Periódico Oficial del Estado de México 'Gaceta del Gobierno' del 01 de Agosto de 2013 (Sección Segunda)

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 00I i 021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Brenda Alejandra Romero Paredes Esquivel
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCVI
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 450
SUMARIO:
Toluca de Lerdo, Méx., jueves i o. de agosto de 2013
No. 19
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE
CIRCULAR-015- 2013 MEDIANTE LA CUAL SE HACE DEL
CONOCIMIENTO QUE A PARTIR DEL SEGUNDO SEMESTRE DE
2013, LOS FOLIOS DE CERTIFICADOS DE VERIFICACION
VEHICULAR CON ElIOLOGRAMA, DEBERAN DE UTILIZARSE DE
FORMA CONSECUTIVA POR TIPO "00", "0" Y "2", ASIMISMO LA
COMPROBACION DE PAPELERIA QUE SOPORTA CADA
VERIFICACION VEHICULAR REALIZADA, DEBERA SER
LINEAMIENTOS ESPECIFICOS PARA LA OPERACION Y
ENTREGADA EN LA DIRECCION GENERAL DE PREVENCION Y
FUNCIONAMIENTO DEL COMITE INTERNO DE MEJORA
CONTROL DE LA CONTAMINACION ATMOSFERICA.
REGULATORIA DEL FIDEICOMISO C3 DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MEXICO.
AVISOS JUDICIALES: 3199, 3207, 3223, 3267, 531-131, 532-B1, 534-131,
SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE
535-131. 536-131, 3274, 3276, 887-Al, 889-Al, 3262, 3265
y
3266.
CIRCULAR-O I 4- 2013 MEDIANTE LA CUAL SE HACE DEL
CONOCIMIENTO DE LOS CENTROS DE VERIFICACION
1 AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3273, 3275, 890-A 1 ,
VEHICULAR AUTORIZADOS EN LA ENTIDAD, QUE A PARTIR
886-Al, 3268, 3269, 3270, 3271, 3272, 530-BI, 533-B1, 3277, 885-A1,
DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE CIRCULAR, DEBERAN ;
892-AI, 3264, 530-B I, 886-A I, 3278, 883-A 1 , 3279, 884-A 1 , 883-A 1 ,
DE REALIZAR SU SOLICITUD DE PEDIDOS CONFORME AL i
3263. 891-Al
y
888-A 1 .
CALENDARIO DE VENTAS DE PAPELERIA,
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
ARQUITECTO
ALEX METTA COHEN
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
"CONJUNTO PARNELLI", S.A. DE C.V.
PRESENTE
Me refiero a su formato y escrito recibidos el doce de julio de dos mil trece, con número de folio ACU-005/13, por los que solicita a la
Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, autorización para llevar a cabo el desarrollo de
un Conjunto Urbano de tipo habitacional de interés social denominado
"PASEOS DEL LAGO II
-
B",
para desarrollar 2,600 viviendas, en una
fracción de terreno con superficie de 301,902.08 M
2
(TRESCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS DOS PUNTO CERO OCHO METROS
CUADRADOS), de una superficie de 486,488.57 M
2
(CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO
PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS), ubicado en la Carretera Zumpango - Los Reyes Acozac No. 1750-A, Ranchería
Buenavista, Municipio de Zumpango, Estado de México, y
CONSIDERANDO
Que el Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XVII, define al conjunto urbano como "la modalidad que se
adopta en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar o reordenar, como una unidad espacial integral, el trazo de la
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA EMPRESA "CONJUNTO
PARNELLI", S.A. DE C.V., EL CONJUNTO URBANO DE TIPO
HABITACIONAL DE INTERES SOCIAL DENOMINADO "PASEOS
DEL LAGO II-B", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ZUMPANGO,
ESTADO DE MEXICO.
SECRETARIA DE FINANZAS
Página 2
4G A IC ET
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,
1 CD.
I o. de agosto de 2013
infraestructura vial, la división del suelo, las normas de usos, aprovechamientos y destinos del suelo, las obras de infraestructura,
urbanización y equipamiento urbano, !a ubicación de edificios y la imagen urbana de un predio ubicado en áreas urbanas o urbanizables".
