construcción
    00
    la vivienda mediante la
    conu «ldCión de un tercero. firmando para ello un conueto privado de ejecución con el beneficiario, en el
    Qua se esteotecerá QUu el INVITAB se comprometa y obliga a llellar a cabo la eornu listraci6n del
    Subsidio con la lmalld<:ld del curnpte class="_ _6"> con la acción de vivienda, incluyendo las especificaciones,
    volúmenes y plazo para su terminación y entrega
    Para el oeoós.to de los recursos económicos correspondientes a la eportecrón del beneficiario, el
    INVITAa le proporcionará la íntorrnectón del banco, numero de cuenta y plaza donde el oeneñcrenc
    deberá reañzer el depósito
    Una vez Que el beneficiario reciba del INVITAS la ecccn de vivienda a su entera setísrecctóo. filmarán
    de manera conjunta el Acta de Entrega-Recepción
    la obligatoriedad de este acto permitirá disponer de uoa de las evidencias más importantes de las
    acciones de vivienda
    las Actas de Entreqa-Recepcíón, que tengan esentece alguna inconformidad por parte del beneficiario,
    serán atendidas por la Direcoón T écorce en conjunlo con la Dirección Acmrotstrauve del INvlT AB,
    contando con
    30
    días hábiles para dar respuesta a la inconrorrnsrad del beneficiario
    1)
    EIINVITAB pubhe.ará en suportal de Transparencia, la lista de los beneficiarios
    k) Al inicio de la obre. €:t INVITAB deberé colocar en un hJgar visible en el área en la Qua se eealicenlos
    trabajos. un terrero con la SIguiente informaci6n
    El monto de los reCUfSOSapor1ados por el Estaco a r.taneza de subsidio '1fmanciarniento
    Las caractertsucas gene!dlos de los proyectos; LIS metas ñstcas: la ocotacón y ccruurudades
    eeneücaoas.
    la terma de ejecución,
    El e/aculor de! proyecto,
    la fecha de torco '1 térrmno
    Indicar qU6 los proyectos se realizan con recursos Estatales y de los benencrertos por coooucto oet
    "PROGRAMA DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL ESTADO DE
    TABASCO"
    2013-2018,
    collbspoodiellles al ejerck.tc fis.c.al
    2014.
    AsI mismo, en el terrero deberá
    COIOCd 1•• leyenda 'Este Programa es público, ejeoc a cuatqoler partido potíücc.
    QuatJd.
    prohibido el uso para unes distinlos al Programa". El tarneño, texto
    y
    cerecrertsüces oet tevero.
    se slJjetarán
    El
    lo indicadv por ellNVITAB
    7. Números retetónrcos para etencsón de quejas y cene netas
    01 600 707 0077
    Atención Ciudadana del INVITAB
    01
    BOO849 5SOO Secretarla de la Contralocia del blado de Tabasco
    los tetro-os se deberán elaborar y colocar con cargo ek.e recursos autorizados por el programa
    4.2 Ejercicio '1Aprovechamiento de RecuraDa.
    Para lograr un mejor nivel de ejercicio y aprovechamiento de jos recceece, el INVlTAB reanze
    á
    una
    cateroaruacón, de ig,lal manera, preverá que tes aportaciones se realicen y ejerzan de manara oportuna. en
    apego a la normatividad aoücaote
    Adicionalmente, el INVITAS podrá realizar la reasígnau6n de los rBCU(SOS que no hubieren sioc
    ccmprcmeuoos
    El INVITAa sera el responsable de planear la oírecccoauoed de la inversión en las eccooes que así te
    requieran; el tocho distribWlJle por frente, se determinará reeteooo al presupuesto del Prourama, lo
    correspoooíerue a castos de operación
    4.3 Gastos de
    cperacton.
    Para el desarrollo de las otversas acciones asociadas con la oteneecón, ooerecón, verificación, seguimioolo,
    conuerorte social
    y
    ev¡;luación externa ditl Programa, bllHVIT AB podiá destinar recursos de traste el 3.5 % del
    presupuesto aSignado al Progralllí:l o lo que determinen las n.eeíoas d& au~l9(idad para el pre~nle eterciao
    fiscal. EllNVfTAB deberá desuflat 912
    w
    millar a la COlllralorra ul:ll Esledo de Tabasco.
    4.4 R&gistlo de operaciones.
    4,4.1 Avances físlcos·financieros.
    En caso de contrato de ej90JCión de obra, la D+recci6n Técnica delINVJTAB. seré: la responsable del COfltlOlY
    la SU,>Brvlsi6nde la obra y debera rtlpor1ar ml:tl)sué:olm~f1leel
    aVí:illCe
    fiSlcu-flna()(;ltllo
    &
    lélOlfección General da
    INVITAS, dentro de k>s primeros ciJlco días hábiles dtll mes ínm.)Jialo al mes que se reporta
    4.4.2. Cierre de Ejercicio
    El lNVITAB, integrará el Cierre de Ejercrco en tiempo y forma contorrue a la estabtecroo
    flor
    la Secretaria de
    Pldl
    ic;,-,,;:6n '1
    Finanzas
    5. Se quirrucnto.
    Con er
    prcpósuo
    de
    mejorar
    la coe.ecco el
    IN'v'ITAB.
    deberá
    l!E:lidi
    a wbv 81
    St;;;¡ul(f;.enllJ
    ,,1
    ejercico de recursos uscetes acciones ejecutaoas
    1,-,,,,.
    reoos
    y metas etcenzeces
    6.
    Control
    '1
    Audltorf
    a.
    E:IINVITAB será el responsable de la supervisión dilecta
    de ras
    obras
    o
    se
    cumpla con la normauvrcad apnceots
    as¡
    como
    de
    veufrcar que
    El INVITAS, dará todas las tactíoaoes a los órganos
    da
    control. para reeüzer en
    el
    rnorneuto en que lo
    juzguen oerurenre, IdS
    aouuorlas
    que constoeren
    necesanas;
    esmusmo. efectuará el seouírrnento y la
    sotveruación
    de
    las
    ooservec.ooes
    planteadas por los
    ór
    qo.ios de control
    7. Trenspar encta.
    Conforme a la ley
    de
    Transparencia y Acceso
    <> ,d
    í.uorrnac.ón
    Pública Gubernamental tos padrones de
    beneficiarios deberán publicarse
    en
    Id páglna www,trahspar6ncla.hlvilaº'-!l2~
    de
    conformidad con tll
    numeral
    4.1
    inciso
    Jl
    de las presentes Reglas de Operación
    7.1
    DifusIón.
    El INVITAB tiene la obligación de promover y difundir el Programa, as! corno convocar, tanto a la población
    otxeuvo como a las que resulten beoeficsadas a través
    103
    medios adecuados y que estén a su alcance
    Con al propósilo de mejorar la comunicación
    ',:011
    la población objeli""cJ·3ma. el INVITAB, podrán
    instalar módulos de información, promoción y !BCtlPUÓIl de soucítuoes
    los módulos instalados brindaran los siguientes servicies l~giS!ro el Proqrarna, revisión y
    recepción de solicitudes y t'::su caso, apoyo para el llenado del mismo, adenias Ub Informar si la occurnentecíón
    qUE!entrega cumple ce: requ'sños establecidos en las presentes Bases.
    Dichos módulos oer., de exhibir la siguiente leyenda "Este Programa es público, ajeno a cualqule,
    paltido pcnncc. Queda prohibido el uso per«
    f.o.,
    cüsthuo •. ~I Programa",
    7,2 coruretcrta Social
    El INVITAB propiciara la penrcroacrón de los beneficiarios oet Programa, a través de la integl"aci6n
    y
    opereoón de Comités de Conlraloria Social para el seguimiento, supervisi6n '1vlQilancia del cumplimiento de las
    metas y acciones compromenoas en el Programa. así cuma de la correcta aplicación de tos recursos públicos
    asignados al mismo. En cada desarrollo cebe-á iJ\l.,;íJ"""" un
    e
    .'d
    Conlraloria Social contonnede por los
    beneficiados de las acciones del Procre.na
    El INVITAB deberá SUScribir el PETCS con ta Sec etarta de Ccnhalorta del Estado de Tabasco, para
    establecer las
    ecnveraoes
    que
    <:11>
    materia de Cooverorte Social se implementarán, da contomuded con el
    Acuerdo de Colaboración qu8 ¿;Irespecto se turne
    EIINVITAB, deberá cumplir el Esquema do Connaror¡e Social. que se agr~g<:lcorno class="_ _9"> A' ••:,·, u en las presentes
    Reqtas da Operación
    7.3 Padrón de Beneficiarios.
    El INVITAS lomará las accionas conesponorenta.,
    ,'dld
    ~d"d!Jua¡dar la intonr.acrón personal de los
    beneficiarios da acuerdo a la ley da Treosparencre y
    seceso
    a la rntormac.ón Pública delEstece oe Tabasco
    7.4 Acciones de Blindaje Electoral.
    En la operación
    '1
    ejecución de losrecursos de este Programa se deberán observar yatender ras medidas que
    emitan los Gobiernos federal y Estatal, para impedir que el Programa sea utilizado con fines politicos etectcrates
    en el desarrollo de procesos electorales teoeretes. estatales y municipales
    8.
