Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 04 de Septiembre de 2013 (3º Sección)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Ing. Jorge Vicente Messeguer Guiln
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación Estatal de Reinserción Social y la
Industria Penitenciaria del Estado de Morelos.
Cuernavaca, Mor., a 04 de Septiembre de 2013
6a. época
5115
TERCERA SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
ORGANISMOS
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
Dictamen del Informe Anual que presentó el Partido del Trabajo ante el Instituto Estatal Electoral sobre
el origen, destino y monto de los Ingresos que recibió por cualquier modalidad de financiamiento, así
como su empleo y aplicación, correspondiente alEjercicio Ordinario del año 2012.
………………………………..…………………………Pág. 2
Dictamen del Informe Anual que presentó el Partido Verde Ecologista de México ante el Instituto Estatal
Electoral sobre el origen, destino y monto de los Ingresos que recibió por cualquier modalidad de
financiamiento, así como su empleo y aplicación, correspondiente alEjercicio Ordinario del año 2012.
………………………………..…………………………Pág. 30
Dictamen del Informe Anual que presentó el Partido Político Movimiento Ciudadano ante el Instituto
Estatal Electoral sobre el origen, destino y monto de los ingresos que recibió por cualquier modalidad
de financiamiento, así como su empleo y aplicación, correspondiente alEjercicio Ordinario del año
2012.
………………………………..…………………………Pág. 50
Dictamen del Informe Anual que presentó el Partido de Nueva Alianza ante el Instituto Estatal Electoral
sobre el origen, destino y monto de los Ingresos que recibió por cualquier modalidad de financiamiento,
así como su empleo y aplicación, correspondiente alEjercicio Ordinario del año 2012.
………………………………..…………………………Pág. 72
Dictamen del Informe Anual que presentó el Partido Socialdemócrata de Morelos ante el Instituto
Estatal Electoral sobre el origen, destino y monto de los Ingresos que recibió por cualquier modalidad
de financiamiento, así como su empleo y aplicación, correspondiente al Ejercicio Ordinario del año
2012.
………………………………..…………………………Pág. 97
Página 2 TERCERA SECCIÓN 04 de septiembre de 2013
DICTAMEN EJERCICIO ORDINARIO 2012
PARTIDO DEL TRABAJO
DICTAMEN DEL INFORME ANUAL QUE PRESENTÓ EL PARTIDO DEL TRABAJO ANTE EL INSTITUTO
ESTATAL ELECTORAL SOBRE EL ORIGEN, DESTINO Y MONTO DE LOS INGRESOS QUE RECIBIÓ POR
CUALQUIER MODALIDAD DE FINANCIAMIENTO, ASÍ COMO SU EMPLEO Y APLICACIÓN, CORRESPONDIENTE
AL EJERCICIO ORDINARIO DEL AÑO 2012.
1. Presentación
El Dictamen se presenta de conformidad a lo dispuesto por los artículos 20, 23, 66 fracción I y último párrafo,
67 incisos a) y d), 68, 106 fracción VI y XIX, 110 fracción IV y 119 del Código Electoral del Estado Libre ySoberano
de Morelos, así como lo establecido en los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 33, 91, 92, 93, 94, 101, 102, 115, 116, 117, 121, 122,
123, 124, 129, 130, 131, 132 y 134, y demás relativos y aplicables del Reglamento de Fiscalización de los Ingresos
que reciban los Partidos Políticos por cualquier modalidad de financiamiento, así como su empleo y aplicación,
aprobado por el Consejo Estatal Electoral el 27 de Noviembre de 2008, aplicable a la revisión de los informes
correspondientes al Gasto Ordinario del año 2012.
La normatividad de referencia, precisa los lineamientos, formatos, instructivos y catálogo de cuentas que
deberán observar los Partidos Políticos para la presentación de los informes sobre el origen, destino y monto de los
ingresos que reciban por cualquier modalidad de financiamiento, así como su empleo y aplicación, en este sentido, el
presente dictamen contiene los siguientes aspectos:
El marco legal aplicable en la presentación, revisión y dictamen de los informes sobre los ingresos y gastos
del ejercicio ordinario del año 2012.
El resultado y las conclusiones de la revisión de los informes que hayan presentado los partidos políticos.
Los procedimientos y formas de revisión aplicados.
El desglose por rubros de los ingresos y gastos de los partidos políticos.
En su caso, la mención de los errores o irregularidades encontradas en los mismos; o generadas con
motivo de su revisión, y
El señalamiento de requerimientos y notificaciones realizados, así como las aclaraciones o rectificaciones
que presentaron los partidos políticos, después de haber sido notificados con ese fin y la valoración correspondiente.
2. Marco Legal aplicable
En ella se establecen los principios básicos del régimen de fiscalización de los recursos de los partidos y las
agrupaciones políticas.
En este sentido, las fracciones I y II del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
señalan lo siguiente:
I. “Los Partidos Políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su
registro legal y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral. Los Partidos Políticos nacionales
tendrán derecho a participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal.
Los Partidos Políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a
la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos
al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio
universal, libre, secreto y directo. Sólo los ciudadanos podrán formar Partidos Políticos y afiliarse libre e
individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social
diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.
Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los Partidos Políticos en los
términos que señalen esta Constitución y la ley.
II. La ley garantizará que los Partidos Políticos nacionales cuenten de manera equitativa con elementos para
llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento de los propios partidos y sus
campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezc an sobre los de origen privado. …”
En correlación con lo antes expuesto la fracción I del artículo 23 de dicho ordenamiento legal establece:
“ …
I.- Los Partidos Políticos son entidades de interés público. Tienen como fin promover la participación del pueblo
en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación estatal y como organizaciones de ciudadanos,
hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público de acuerdo con los programas, principios e ideas que
postulen y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo. La ley determinará las formas específicas de su
intervención en los procesos electorales del Estado. La afiliación de los ciudadanos será libre e individual a los
Partidos Políticos.
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La ley establecerá las reglas para la constitución y registro de los Partidos Políticos estatales.”
En relación con los derechos y obligaciones de los Partidos Políticos con registro en el Estado, relativos a la
presentación de los informes correspondientes al Gasto Ordinario del año 2012, su revisión por parte de la Comisión
de Fiscalización del Consejo Estatal Electoral del Instituto Estatal Electoral, son aplicables las siguientes
El artículo 20 señala que: ”Los Partidos Políticos son entidades de interés público conforme a lo dispuesto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la particular del Estado de Morelos y en el presente
código; tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, propiciando la emisión
consciente y libre del sufragio; compartir con los organismos electorales la responsabilidad del proceso electoral;
contribuir a la integración de la representación estatal, y con el carácter de organizaciones de ciudadanos, hacer
posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principio s e ideas que
postulen y mediante el sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
Asimismo, el artículo 23, precisa que “La acción de los Partidos Políticos tenderá a:
I. Propiciar la participación democrática de la ciudadanía en los asuntos públicos;
II. Promover la formación ideológica de sus militantes para el desarrollo democrático del Estado;
III. Coordinar acciones políticas, sociales y electorales, conforme a sus principios, programas y estatutos;
IV. Fomentar discusiones sobre intereses comunes y deliberaciones sobre objetivos nacionales, estatales y
municipales, con el fin de establecer vínculos permanentes entre la opinión ciudadana y los poderes públicos;
V. Observar los principios democráticos en el desarrollo de sus actividades”.
Por su parte el artículo 43 establece que “Los Partidos Políticos tendrán a su cargo los siguientes deberes:
“…
IX. Presentar los informes anuales sobre el origen y aplicación de los recursos públicos, así como los informes
sobre los ingresos y gastos de las precampañas y campañas electorales, de acuerdo al reglamento y los lineamientos
establecidos;
XI. Destinar los bienes muebles e inmuebles que tengan o adquieran en propiedad, o de los que tengan o
adquieran la posesión por cualquier título, al cumplimiento exclusivo, inmediato y directo de sus fines, debiendo
presentar en su informe anual el inventario de éstos que contenga los resguardos y ubicación de los mismos;
XII. Permitir la práctica de auditorías y verificaciones en sus instalaciones cuando así lo ordene la autoridad
electoral en materia de financiamiento, así como entregar la documentación que la propia comisión le solicite respecto
a sus ingresos y egresos. Es procedente la práctica de una auditoria, cuando un partido político omita presentar los
estados financieros previo requerimiento de la comisión de fiscalización y el costo de la misma será con cargo al
financiamiento del partido infractor;
XIII. Llevar su contabilidad en lo conducente conforme al reglamento que deberá proporcionar anualmente el
órgano técnico de fiscalización del Instituto;
XIV. Conservar toda la documentación comprobatoria que respalde los asientos contables por un período de 5
años contados a partir de la aprobación y publicación del dictamen;
…”
Con relación al Financiamiento de los Partidos Políticos, los artículos 49, 50, 51, 52, 53, 54, 60, 61, 62, 63, 64 y
65, establecen lo siguiente:
“Artículo 49.- El financiamiento de los Partidos Políticos tendrá las modalidades de público o privado, de
conformidad con lo dispuesto en este código.
Artículo 50.- El financiamiento público prevalecerá sobre los otros tipos de financiamiento. El rubro de
financiamiento público para campañas no podrá ser superior a los topes de gastos de campaña.
El financiamiento privado no podrá ser superior al diez por ciento del financiamiento público a partidos políticos.
Tanto el financiamiento público como el privado tendrán las modalidades de directo, que consistirá en
aportaciones en dinero; e indirecto que será el otorgado en bienes o servicios a los que se refiere este código.
Artículo 51.- No podrán realizar aportaciones o donativos a los Partidos Políticos regulados por este código, en
dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia:
I. Las personas jurídicas de carácter público, sean estas de la federación, de los estados, los ayuntamientos o
del Gobierno del Distrito Federal, salvo los establecidos en la ley;
II. Los servidores públicos, respecto de los recursos financieros que estén destinados para los programas o
actividades institucionales;
III. Los partidos políticos, personas físicas o jurídicas extranjeras;
IV. Los organismos internacionales de cualquier naturaleza;
V. Las asociaciones, iglesias de cualquier religión;
VI. Las personas morales mexicanas de cualquier naturaleza;

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