Que el mismo ordenamiento legal, en su artículo 5.38 fracción
VIII,
establece que la autorización del conjunto urbano comprenderá según el
casó, las autorizaciones relativas a la lotificación en condominios, subdivisiones, fusiones y apertura, ampliación o modificación de vías
públicas, u os específicos del suelo y sus normas de aprovechamiento, cambios de uso del suelo, de densidad de vivienda, coeficiente de
ocupación rpel suelo, coeficiente de utilización del suelo y altura de edificaciones.
Que media te la Escritura Pública No. 40,586 de fecha veintiocho de diciembre de mil novecientos setenta y nueve, otorgada ante la fe del
Notario Pú iIico No. 104 dei Distrito Federal, México, se hizo constar la
de la empresa "Conjunto Parnelli", S.A., la cual se
encuentra i scrita en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, México, bajo el folio mercantil No. 00019819 de fecha veintisiete
de marzo d- mil novecientos ochenta.
Que a trae: s de la Escritura Pública No. 26,426 de fecha ocho de octubre de dos mil uno, otorgada ante la fe del Notario Público No. 86 del
Distrito Fe ral, México, se hizo constar la
transformación
de la sociedad "Conjunto Parnelli", S.A., a "Conjunto Parnelli", S.A. de C.V., así
como la a pliación de su objeto social, entre otros, por lo que puede llevar a cabo la realización de todo tipo de obras ya sean públicas o
privadas, r lacionadas con la construcción, conservación, reparación, demolición, lotificación, fraccionamiento y urbanización de toda clase
de bienes i muebles, la cual se encuentra inscrita en la Dirección General del Registro Público del Comercio del Distrito Federal, México, en
el folio mor antíl No. 19819 de fecha veinticuatro de octubre de dos mil uno.
Que se en' centra acreditada su
personalidad jurídica,
según consta en la Escritura Pública No. 33,097 de fecha seis de julio de dos mil
cinco, otor ada ante la fe del Notario Público No. 86 del Distrito Federal, México, inscrita en el Registro Público del Comercio del Distrito
Federal, M xico, en el folio mercantil No. 19819 de fecha diecinueve de septiembre de dos mil cinco.
Que se acr ditó la
propiedad
del terreno a desarrollar, mediante los siguientes documentos:
Escritu a Pública No. 50,356 de fecha primero de septiembre de dos mil diez, otorgada ante la fe del Notario Público No. 85 del Estado
de Mé ico, y del Patrimonio Inmueble Federal, la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito de
Zumpa go, en el Libro lo, Sección Primera, bajo la Partida No. 129, Volumen 102, de fecha ocho de septiembre de dos mil diez.
Escritu a Pública No. 19,797 de fecha quince de febrero de dos mil once. otorgada ante la fe del Notario Público No. 99 del Estado de
México inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Zumpango, en el Libro I°, Sección Primera, bajo la Partida No. 386, Volumen
107, d: fecha tres de marzo de dos mil once.
Escritu Pública No. 3,748 de fecha doce de octubre de dos mil once, otorgada ante la fe del Notario Público No. 138 del Estado de
México la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito de Zumpango, en el folio real electrónico No.
00026 8 de fecha veintisiete de octubre de dos mil once.
Que la Se
Viabilidad
doce, el cu
etaría de Desarrollo Urbano a través de la Dirección General de Operación Urbana, expidió la correspondiente
Constancia de
ara el proyecto del conjunto urbano mediante el oficio No. 22402A0000/3405/2012 de fecha dieciséis de noviembre de dos mil
I fue ratificado y rectificado mediante el diverso oficio No. 224000000/1686/2013 de fecha veintidós de mayo del dos mil trece.
Que la Di ección de Desarrollo Urbano del Municipio de Zumpango, expidió la correspondiente
licencia de uso del suelo
No.
DUMIAR/L S/2012/062 de fecha veintidós de octubre de dos mil doce.
Que el Mu icipio de Zumpango a través del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable,
Alcantarilla io y Saneamiento de Zumpango (ODAPAZ), mediante oficio No. ODAPAZ/DG/121/2012 de fecha veintiuno de mayo de dos mil
doce, otorgó la
factibilidad de dotación de servicios
de agua potable y drenaje para el desarrollo. Por su parte, la Comisión del Agua del
Estado de México (CAEM), a través del oficio No. 206B10000/FAC/039/2013 de fecha veintiuno de marzo de dos mil trece, emitió la
correspond ente opinión técnica favorable para la autorización del desarrollo.