    Perspectiva de Género
    El Programa impulsara la IgualuaJ de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de la Incorporación
    gradual
    el",
    la t-erspecnva de
    GÚI',t.'IÜ,
    especlñcarnonre tJn materia oe JElsagregaci6n de información
    8. Quejas y Denuncias
    los ooneüoe-tos pueden presentar quejas y uenuncras ante IdS instancias cone sponoíernas sobre cualqulcr
    hecho. acto u omisión, qua produzca o pueda producrr cenos al eJE:rCIClOde sus oerecoos esteoteooos en tas
    presentes Reglas, o contrevencan SIJ:>orsoostcones y de la demás roemsuvñrac aplicable, las cuales podrán
    realizarse por escrito y/o via teletóruca v se Wrt2rá,¡ a truves de
    ~
    nslltuto
    de
    Vivienda
    dtl-
    j
    euasco
    SECOrAB
    ----
    -~
    -·-····-~----I-----~---
    -------~-l
    O'..800.7. 07 0.077
    lJflid.ad de prOlo.n9aCióP.A,..'.
    7..
    d.8Febrero."
    4.003 ..
    993-316
    43-10
    Y11 ¡At8r.cJOn Col Tabasco
    2000
    C P
    86035
    extens.on 21! Cwceoaoe del vntatennosa. Tabasco
    __________ l~:,!~~__ _ ~ . _
    01600 849 5500
    ]ou8Jas - y
    Av
    Paseo
    Tabasco
    '1504,
    _____ ~_. _ DenUnCIas j3~~~r~oS:, ;':;~'
    86035,
    ANEXO l. GLOSARIO DE T~RMINOS
    "PROGRAMA DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE DEL ESTADO DE TABASCO"
    2013.
    2018,
    Ejerciere Fiscal 2014
    ::~nd~e
    :711~e~~~
    ~;r~)~I~:~~n ce la Acctón de Vivienda: Es el documento que compru6ba la enlJega oe la
    ~~~~il~~Ó~d;, ~~,;~d:, ~1~~~JGn~~~t~;:u ~~'~~:r:al el solicilante se apropia da un oren inmueble ya
    :;n:=:~ ~:llaB::~c~a:i~vi~:antJficación de la aportación monelaria, qua el beneficiario otorge para la
    Beneficiario: Jele o
    IOta
    de fdffillJa que recibe el SubSIDIOestatal
    ~:r~~:~=:laSOclal' Ese! mecanismo de los benerH,-.isflosorganizados. para
    QU
    ventrqoen Ia correcta operación
    Cónyuge: Esposa(o) o pareja del Jefe de farrulia
    ~uestionario de Informac.ión Socioecon6mlca (CIS) Es un irl$lrumento de recolección de información qoe
    ~dantll~caa los pos.ores benefiCl~IOS del PrúQr~JTla,El CIS recaba los datos socoecooóoucos de todos los
    lfltegr••ntes del hogw, las caraC1eosllcas de la vbieooa y las condiciones de la comunidad
    CURP: Cédula de la Clave Única del Registro d6 Población
    ComJt6 Dictaminador: Grupo d6 trabajo que tiene la facul:dd. de revisar y aprobar las soliCItudes presentadas
    ~~:~~~~~~I:~~~~:I/:~r~:~ficaci6n o adqUISICIón de "'Ivienda d61 Prugrama aS! como rellisi:M y
    Constancia de Reslde~cia: Oocumer1toexpedido por parte de la Autoridad M~njcipal o la Autoridad local
    COmpel&nte, qUe Baedlt¡; que el SOliclldnte ruJlca en esa
    100000ridad
    con dnligoodaJ mayor de dos ai'lús
    4
    PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
    Constancia Unión
    Ubre:
    Docurne.uo
    emitido
    pe! :2 Aorondeo Murucioat coaoe CO''lSI2 cue íos intere saoos
    conviven en Unión Libre
    Constancia de Inexistencia de Matrimonio: Documento emitido por las ofrcínas del Registro Ci vi! de) Gobierno
    del Estado en los Ayuntamienlos
    Constancia de Posante
    Documente exoeoroo
    po- e: propietario de la
    vivienda
    donde
    manrñesta
    que le dé
    cosaca en su casa al soticuarae
    Dependiente económico Persona que
    oepe-toe económicamente
    del Jefe(a) de familia (Ejemplo el e la
    cónyuge,
    hiJOS,
    padres. hermanos, sobrinos. abuelos 'y nietos)
    Edificación de Vivienda
    Acción
    po!' la cua¡ se construye y equipa une
    "i
    v
    ienoa en un lote con servicios,
    prooieoao del INVITAS, en beneücío del solicitante aprobado bajo los esquemas del programa; la vivienda
    deberá contar con los servicios básicos
    e
    msteractones respectivas de agua, energía eléctrica y sistema de
    tratamiento de aguas negras como lo enteno- para garantizar la habitabilidad de la misma, utilizando Ecotecnies
    y EcotecnOlogias
    Ecotecnias T ecnoloqta que se util,za para le elaboración de productos o servicios que propicien el
    aprovecbemrento sustentable de los recursos naturales y reducen el impacto al medio ambiente
    Ecotecnotoqlas:
    Son dispositivos ahorradores de agua, luz y gas que generan una disminuci6n en el gasto
    familiar mensual
    Financiamiento: Asignaci6n de recursos estatales previstos en el Presupuesto de Egresos, que a. través de tes
    dependencias y entidades se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad para auxiliar en la edquis.cón de
    un bien patrimonial debiendo ser recuperable con las cargas de intereses correspondientes
    Grupos Vulnerables: Grupos sociales en condición de desventaja conformados por niños, adolescentes, adultos
    mayores y personas con discapacidad
    INVITAB: Instituto de Vivienda de Tabasco
    Identificación oficial: Documento emitido por autoridad administrativa competente, que acredite la identidad
    (credencial para
    votar,
    cartilla del servicio militar nacional, cédula profesional. pasaporte)
    Instancias de Control y Vigilancia: Instancias facultadas pare ejercer el control
    y
    la vigilancia de los recursos
    fiscales aplicados en el "PROGRAMA DE VIVIENDA pARA LA POBLACION VULNERABLE DEL EST ADQ DE
    TABASCO" 2013-2018.
    Jefe de hogar: Hombre o mujer, cabeza de familia, con por lo menos un dependiente económico
    Lotes con Servicios' Superñoe de terreno destinada a la eoiñcación una vivienda unifamiliar que contenga
    como minimo los servicios de agua potable y energía eléctrica y adicionalmente drenaje sanitario y pluvial
    Manual de Operaci6n del "PROGRAMA DE Y1VJENDA PARA LA POBLActON VULNERABLE DEL ESTADO DE
    TABASCO" 2013·20,e_d~1 ejercicio
    fi5c.1
    20104:
    Documento que conliene los procesos operativos internos a los que
    se deben de apegar le instancia (as) que parncípen en el programa, para tener vigencia de este manual deberé.
    ser aprobado por el Comité Dictaminador del Programa
    Padrón de Beneficiarios Relación de personas que han recibido un subsroio para Edificación oAdquisición de
    vrvienoa a través del programa dellNVITAB
    Persona con discapacidad Toda pet sona que presenta una ceñciencte üsice, mental o sensorial. ya sea de
    naturaleza, pecrneoente e temporal, que limita la capacidad de ejercer une o más actividades esenciales de la
    vida
    cnane
    que puede ser causada e eorevade por er entorno económico
    '1
    social
    Perspectiva de Género Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres, Se
    propone elrminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquiaacíón de las
    personas basada en e! genero, Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equtdao. el adelanto)' el
    orenesta- de las mujeres: contribuye E:construir una SOCiedad en donde las mujeres y los hombres tengar, el
    mismo valor, l"'lgualdad de oerecnos }' oporturudaoes para acceder a los recursos económicos y
    Q
    la
    representecíón pounce y social en los
    érnottos
    de loma de decisiones
    PETCS Programa Estatal de Trabajo de Contr ato-te Socia!
    Programa' "PROGRAMA DE VIV!ENDA, PAR:, l..A PQ8LACION VULNERABLE DEL ESTADO DE
    TABASCO" 2013-2016.
    \ Reglas "PROGRAMA DE VIVIENDA PARA LA POBLACION VULNERABLE DEL ESTADO DE TABASCO"
    2013-2018.
    INVITAB: mstftuto de Vivienda de Tabasco
    SMGVM: Salario Minimo General Vigente Mensual, zona A
    Solicitante: El rete de familia
    Solicitud Documento através del cual se recabará la información socoeconómica de) solicitante
    Subsidio Estatal Asignaciones de recursos estatales previstas en el Presupuesto de Egresos Que
    El
    través de
    las dependencias y entidades, se otorgan
    8
    los órferentes sectores de la sociedad para fomentar el desarrollo de
    acnvtoeoes sociales o económicas pnontanes de interés genera:
    SupervisIón Verrñceoón del avance de obra en todas sus etapas conforme a los criterios técnicos establecidos
    en el proyecto
    Verificación: Visita de campo con el prcoosno de revisar la aplicación de los subsidios y el contenido de la CIS
    ANEXO I1 ESQUEMA DE CONTRALORiA SOCIAL
    "Programa de Vivienda para la Población Vulnerable de Tabasco" 2013·2018
    Ejercicio Fiscal 2014
    El Esquema de Contraloria Social es 13 estrategia disertada para establecer la Contratorta Social en el
    "Programa de Vivienda para la Población Vulnerable de Tabasco" 2013-2018, como instrumento de los
    beneficiarios para verificar e! cumplimiento de las metas y la correcta ephcación de los recursos públicos
    asignados al Programa
    La secretaria de Conlraloría del Estado de Tabasco con base en las disposiciones establecidas en el Artículo 23
    Fracciones XXll y XV de su Reglamen:o jnteno- formula el presente Esquema de Contralorie Social, en
    coordinación con el inslíluto de Vivienda de Tabasco
    La elaboración de dicho instrumento tiene como propósito Que el INVITAS, en su carácte- de ejecctor. promueva
    le Contrator¡e Social en e¡ Programa E través de los Servidores PUblicos que designen como responsables de su
    instrumentación, mismos Que fungiran corno enlace con la Secretaria de Contraloría pare et desahogo de
    consultas yel intercambio de información en la materia
    Los aspectos Que deben considerarse en las tareas asociadas con la prornocióo de la Contraloría Social en el
    Programa, son los siguientes
    Difusión.
    la ~jv,idad de difuslón será soportada con la utilizaci6n de materiales impresos -X)IT\O audiovisuales y
    electro~lcos de carácter presencial o de otra naturaleza considerada por la Guie Operanve. que manifiesten e los
    beneñcienos del Programa la existencia
    y
    operación de la Contralorla Social
    El INVITAB determinará los medios a utilizar y serán responsables de le elaboración
    v
    distribución de los
    materiales de difusión y promoción considerando una cobertura razonable de las locah~des y municipios en
    donde se ejecuten los proyectos del Programa
    En general, los contenidos harán etusión a
    El derecho ele los beneficiaros a participar
    corno
    conrralores sociales
    E,t dere,cho los beneficiarios a solicitar in'ormación y a presentar quejas y denuncias relacionadas con la
    ejecccron de los proyectos as¡ como de los medios institucionales para gestionar1as
    El cómo participar en las actividades de Contrajorle Social
    Características del Programa: Tipos de apoyo, elegibilidad de localidades y requisaos para la solicitud.
    programaci6n
    y
    ejecución de los proyectos
    EIINVIT AS deberá establecer un plan de di! .rsión para su ámbito terrttoríaí, atendiendo los medios descritos y las
    indicaciones y elementos necesarios, Inctuvendo la difusión de Jos procedimientos para realizar las tareas de
    Contretorie Social: la Ficha Informativa del
    F
    rovecto, Minuta de Reunión, Acte de Registro, Acta de Modificación
    de Integrante del Comité de Corurator¡e Social, Formato de Quejas y Denuncias e Informe de Conclusión.
    En dicho Plan, el INVITAS indicará la mecánica y periodos en los que se realizará la producción
    y
    oisuibucíón de
    materiales e información
    11,Capacitación ~'Asesoría.
    El INVITAB brindará cepacitecion y asesor re sobre Connatone Social a los oeoeñcíenos integrantes de los
    Cornltés de Corttrelorte Social, induyendo e: manejo de Instrumentos de apoyo ~' s&guimienlo. conforme a los
    elementos contenidos en la Gula Operatrve tormutaoe para e: efecto por la Secretaria de Conlraloría dal Estado
    de Tabasco y el Instituto de Vivienda del Estado de Tabasco
    En este contexto, ellNVlTAB seré responsebie de realizar la conslituci6n de los Comités de Contralorle Social y
    captar las cédulas de seguimiento, aslmismt" brindará esesorle y capacitación a los integrantes de los Comités
    para que éstos realicen adecuadamente sus adividades da supervisión yvigilancia del Programa
    El INVITAS podrá en base a un Acuerdo de Cotabo-acsón apoyarse con la Secretaria de la Cornratoña del
    Estado para realizar las accrones QUe en metería de Contraloria socia! se firmen en un Programe Estatal de
    Trabajo - . --
    11. Seguimiento.
    El cumplimiento de las actividades de promod6n de contratorte social asignadas a los integrantes del Comité de
    Contratoria Social, así como los resuttadcs obtenidos, serán integrados e partir del formato denominado -Informe
    de Cooctustón". en los cuales los Conñé s plasmarán los resultados de las actividades de Mguimiento,
    supervisión y vigilanoa del Programa Une vez que los Comités hayan cumplido con did"las adividades,
    entreoarán allNVITAB el "Informe de Coocíustón' considerando el programa de ejecución de tos proyectos, para
    que a su vez el INVITAS fa resguarde, regdre y capture en un sistema diseñado para tal efecto, que deberé
    proporcionar leSECOr AB
    12 DE JULIO DE 2014
    PERIODICO OFICIAL
    5
    ANEXO 3.
    CUESTIONARIO DE INFORMACiÓN SOCIO ECONÓMICA
    ili
    Tabasco
    ~"'"''?<>
    ~ INVITAB
    ",,~_.;,l!t~
    ~; •. w,;,.'\(f"
    "Prcgrama de vivienda para la Población vulnereble del Estado de Tabesco 2D13-2018
    N
    adula de
    Información
    sccrceconérníce
    Solicitud
    Anexo I
    ~OLJO: _
    ff~":'D!t,.:..
    U,,'T;:;fYISTA:~~ _
    OlA Mts AÑO
    l.
    DATOS
    oei JEFE Dfl HOG:úl
    s~o:
    h__ 1.\__
    OJ~~: _
    EL.SOJ..'=IT.A!.tH.
    es
    E!.J~E
    Cff':"' •.
    1r~~:{
    JSI {
    )NO
    VIV~
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    F'AF';!JA EN H
    HOG~: ( ;
    SI ( } NO
    SEXO: 11__ M __
    C\1~;': _
    11. DATOS DE LA U81CM:IÓN DEl
    HOCAR
    r",1Ln.,;~1~:O _
    111.APOYO SOUCIT~OO
    i
    :'~Lr$!:16N O~ lOT~ cci. 5~:;\·I:}C5
    : :"'':>O.L·:,Hc~6ND~
    \,IV¡fr,e.:.
    Nl,.'!V':' o L''S':':t:.,
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    \."i\'I!:'¡~':'
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    /.5!sTIOO
    1
    l
    SE=lJN:>l.~':'
    COM;;-.ET ~
    } PiVM:':;I~ 'NCOM;'L...rTA
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    COMr-i.!"iA
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    U~:OMPi.fíA
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    CCMPlfTO o MÁS
    6
    PERIODICO OFICIAL
    12 DE JULIO DE 2014
    T
    iabasco
    .-o:ono;p
    ~ INVITAB
    l'IrIQt"•••
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    ¿cuiNT.:...5
    PE¡.;:sOt.¿:.s
    t"'~S:TAN
    EN LA
    'IlVlfNC.l? __
    ~CU':'NTCS MfNO~S
    OE
    E~OY11A'~S
    t-'':'.5ITANfNL:..
    VIVI~NCL"
    ¿C'.JANTOS
    M!~~S
    nlTR!: 4 y 15
    AÑoS ~ A.SISitNA
    u.
    ~5:t:~LA?
    ¿CUÁNTAS
    ~iOCN.\S
    OfP~~tCfNEcoN6r..,llCAME~'T~
    CEl.JffE O!LMe
    ¿CUÁNTAS PfRSONAS TAA~N'?
    -""=~ ..~
    HPECtflQL:"!
    L:o.
    OOJ~ACJCN
    CElJfF!
    O~l
    r:o~;:: _
    SI El CÓNYUGE
    T~a.:.;A. ~SPfCIClUf
    SU
    CCUPAOÓ:.t _
    ¿Tlf~ !t;H~ C:lHC~~ O':'~:iUNO
    O! SLJS
    C!¡)fNO!E~-lTfS ECONÓM!C~S
    ;.CCllO,1
    SErNlCIOS
    Q!
    S~LL'O?
    ()SI {)I;o
    SI
    ¡N~CÓ
    Q.l]! 51, fSiJ!ClflQ.l",! CV:'l.{fS}
    )OTO'O _
    i
    }SI (¡NO
    !'S;EOflc:..~QlJ~ TI?O _
    V.CAR"CTfRí5Tl= ~_LA V1\.~~" 'y'fQ\JIl'AMIfNTO"CT~l. ,. _
    ¿DE C,:"lf TIPO CE
    M':'Tf;j~:'
    ES LÁ
    MAYO~PA;:rr!
    OflPiSO O! U.
    VjYl~~,'':;':'?
    {)nfiV"'.A
    (jCfMfl-/TOOflF:.\,lf
    (¡MOSAICO, M~~".: ) KfCVll>OIMIUlTO
    ¿CE QUE
    Tl~
    Df MAif:KJ':'1.ES LAMAYORPA.F.iEOfl. TECHO?
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    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el periódico oficial del
    Estado de Tabasco,
    Dado en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, a los 7 días del mes de julio del año 2014.
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    ACUERDO
    En la ciudad de Villahermosa, Tabasco, con fecha siete de julio del año dos mil
    catorce; para dar cumplimiento a lo rderiado en el último párrafo del artículo 6
    de la Ley de Coordinación Fiscal, y con fundamento en el artículo 11, fracción
    11I
    y VI del Reglamento para la Impresión Publicación y Resguardo del Periódico
    Oficial del Estado de Tabasco; se emite el siguiente:
    ACUERDO
    Con fundamento en el artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal, que prevé que
    las Entidades Federativas deberán publicar trimestralmente, las participaciones
    federales que son transferidas a los municipios y en su caso el ajuste realizado
    al término de cada ejercicio fiscal, para dar cumplimiento a esta disposición, se
    ordena la publicación correspondiente a los
    anexos de Participaciones
    Federales Ministradas a los municipios en el segundo trimestre del
    ejercicio fiscal 2014,
    firmados por el L.C.P. Gustavo Álvarez Larios,
    Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Planeación y Finanzas.
    Paseo de la Sierra 43S Col. Reforma
    3154740y315B300
    Villahermosa. Tabasco, México
    www.spf.tabasco.gob.mx
    "2014, Conmemoración del 150 Aniversario de la Gesta Heroica del 27 de Febrero de 1864"
    8
    PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
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    Estado de Tabasco cambia contigo
    "2014, CONMEMORACIÓN DEL 150 ANIVERSARIO DE LA GESTA HEROICA DEL
    27 HE
    FEBRERO DE 1864"
    El Periódico Oficial circula los miércoles y sábados.
    Impreso en la Dirección de Talleres Gráficos de la Secretaría de Administración, bajo la Coordinación de la Dirección
    General de Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información de la Secreta
    3
    de Gobierno.
    Las leyes, decretos y demás disposiciones superiores son obligatorias por el hecho de ser publicadas en este
    periódico.
    Para cualquier aclaración acerca de los documentos publicados en el mismo, favor de dirigirse al inmueble ubicado
    en la calle Nicolás Bravo Esq. José N. Rovirosa
    #
    359,1
    0
    piso zona Centro o a los teléfonos 131-37-32,312-72-78 de
    Villahermosa, Tabasco.
    Epoca 6a. Villahermosa, Tabasco
    No.- 2409
    PERI DI
    O
    OFICIAL
    ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO
    CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
    Y SOBERANO DE TABASCO.
    PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO
    Registrado como correspondencia de segunda clase con fecha
    17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816
    12 DE JULIO DE 2014
    Suplemento
    B
    7497
    SEGUNDA SECCION
    PODER LEGISLATIVO
    AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
    ACUERDO por el que se publican las Reglas
    de
    Operación del Programa para la Físcalización del Gasto
    Federalizado en el ejercicio fiscal 2014.
    Al margen, un logotipo, que dice: Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.
    ACUERDO POR EL QUE SE PUBLICAN LAS REGLAS DE OPERACiÓN DEL PROGRAMA PARA LA
    FISCALIZACiÓN DEL GASTO FEDERALIZADO EN EL EJERCICIO FISCAL 2014
    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 38 de la ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de
    la Federación; 82, fracción XII. y 83 de la ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la
    Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión publica las
    REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA FISCALIZACiÓN DEL GASTO FEDERALlZADO EN
    El EJERCICIO FISCAL 2014.
    REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA FISCALIZACIÓN DEL GASTO FEDERALIZADO
    EN EL EJERCICIO FISCAL 2014
    CAPíTULO I
    DISPOSICIONES GENERALES
    1.- El Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado tiene por objeto fortalecer el alcance,
    profundidad, calidad y seguimiento de las revisiones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación al
    ejercicio de los recursos federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a los órganos
    político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, con excepción de las
    participaciones federales.
    2.- Para los efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
    1.
    ASF: Auditoría Superior de la Federación.
    11.
    Entidades Federativas:
    lOS
    Estados de la República Mexicana y el Distrito FederaL
    111.
    SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
    IV. ICADEFIS: Instituto de Capacitación y Desarrollo en Fiscalización Superior, adscrito a la Unidad
    General de Administración de la Auditoria Superior de la Federación.
    V. TESOFE: Tesorería de la Federación.
    VI.
    VIi.
    UPCP: Unidad de Política
    y
    Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
    EFSL: Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas Locales
    y
    de la Asamblea Legislativa
    del Distrito Federal, a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Fiscalización
    y
    Rendición de Cuentas
    de la Federación.
    2
    PERiÓDICO OFICIAL
    12 DE JULIO DE 2014
    VIII. ley: ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
    IX. LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
    X. PEF 2014: Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014.
    XI. PROFIS: Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado.
    XII. Reglas: Reglas de Operación del PROFIS.
    XIII. CVASF: Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación, de la Cámara de
    Diputados.
    XIV. Formatos: Los formatos e instructivos 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16 Y 17 de las
    Reglas de Operación.
    3.- Las presentes Reglas tienen por objeto establecer las disposiciones para la ministración, aplicación,
    control, seguimiento, evaluación, rendición de cuentas y transparencia de los recursos del PROFIS.
    4.- Estas Reglas regulan también los recursos a que se refiere el articulo 82, fracción XI, de la LFPRH,
    destinados a la fiscalización de los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas mediante
    convenios de reasignación y aquellos mediante los cuales los recursos no pierdan el carácter de federal.
    La ASF, en los términos de la lFPRH, articulo 82, fracción XII, deberá acordar con las EFSL las Reglas y
    procedimientos para fiscalizar el ejercicio de los recu~sos públicos federales, señalados en el párrafo anterior.
    5.- En el anexo
    1
    que forma parte de estas Reglas se presenta el plan de auditorias (programa preliminar)
    para el ejercicio fiscal 2014, que detalla los fondos y recursos a fiscalizar, así como la cobertura por entidad
    federativa de lasauditorias a realizarse dentro del programa, en cumplimiento del artículo 38, fracción
    11,
    incisos a y d, de la Ley. Este programa podrá registrar adecuaciones durante su ejercicio.
    En relación con los criterios normativos y metodológicos para las auditorías, señalados en el artículo 38,
    fracción
    11,
    inciso b, de la ley, serán aplicables los publicados en el Diario Oficial de la Federación del 1 de
    junio de 2009, en lo conducente y conforme al ámbito de competencia de cada EFSL En el anexo
    11,
    de estas
    Reglas, se incluyen los procedimientos y métodos necesarios para la revisión y fiscalización de los recursos
    federales, en cumplimiento del articulo 38, fracción
    11,
    inciso e, de la Ley.
    CAPiTULO
    11
    CONCERTACiÓN CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
    6.- La ASF fiscalizará el ejercicio de los recursos federales realizado por las entidades federativas y, en su
    caso, por los municipios
    y
    los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito
    Federal, en los términos de los artículos 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexícanos, 15 y
    37 de la Ley
    Las acciones para la fiscalización de los recursos federales a que se refiere el numeral 1 de las presentes
    Reglas, que lleven a cabo las EFSl, se realizarán sin perjuicio de que la ASF ejerza directamente las
    atribuciones que le confiere el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley
    y demás disposíciones juridicas aplicables.
    7.- En los Convenios de Coordinación y Colaboración suscritos por la ASF con las EFSL se establecen las
    bases generales para la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades federativas, los
    municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
    CAPíTULO
    111
    LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA DISTRIBUCiÓN DE LOS RECURSOS
    8.- los recursos del PROFIS no podrán destinarse a fines diferentes del que señala su objeto, ni suplen
    los recursos que las EFSL reciben de su presupuesto local; en tal sentido, son recursos federales adicionales
    con destino especifico y de aplicación acorde con las presentes Reglas.
    9.- La TESOFE ministrará a las EFSl los recursos del PROFIS por medio de las respectivas tesorerías de
    las entidades federativas o sus equivalentes, así como a la ASF. Para la mrnistración de los recursos del
    PROFIS a la ASF y a las EFSL, éstas deberán proporcionar a la TESOFE la información necesaría para
    agilizar el trámite correspondiente.
    10.- La ASF podrá distribuir hasta el 50 por ciento de los recursos del Programa a las EFSL, para que
    fiscalicen los recursos federales administrados o ejercidos por las entidades federativas, municipios u órganos
    político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal. El resto de los recursos será
    aplicado por la ASF para realizar auditorías, a esos mismos recursos, de manera directa
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    PERiÓDICO OFICIAL
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    11.-
    Los recursos del PROFIS, $368,710,D56.00 (trescientos sesenta y ocho millones setecientos
    diez mil cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.) aprobados en el PEF 2014, se distribuirán de la manera
    siguiente.
    1.- El 50 por ciento se entregará a la ASF para que de manera directa fiscalice los recursos federales
    transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a los órganos político-administrativos de las
    demarcaciones territoriales de Distrito Federal. La ASF podrá destinar hasta el 10 por ciento de estos
    recursos a la capacitación de su personal, al contratado por honorarios en 2014 y al personal de las EFSL, asi
    como de los gobiernos de las entidades federativas, municipios y de los órganos politico-administrativos de las
    demarcaciones territoriales del :Jistrito Federal, para lo cual privilegiará los temas técnicos que coadyuven con
    el objetivo del PROFIS, que se mencionan en el numeral 14, Fracción IV, incisos a y b, de las presentes
    Reglas y en el Plan de Profesionalización de la ASF en lo correspondiente a las actividades de capacitación
    para el personal de la ASF.
    11.-
    El' 50 por ciento restante se distribuirá entre las EFSL de conformidad con los elementos siguientes el
    10 por ciento se asignará con base en una cantidad igual para cada EFSL como factor de equidad; el 70 por
    ciento, de acuerdo con los resultados de una evaluación de la operación del PROFIS en el ejercicio fiscal
    anterior, que realizará la ASF; el 12 por ciento, para que las EFSL instrumenten actividades de capacitación
    dirigidas a los gobiernos de las entidades federativas, a los municipios y a los órganos politico-administrativos
    de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, sobre las disposiciones de la Ley de Coordinación
    Fiscal y demás normativa aplicable, respecto de los recursos federales que se les transfieren, y apoyarlos en
    su gestión adecuada; 3 por ciento con base en la proporción que representó cada entidad federativa, en 2013,
    en la asignación nacional del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social ~.t1unicipal y del Fondo de
    Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
    Federal, del Ramo General 33, en el Distrito Federal se considera sólo su asignación del segundo fondo: y el
    5 por ciento con base en el factor de fortalecimiento institucional de cada EFSL.
    El factor de fortalecimiento institucional involucra la creación de capacidades y la mejora continua de las
    EFSL. Para la determinación de este factor se consideran elementos relacionados con temas de autonomía y
    buenas prácticas de esas entidades; también se valora la participación de las EFSL en proyectos de interés
    conjunto con la ASF.
    Los recursos asignados para capacitar a los servidores públicos de los gobiernos de las entidades
    federativas, de los municipios y de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del
    Distrito Federal, se distribuirán entre las EFSL, con base en lo siguiente:
    a) Un 5 por ciento con base en un monto igual para cada EFSL, para capacitación a los gobiernos de
    las entidades federativas.
    b) Un 5 por ciento con base en un monto igual para cada EFSL, para capacitación a los municipios y a
    los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal
    e) El restante 2 por ciento, que se destinará a capacitación de los municipios y de los órganos político-
    administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal se distribuirá de acuerdo con la
    asignación del FISM de cada entidad federativa en el ejercicio 2013. En virtud de que el Distrito
    Federal no participó en dicho fondo, para los efectos de la distribución de los recursos, el cálculo se
    realizará con la inclusión en la estructura porcentual indicada anteriormente, del 50 por ciento del
    promedio nacional en dicho fondo para esta entidad federativa.
    Las EFSL distribuirán el monto que se les asigne para capacitación a los gobiernos de las entidades
    federativas, de los municipios y de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales
    del Distrito Federal, con base en la distribución proporcional anterior.
    Para el caso de la evaluación de la operación del PROFIS en el ejercicio fiscal anterior, la ASF considerará
    los elementos siguientes:
    i. Calidad
    y
    alcance de los Informes de las auditorías solicitadas Sus componentes y ponderación se
    presentan en el anexo 111
    ii. Entrega de los Informes de las auditorías solicitadas, así como oportunidad en la misma.
    iii. Oportunídad y calidad en la respuesta de las EFSL a las acciones promovidas por la ASF respecto
    de las auditorías solicitadas correspondientes a la Cuenta Pública 201'1.
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    PERiÓDICO OFICIAL
    12 DE JULIO DE 2014
    La distribución y calendarización de los recursos del PROFIS, de acuerdo con la consideración de los
    criterios señalados en el presente capitulo de estas Reglas, se presenta en el anexo IV.
    CAPíTULO IV
    OPERACiÓN Y EJECUCIÓN
    12.- Las EFSL formularán su programa de trabajo correspondiente al PROFIS, en el cual señalarán al personal
    asignado para su ejecución, que se coordinará con el responsable operativo designado por la EFSL para el manejo
    del Programa, mencionado en el numera! 32, para lo cual observarán las presentes Reglas y los formatos e
    instructivos del 1 al 1
    q,
    con excepción de los formatos 7 y 8; Ylo presentarán a la ASF, dentro de los diez días
    hábiles posteriores a ~ publicación de las Reglas en el Diario Oficial de la Federación.
    En los casos en que la Cuenta Pública no hubiere sido entregada a la Legislatura correspondiente, en la
    fecha de publicación de las Reglas, se deberá elaborar un programa de trabajo preliminar, que será entregado
    a la ASF dentro de los diez días hábiles posteriores a dicha publicación. El programa de trabajo definitivo se
    entregará a la ASF, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se proporcione a la
    Legislatura correspondiente la Cuenta Pública respectiva; para tal efecto, se presentará en los mismos
    formatos e instructivos del 1 al 10.
    Igualmente, la ASF formulará su programa de trabajo del PROFIS, para lo cual observará las Reglas y los
    formatos e instructivos del 1 al 10.
    El programa de trabajo de los recursos asignados a las EFSL para capacitación, señalados en el anexo IV,
    se presentará en el formato 5 para los recursos y acciones destinados a los gobiernos de las entidades
    federativas y en el formato 6 para los municipios
    y
    para los órganos político-administrativos de las
    demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
    13.- Recibidos los programas de trabajo a que se refiere el numeral anterior, la ASF verificará que cumplen
    con las Reglas y, en su caso, hará del conocimiento de las EFSL las observaciones que correspondan, dentro
    de los quince días hábiles posteriores a las fechas limite determinadas en el numeral 12.
    14.- Los recursos correspondientes al PROFIS serán aplicados a la fiscalización de recursos federales que
    administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios, el Distrito Federal
    y
    los órganos político-
    administrativos de sus demarcaciones territoriales, con excepción de las participaciones federales; asimismo,
    se apoyarán acciones de capacitación para realizar un ejercicio adecuado de los recursos federales.
    Lo señalado anteriormente se llevará a cabo de la manera siguiente:
    1.-
    La contratación de personal profesional Las EFSL
    y
    la ASF deberán celebrar contratos por honorarios,
    en observancia de la normativa aplícable y de los tabuladores vigentes para cada caso. El personal contratado
    con cargo en el PROFIS deberá estar vinculado con alguno de los conceptos siguientes: planeación, práctica,
    ejecución y apoyo de las auditorias, seguimiento de las acciones juridicas derivadas de éstas y de las que se
    hubieren realizado en ejercicios anteriores, operación del programa de capacitación a las EFSL y actívidades
    de las unidades administrativas de la ASF que, en el ámbito de sus competencias, apoyen la fiscalización de
    los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y los órqanos politico-administrativos
    de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
    Al efecto, la ASF y las EFSL, en la contratación de personal profesional, aplicarán los profesiogramas y
    perfiles previstos por su normativa.
    Las contrataciones no deberán rebasar el ejercicio presupuestario de 2014, tendrán el carácter de no
    regulariza bies para el PROFIS y, en el caso de las EFSL, no implicarán relación jurídica alguna con la
    Federación, por lo que será responsabilidad de éstas la relación jurídica establecida con los contratados.
    El personal profesional contratado deberá guardar reserva, en términos de las disposiciones jurídicas
    aplicables, respecto de la información a la que tenga acceso en el ejercicio de sus actividades. Igualmente,
    observará la politica de integridad de la ASF, la cual incluye el Códígo de Ética, el Código de Conducta
    y
    las
    Directrices para Prevenir el Conflicto de Intereses, y en el caso de las EFSL observarán sus politicas
    equivalentes, junto con el Código de Ética (NPSNF 30) -aprobado en el seno del Sistema Nacional de
    Fiscalízación- como una de las normas profesionales aplicables para los organismos de fiscalización a nivel
    nacional.
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    PERiÓDICO OFICIAL
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    Los viáticos y pasajes que se asignen al personal para apoyar el cumplimiento del objeto del PROFIS, se
    otorgarán y comprobarán en los términos de la normativa aplicable de las EFSL y de la ASF, según sea el
    caso.
    11.-
    La contratación de despachos externos para la realización de algunas de las auditorías programadas
    sobre los recursos federales transferidos. Las EFSL y !a ASF verificarán que los despachos cuentan con la
    capacidad y experiencia
    necesarias
    en la fiscalización de este tipo de recursos. Los despachos
    acreditarán el cumplimiento de estos requisitos, de acuerdo con las bases determinadas en cada caso por las
    EFSL y la ASF, conforme a su normativa, y presentarán constancias de no inhabilitación tanto del despacho
    como del personal que participe en las actividades relacionadas con el PROFIS; además, deberán guardar
    estricta reserva respecto de los resultados de su actuación, obligación que deberá estipularse en los contratos
    que para el caso se celebren.
    Su co;tratación tendrá un carácter excepcional
    y
    se optará por esta modalidad de ejecución, sólo cuando
    la ASF o las EFSL no cuenten con el personal auditor suficiente o con el grado de especialidad requerido para
    ejec.rtar su programa de auditorías Para la contratación de despachos externos las EFSL se sujetarán al
    modelo de contrato que se presenta en el anexo V de estas Reglas.
    De conformidad con el articulo 22 de la Ley, no podrá contratarse la realización de auditorías en materia
    de seguridad nacional, seguridad pública o defensa nacional, las cuales deberán ser efectuadas directamente
    por la ASF o las EFSL, según corresponda.
    111.-
    La adquisición o arrendamiento de equipo de cómputo, software y el mantenimiento de dichos bienes
    informáticos,
    y
    la adquisición de consumibles informáticos, relacionados con las funciones
    y
    actividades objeto
    del PROFIS, asi como el entrenamiento y la asistencia correspondientes. La ASF y las EFSL podrán destinar
    a este concepto hasta el 15 por ciento de sus asignaciones del PROFIS.
    rv.-
    Capacitación, de acuerdo con lo siguiente
    a)
    Las EFSL instrumentarán actividades de capacitación dirigidas al personal de los gobiernos de las
    entidades federativas, los municipios y los órganos politico-administrativos de las demarcaciones territoriales
    del Distrito Federal, con los recursos del PROFIS asignados en el anexo IV de las presentes Reglas, por lo
    que estos recursos no se podrán erogar en otros conceptos de gasto, y vigilarán que la oferta de cursos se
    diseñen con el enfoque Sistémico de capacitación para el ciesarrollo de capacidades técnicas. Las
    erogaciones en este concepto estarán vinculadas directamente con las actividades de capacitación
    desarrolladas, por lo que la
    prestación
    de servicios de capacitación deberá de asegurar al Estado las mejores
    condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad y demás Circunstancias pertinentes mediante la
    realización de la investigación de mercado correspondiente.
    En el anexo VI se propone un catálogo de acciones para apoyar a las EFSL en la formulación de su
    programa de capacitación dirigido a los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de los
    órganos politico-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal. Preferentemente las
    EFSL deberán alinear su proceso de capacitación a dicho catálogo, asi como también observar montos
    similares, a los considerados por la ASF, para ei pago de honorarios por concepto de contratación de servicios de
    capacitación, por lo que para mayor referencia, la ASF hará del conocimiento de las EFSL los montos
    utilizados para el pago de dicho concepto
    Para la capacitación a los gobiemos de las entidades federativas
    y
    municipios, las EFSL deberán
    establecer la vinculación necesaria con las dependencias federales coordinadoras, por medio de la Auditoría
    Especial del Gasto Federalizado de la ASF
    y
    el ICADEFIS
    Las EFSL deberán instrumentar el mecanismo necesario para dar seguimiento a la efectividad de la
    capacitación que ellos realizan, en la calidad de la gestión de los fondos o programas operados; asimismo,
    deberán aplicar a los participantes las evaluaciones de reacción y aprendizaje que permitan inferir el nivel de
    satisfacción
    y
    conocimientos logrados, debiendo informar a la ASF el resultado alcanzado e integrarlo como
    parte del informe ejecutivo anual del PROFIS, en los términos de los lineamientos que les enviará la ASF
    referidos en el numeral 31 de las presentes Reglas
    b)
    La ASF realizará actividades de capacitación dirigidas a su personal, al contratado por honorarios en
    2014 y al personal de las EFSL. Asimismo, podrá realizarlas para los gobiemos de las entidades federativas,
    municipios y de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federa!, de
    manera coordinada con las EFSL.
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    PERiÓDICO OFICIAL
    12 DE JULIO DE 2014
    Respecto de la capacitación a las EFSL, el ICADEFIS ha definido un proqrarna integral de formación
    y
    capacitación genérico, el cual contiene los temas fundamentales para apoyar el desarrollo de un proceso de
    fiscalización eficiente de dichos recursos; anexo VII de las presentes Reglas
    Ei programa especifico por reaiizar en cada caso, será acordado por la EFSL con el ICADEFIS, con base
    en la relación de temas de capacitación definidos en el programa genérico; si existen rubros particulares de
    interés adicionales a los propuestos, se podrán incorporar con un carácter complementario, siempre y cuando
    guarden una correspondencia directa con el objetivo de apoyar la fiscalización eficiente de los recursos
    federales transferidos, se hubieren atendido las necesidades prioritarias del programa de capacitación y se
    cuente con la disponibilidad presupuesta!. .
    Una vez acordados
    y
    calendarizados. los programas especificas de capacitación, las EFSL podrán
    cancelar hasta un 10% de los cursos solicitados, siempre
    y
    cuando medie escrito que exponga las razones
    debidamente justificadas
    y
    se soliciten al ICADEFIS con quince días hábiles de anticipación a la celebración
    de la actividad de capacitación
    Tanto los resultados de la efectividad de la capacrtación realizada por las EFSL, como el cumplimiento de
    los plazos y porcentajes establecidos para cancelar cursos, serán elementos a considerar en los indicadores
    de evaluación para la asignación de los recursos del siguiente ejercicio.
    La estrategia que se desarrolie privilegiará la capacitación no presencial, mediante el uso de las
    tecnologías correspondientes, a fin de apoyar el uso eficiente de los recursos destinados a esta materia
    y
    su
    mayor impacto; las acciones respectivas se complementarán con las actividades de capacitación presencial
    que sean necesarias.
    En el caso de la impartición de los cursos bajo la modalidad presencial, se deberá contar con al menos 15
    participantes; en caso contrario, el enlace de capacitación de la EFSL deberá
    enviar
    junto con su informe, la
    justificación correspondiente debidamente firmada, a efecto de hacer un uso eficiente de los recursos
    destinados a este concepto.
    En el caso de la capacitación que realice la ASF, de manera coordinada con las EFSL, para las entidades
    federativas, municipios
    y
    los órganos politico-administrativos de las dernarcac.ones territoriales del Distrito
    Federal, se establecerá la coordinación necesaria entre ambas instancias y, en relación con la ASF, será la
    Auditoría Especial del Gasto Federalizado, conjuntamente con el ICADEFIS, la instancia responsable.
    V.- Arrendamiento, adecuación
    y
    equipamiento de espacios que se dediquen a actividades vinculadas con
    el objeto del PROFIS
    Las EFSL
    y
    la ASF podrán destinar hasta el 5 por ciento de su asignación del PROFIS al arrendamiento,
    adecuación
    y
    equipamiento de espacios que se vayan a utilizar en
    actividades
    vinculadas con el objeto del
    Programa.
    VI.- La adquisición de vehículos de trabajo austeros
    y
    el arrendamiento de transporte de personal, que
    apoyen directamente la realización de las auditorias programadas con el PROFIS. La ASF podrá autorizar,
    previamente a su adquisición. otro tipo de vehículos de trabajo cuando las EFSL lo justifiquen por cuestiones
    geográficas o climáticas, según las características de las regiones en que se utilizarán.
    Se incluirán en este rubro los gastos de tenencias, derechos, seguros
    y
    reoaraciones de los vehículos
    adquiridos con el PROFIS, así como los gastos de combustibles, lubricantes y mantenimiento de los
    destinados a las auditorías apoyadas con el PROFIS.
    Las EFSL podrán destinar hasta el 12 por ciento
    y
    la ASF hasta el 2 por ciento de su asignación del
    PROFIS, al renglón de adquisición de vehículos, al arrendamiento de transporte
    y
    a los gastos referidos en el
    párrafo anterior.
    VII.-
    Gastos de administración. En este renglón se podrán considerar recursos del PROFIS; su monto no
    excederá el10 por ciento de la asignación que corresponda a las EFSl.. o a la ASF en el Programa.
    VIII.- Asesorías, cuyos resultados coadyuven a lograr el objeto del PROFIS. Se apoyarán al respecto
    aquellas asesorías distintas de las acciones de capacitación que desarrollen expertos contratados para apoyar
    a las EFSL y a la ASF, en la definición, implementación, desarrollo y
    evaluación
    de estrategias, programas y
    acciones en materia de fiscalización superior, transparencia y rendición de cuentas, de los recursos federales
    transferidos a las entidades federativas, municipios y órganos político-administrativos de las demarcaciones
    territoriales del Distrito Federal. Las EFSL
    y
    la ASF verificarán, previamente a la contratación, que los
    12 DE JULIO DE 2014 PERiÓDICO OFICIAL
    7
    prestadores de dichos servicios tienen la capacidad y experiencia necesarias Las EFSL podrán asignar como
    máximo a este concepto el :3por ciento de los recursos asignados
    y
    la ASF el 1 por ciento
    IX.- Otros requerimientcs de las EFSL y la ASF vinculados con el fortalecimiento. alcance, profundidad.
    calidad y seguimiento de las revisiones Las EFSL
    y
    la ASF podrán destinar hasta el 10 por ciento de su
    asignación del PROFIS a la atención de requerimientos distintos de los rubros anteriores, siempre y cuando
    los conceptos en que se apliquen los recursos observen correspondencia con el objeto del PR'OFIS; estos
    conceptos de gasto serán comunicados a la ASF. Algunos conceptos en los que podrán aplicarse recursos de
    este rubro son, entre otros, aparatos topográficos, equipos
    y
    herramientas que apoyen la realización de las
    auditorías, equipos de georeferenciación, equipos de aire acondicionado
    y
    cámaras fotográficas para su uso
    en las actividades de fiscalización.
    15.- Para el financiamiento del PROFIS, las EFSL
    y
    la ASF podrán cubrir con recursos propios el pago de
    cualquiera de los conceptos de gasto, a partir del mes de enero de 2014 y recuperarlos cuando se efectúe la
    ministración del PROFIS.
    16.- Si existieren modificaciones del programa de trabajo de las EFSL, deberán ser comunicadas a la ASF
    a más tardar el 26 de septiembre de 2014, la cual determinará su procedencia. De manera similar, la ASF
    podrá adecuar su programa de trabajo, antes de esa fecha.
    Con el fin de hacer un uso eficiente de los recursos, la ASF y las EFSL deberán concluir la ejecución de
    sus programas de trabajo con cargo en el PROFIS, a más tardar el 31 de diciembre de 2014.
    17.- La ASF y las EFSL contratarán las adquisiciones
    y
    servicios bajo su respectiva responsabilidad, de
    conformidad con las disposiciones aplicables
    18.- Los recursos del F'ROFIS, incluidos los rendimientos financieros obtenidos, se deberán destinar
    exclusivamente para actividades relacionadas directamente con la revisión y fiscalización de los recursos
    federales transferidos a las entidades federativas, municipios
    y
    a los órganos político-administrativos de las
    demarcaciones territoriales del Distrito Federal. De acuerdo con el articulo 54 de la LFPRH, los recursos que,
    por cualquier motivo, al 31 de diciembre, no hubieren sido devengados por las EFSL o por la ASF, deberán
    ser reintegrados por éstas a la TESOFE, dentro de los quince días naturales posteriores al término del
    ejercicio fiscal, de acuerdo con la normativa.
    19.- Los informes de las auditorías solicitadas a las EFSL que se incorporarán en el Informe del Resultado
    de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2013 deberán remitirse a la ASF en los plazos siguientes: el
    40 por ciento de los mismos antes del 1 de septiembre
    y
    el resto a mas tardar el 1 de octubre de 2014.
    Las EFSL atenderán lo Siguiente:
    a) Presentar los informes con el formato y estructura definidos por la ASF.
    b) Alinear los resultados con los dictámenes de las auditorías.
    e) Asegurarse de que todos los procedimientos de auditoría manifestados en el informe se expresen en
    resultados.
    d) Incluir en el jnforme de auditoría todos los -resultados obtenidos, aun aquellos que no tengan
    observaciones o que se hubieren solventado durante el desarrollo de las auditorias.
    e) Registrar las recuperaciones de recursos
    y
    las probables recuperaciones.
    f) Incorporar en los informes de auditoría el apartado de cumplimiento de metas y objetivos.
    g) Alinear las conclusiones del apartado de cumplimiento de objetivos
    y
    metas con los resultados del
    Informe.
    h) Precisar en los resultados la normativa que se incumple o la normativa a la que se da cumplimiento.
    i)
    Verificar la consistencia de las cifras
    y
    de la información en general.
    j) Los resultados presentados en jos informes deberán corresponder exclusivamente a los
    procedimientos considerados en las guías de auditoría (anexo
    11).
    Para la integración de los informes de auditoría a que se refiere el párrafo anterior, las EFSL observarán
    los lineamientos que la ASF les remitirá a más tardar el 30 de mayo de 2014.
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    PERiÓDICO OFICIAL
    12 DE JULIO DE 2014
    20.- La ASF revisará los informes referidos en el numeral 19 de las presentes Reglas, a fin de que
    observen los aspectos de forma
    y
    estructura solicitados, así como sus aspectos técnicos, para su
    homologación e incorporación en el Informe del Resultado de !a Fiscalización ~:uperior de la Cuenta Pública
    2013; asimismo, propondrá a las EFSL. en su caso, las adecuaciones procedentes Para tal objeto, se
    mantendrá la coordinación necesaria con las EFSL.
    21.- Las EFSL enviarán a la ASF, para cada una de las auditorías realizadas a los recursos federales
    transferidos, incluidas las auditorias solicitadas, la cédula de información básica que se indica en el anexo VIII
    de estas Reglas. La cédula de referencia se llenará por cada una de las auditorías señaladas en los
    programas de trabajo del PROFIS, incluidas sus modificaciones,
    y
    deberá ser proporcionada a más tardar el 7
    de noviembre de 2014. En el caso de que algún fondo o programa sea fiscalizado durante el año de manera
    periódica, es decir en varias ocasiones, porque así lo prevea su marco jurídico, se formulará una sola vez la
    cédula para la entidad, municipio u órgano político-administrativo de la demarcación territorial del Distrito
    Federal auditado, con los resultados finales, por lo que no se llenará una
    cédula
    para cada una de las
    revisiones efectuadas.
    CAPíTULO V
    INFORMES DEL EJERCICIO PROGRAMÁTICO DEL CUMPLIMIENTO DEL PROFIS
    22.- La ASF solicitará a la UPCP la liberación de ios recursos del PROFIS
    y
    la ministración de los recursos
    por la TESOFE a las tesorerías de las entidades federativas o sus equivalentes
    y
    a la propia ASF. La
    transferencia de los recursos se realizará por medio de la TESOFE, mediante traspaso electrónico a la cuenta
    que previamente designó
    y
    comunicó cada entidad federativa
    y
    la ASF, en los términos de las disposiciones
    jurídicas aplicables.
    23.- Las EFSL
    y
    la ASF deberán establecer cuentas productivas específicas para el manejo exclusivo de
    los recursos del PROFIS 2014
    y
    de sus rendimientos financieros.
    24.- las tesorerias de las entidades federativas o sus equivalentes enviarán a la UPCP el recibo de la
    ministración de los recursos del PROFIS, dentro de los diez dias naturales posteriores al traspaso electrónico.
    Asimismo, las EFSL enviarán a las citadas tesorerías o a sus equivalentes el recibo de la ministración de
    los recursos, dentro de los diez dias naturales a la fecha del traspaso electrónico
    25.- Las tesorerías de las entidades federativas o sus equivalentes transferirán a las EFSL los recursos del
    PROFIS, dentro de los siguientes cinco dias hábiles a su recepción, de conformidad con lo establecido en las
    presentes Reglas
    26.- La aplicación del PROFIS será responsabilidad de la ASF
    y
    de las EFSL, en los recursos que les
    correspondan; el manejo de los recursos será regulado por la Ley, el PEF 2014, estas Reglas
    y
    demás
    disposiciones federales aplicables. Asimismo, las EFSl podrán aplicar la legislación local en lo que no
    contravenga a la federal.
    27.- En caso de incumplimiento de las presentes Reglas, la P,SF
    podrá
    solicitar la suspensión de la
    ministración de los recursos a la EFSL correspondiente. Una vez subsanadas las causas que motivaron lo
    anterior, la ASF solicitará que se reanude la ministración de los recursos.
    Para el caso en que opere la suspensión en la ministración de los recursos, la EFSL de que se trate no
    estará exenta de cumplir con su programa de trabajo inherente al PROFIS.
    Dará lugar a la suspensión de la ministración de los recursos del PROFIS a las EFSL y a la ASF:
    1.-
    El destino de los recursos a un fin distinto del establecido para el PROFIS y que se indica en el numeral
    1 de estas Reglas.
    11.-
    La no entrega por las EFSL, a la ASF, de los informes trimestrales de avance del Programa; asimismo,
    la falta de formulación por la ASF de sus informes trimestrales.
    111.-
    La falta de publicación, en sus páginas de Internet, de los informes trimestrales sobre la aplicación de
    los recursos del Programa.
    IV.- La no entrega, por parte de las EFSl, de cualquiera de los informes de las auditorias solicitadas por la
    ASF
    y
    de la cédula de información básica, en las fechas previstas en los numerales 19
    y
    21 de las presentes
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    PERIÓDICO OFICIAL
    9
    Reglas, salvo en los casos plenamente justificados y con el visto bueno de la ASF; la suspensión de los
    recursos será por las rninistraciones restantes del año.
    28.- Las :::FSL deberán Enviar a la .A.SF la información trimestral de! avance del PROFIS en los formatos e
    instructivos del
    í
    1 al 17 de las presentes ~eglas, con excepción de los formatos 14 y 15; para el caso del
    primero, segundo y cuarto trimestres. ésta se proporcionará durante los quince dias hábiles siguientes al
    término de cada uno. Los informes deberán ser requisitados y enviados, incluso en caso de que no exista
    gasto ejercido.
    Para atender lo dispuesto en el articulo 38, fracción IV, de la Ley, la información correspondiente al tercer
    trimestre se acotará al periodo del 1
    0
    de julio al 15 de agosto y deberá ser proporcionada a la ASF a más
    tardar el 22 de agosto de 2014, en los formatos e instructivos del 11 al 17 de las presentes Reglas, con
    excepción de los formatos 14 y 15.
    La ASF formulará igualmente informes trimestrales, del avance del PROFIS, en los formatos e instructivos
    del 11 al17 de las presentes Reglas, en los mismos términos y fechas que las EFSL.
    29.- La ASF deberá informar a la CVASF sobre el cumplimiento del objeto del PROFIS en el mes de
    septiembre, a efecto de que ésta cuente con elementos para evaluar dicho cumplimiento, de acuerdo con lo
    establecido en la fracción IV del articulo 38 de la Ley.
    El informe citado se acompañará de un resumen ejecutivo, que deberá ser entregado a la CVASF, en
    forma impresa y en medio magnético.
    30.- A efecto de apoyar la formulación del informe referido en el numeral anterior, las EFSL proporcionarán
    a la ASF, a más tardar el 22 de agosto de 2014, el informe respectivo de su entidad federativa, conforme a los
    lineamientos y estructura que la ASF les remitirá a más tardar el 17 de junio de 2014.
    31.- Las EFSL enviarán
    8
    la ASF un informe ejecutivo anual del ejercicio presupuestal de los resultados
    del PROFIS, a más tardar el '6 de enero de 2015, que contendrá, entre otros, los resultados relevantes de las
    acciones previstas en el programa de trabajo Para tal fin, la ASF entregará a las EFSL los lineamientos para
    su formulación, a más tardar el 1 de diciembre de 2014.
    CAPíTULO VI
    SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DEL PROFIS
    32.- Con el fin de facilitar la coordinación para la operación, seguimiento y control del PROFIS, cada una
    de las EFSL deberá nombrar un responsable operativo del Programa, que fungirá como enlace operativo entre
    las partes. Su nombramiento y comunicación a la ASF deberá realizarse a más tardar dentro de los diez días
    hábiles posteriores a la publicación de las Reglas en el Diario Oficial de la Federación.
    33.- La ASF
    y
    las EFSL mantendrán los registros específicos y actualizados de los montos erogados o
    devengados. La documentacion original comprobatoria del PROFIS, debidamente cancelada con la leyenda
    "Operado PROFIS Ejercicio Presupuesta! 2014", quedará bajo su guarda y custodia, y deberá ser presentada
    por la ASF o las EFSL cuando les sea requerida por el órgano de controlo su equivalente, por la ASF para el
    caso de las EFSL o por cualquier otra entidad con atribuciones de fiscalización de dichos recursos, de
    conformidad con las facultades que les confieren las leyes correspondientes.
    34.- La ASF podrá revisar que los recursos del PROFIS, ejercidos por las EFSL, se ajusten a estas Reglas
    35.- Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de los daños y perjuicios a la
    Hacienda Pública Federal en el ejercicio del PROFIS, en que incurran los servidores públicos federales o
    locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación federal.
    CAPíTULO VII
    DE LA TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS DEL PROFIS
    36.- La distribución de los recursos del PROFIS
    y
    las presentes Reglas deberán ser publicadas en el
    Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial de las entidades federativas que correspondan.
    37.- Con objeto de transparentar el manejo
    y
    operación del PROFIS, y atender las disposiciones del
    articulo 38, fracción V, de la Ley, la ASF y las EFSL deberán publicar, en sus respectivas páginas de Internet,
    10
    PERiÓDICO OFICIAL
    12 DE JULIO DE 2014
    los informes trimestrales sobre la aplicación de los recursos del PROFIS. registrados en los formatos e
    instructivos del 11 al 17 de las presentes Reglas.
    38.- Para los efectos de la transparencia
    y
    rendición de cuentas, las EFSL deberán incluir en la
    presentación de su Cuenta Pública
    y
    en los informes del ejercicio del gasto público a la Legislatura Loca! o a
    la Asamblea Legislativa, según corresponda, la información relativa a la aplicación de los recursos del
    PROFIS.
    En el mismo sentido
    y
    con similar objetivo en los casos procedentes, la ASF, respecto de los recursos del
    PROFIS 2014 que le corresponden, cumplirá con la información.
    CAPITULO VIII
    DISPOSICIONES FINALES
    39.- Las presentes Reglas podrán ser modificadas por la ASF cuando ocurran circunstancias que lo
    ameriten, siempre en beneficio de un mejor cumplimiento del objeto del PROFIS; los cambios serán
    publicados en el Diario Oficial de la Federación.
    Previamente a su modificación, la ASF someterá a opinión de la CVASF
    y
    de la Comisión de Presupuesto
    y
    Cuenta Pública de la Cámara de Diputados los cambios propuestos de las Reglas.
    40.- La ASF interpretará para los efectos administrativos las presentes Reglas.
    TRANSITORIOS
    ÚNICO.- Las presentes Reglas entrarán en vigor a partir del dia siguiente de su publicación en el Diario
    Oficial de la Federación
    México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil catorce.- El Auditor Superior
    de la Federación, Juan Manuel Portal Martínez.- Rúbrica.
    ANEXO IV
    DISTRIBUCiÓN Y CALENDARIZACIÓN DE LOS RECURSOS POR ENTIDAD FEDERATIVA DEL PROGRAMA PARA LA FISCALIZACiÓN DEL GASTO
    FEDERALlZADO EN EL EJERCICIO FISCAL 2014 (CIFRAS EN PESOS)
    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 38 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; 82, fracción XII y 83 de la Ley Federal de
    Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados riel H. Congreso de la Unión, publica la
    DISTRIBUCiÓN
    y
    CALENDARIZACIÓN DE '-OS FlECURSOS POR ENTIDAD FEDEFiATIVA, DEL PROGRAMA PARA LA FISCALIZACiÓN IXL GASTO
    FEDERALlZADO EN EL EJERCICIO FISC,\L 2014.
    coucer-to
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    México, Distrito fCederal, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil catorce- El Auditor Superior de la Federación, Juan Manuel Portal Martínez-
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    PERiÓDICO OFICIAL 12 DE JULIO DE 2014
    Gobierno del
    Estado de Tabasco Tabasco
    cambia contigo
    "2014,
    CONMEMORACIÓN DEL
    150
    ANIVERSARIO DE LA
    ,GESTA HEROICA DEL
    27
    DE FEBRERO DE 1864"
    El Periódico Oficial circula los miércoles y sábados.
    Impreso en la Dirección de Talleres Gráficos de la Secretaría de
    Administración, bajo la Coordinación de la Dirección General de
    Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información de la Secretaría de
    Gobierno.
    Las leyes, decretos y demás disposiciones superiores son
    obligatorias por el hecho de ser publicadas en este periódico.
    Para cualquier aclaración acerca de los documentos publicados en
    el mismo, favor de dirigirse al inmueble ubicado en la calle Nicolás
    Bravo Esq. José N. Rovirosa
    #
    359, 1
    0
    piso zona Centro o a los
    teléfonos 131-37-32,312-72-78deVillahermosa, Tabasco.
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    Epoca Sa.
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    ViHahermosa, Tabasco
    No- 23bO
    PEBI DICo
    OFICIAL
    ORGANO DE D1FUSION OFICIAL DEL GOBIERNO
    CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE
    Y SOBERANO DE TABASCO.
    PUBLICADO BAJO LA DlRECCION DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO
    Registrado como correspondencla de segunda clase con fecha
    17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Características 11282816
    12 DE JULIO DE 2014
    Suplemento
    7497
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    AVISO NOTARIAL
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    HAGO SABER:
    Que por Escritura pública número
    14,728 (CATORCE ililiL SE·
    TECIENTOS VeiNTIOCHO), Volumen 57 (CINCUENTA Y SIETE), PROTOCOLO
    ABIERTO, de fecha nueve de mayo del año dos
    mit-
    catorce se radicó en esta
    Notaría Número Dos a mi cargo ia sucesión testamentaria a bienes de la ex-
    tinta señora
    MARíA CRUZ ESPlf\IOSA GORDILLO,
    también conocida
    como
    MARíA CRUZ ESPINOSA Y GORDILLO,
    los herederos
    ANíSAL ALCaCER
    ESPINOSA, ALICIA ALCOCER ESP!i'IOSA, MARíA ANTONIA ,¡\LCOCER ES-
    FINOSA, ABELARDO LEONEL ALCOCER CANTO, ANA MAYTÉ ALcaCER
    ALcaCER,
    .
    BEATRIZ
    C;"í"lTC
    VERA, ADDY MARíA ALcaCER CANTO y
    y
    ARE1'ÍNY
    MAGALI ALCOCER C],,\ITO
    aceptaron la herencia insfituida en su
    favor, así mismo aceptó ,el cargo de Albacea de dicha sucesión el señor
    ANíS.A.L ALCOCER ESPINOSA,
    quien va a proceder a formar el inventario
    y
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    de íos Cienes de la herencia.
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    PÉREZ
    NOTARIO P(J8L1CO SUSTITUTO DE
    LA NOTA.RIA PÚ8~JCA NÚMERC COS
    2
    PERIODICO OFICIAL
    12 DE JULIO DE 2014
    Gobierno del
    Estado de Tabasco Tabasco
    cambia contigo
    "2014
    J
    CONMEMORACIÓN DEL 150 ANIVERSARIO DE LA
    GESTA HEROICA DEL
    27
    DE FEBRERO DE
    1864"
    El Periódico Oficial circula los miércolesy sábados.
    Impreso en la Dirección de Talleres Gráficos de la Secretaría de
    Administración, bajo la Coordinación de la Dirección General de
    Asuntos Jurídicos y de Acceso a la Información de la Secretaría de
    Gobierno.
    Las leyes, decretos
    y
    demás disposiciones superiores son
    obligatorias por el hecho de ser publicadas en
    este
    periódico.
    Para cualquier actaración acerca de tos
    documentos
    publicados en
    el mismo, favor de dirigirse al inmueble ubicado en la calle Nicolás
    Bravo Esq. José N. Rovirosa
    #
    359, 1
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    piso zona Centro o a los
    teléfonos 131-.37 -32,3'12-'12-78 de vlllahennosa. Tabasco.

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