Que media te oficios Nos. SGG/SSC/DGPC/0-6077/2012 de fecha dieciocho de octubre de dos mil doce y SGGISSC/DGPC/0-1989/13 de
fecha tres 'e abril de dos mil trece, la Dirección General de
Protección Civil
de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de
México, e tió el respectivo dictamen favorable sobre riesgos para el desarrollo del conjunto urbano.
Que la Dira ción General de Ordenamiento e Impacto Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México,
expidió la utorización en materia de
impacto y riesgo ambiental
a través del oficio No. 212130000/DGOIA/RESOL/069/13 de fecha
catorce de arzo de dos mil trece.
Que la Dirección General de Vialidad del Gobierno del Estado de México, expidió el dictamen de
incorporación e impacto vial,
mediante
oficio No. 21101A00011635/2012 de fecha seis de diciembre de dos mil doce.
Que el Municipio de Zumpango a través de la Dirección de Desarrollo Urbano, mediante oficio No. DUM/204/2012 de fecha once de junio de
dos mil docp, manifestó su
opinión favorable
para la realización del proyecto de conjunto urbano que nos ocupa.
Que media te oficio No. 3-PCM-SYA-1209/2012 de fecha veinticuatro de julio de dos mil doce, expedido por el Jefe de Oficina de Atención
a Solicitud Zona de Distribución Ecatepec de la Comisión Federal de Electricidad, emitió la factibilidad de suministro de
energía eléctrica
para el pro ecto del conjunto urbano de referencia.
Que en tértninos de lo establecido por el artículo 47 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, la
Directora General de Operación Urbana y en su carácter de Secretaria Técnica de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano y Vivienda,
emitió el correspondiente
Informe Técnico
a través del oficio No. 224020000/1946/2013 de fecha diez de junio de dos mil trece.
I o. de agosto de 20 13
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Página 3
Que la Dirección General de Operación Urbana a través del oficio No. 224020000/2276/2013/32 de fecha tres de julio de dos mil trece,
manifestó a la empresa promotora del desarrollo que puede
continuar con el trámite
de autorización del conjunto urbano que nos ocupa,
toda vez que se encuentra dentro del proceso de cumplimiento de las obligaciones derivadas de autorizaciones urbanas que le han sido
otorgadas con anterioridad.
Que una vez realizado el estudio correspondiente de la documentación exhibida, tanto desde el punto de vista técnico como legal, se llegó a
la conclusión de que se encuentran satisfechos los requisitos que señala el Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del
Estado de México, para la autorización del conjunto urbano de referencia.
Que con apoyo en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones II y XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México; 5.3 fracción XVII, 5.5, 5.6, 5.7, 5.9 fracción IV, 5.37 fracción I inciso b) y 5.38 fracción VIII del Libro Quinto del Código Administrativo
del Estado de México, 52 de su Reglamento, así como en lo dispuesto por los artículos 118 y 119 fracción I del Código Financiero del
Estado de México y Municipios, y con fundamento en lo establecido por los artículos 3 fracción II, 7 y 10 fracción I del Reglamento Interior
de la Secretaría de Desarrollo Urbano, en relación con el acuerdo delegatorio de facultades publicado en la
"Gaceta del Gobierno"
dei
Estado de México, el veintitrés de mayo del dos mil ocho y considerando que es interés del Gobierno del Estado de México y del H.
Ayuntamiento de Zumpango, apoyar la oferta de suelo para la generación de viviendas en la Entidad, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.
Se autoriza a la empresa "Conjunto Parnelli", S.A. de C.V., representada por usted, el Conjunto Urbano de tipo
habitacional de interés social
denominado
"PASEOS DEL LAGO II-B",
como una unidad espacial integral para que
en una fracción de terreno con superficie de 301,902.08 M
2
(TRESCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS DOS PUNTO
CERO OCHO METROS CUADRADOS), de una superficie de 486,488.57 M
2
(CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS
MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS), ubicado en la
Carretera Zumpango-Los Reyes Acozac No. 1750-A, Ranchería Buenavista, Municipio de Zumpango, Estado de
México, lleve a cabo su desarrollo para alojar 2,600 viviendas, conforme a los Planos de Lotificación Nos. 1 de 2 y 2 de
2, los cuales forman parte integrante de la presente autorización para todos los efectos legales y de acuerdo a las
siguientes características generales:
SUPERFICIE HABITACIONAL VENDIBLE:
183,259.80 M
2
SUPERFICIE DE COMERCIO DE PRODUCTOS Y
SERVICIOS BASICOS VENDIBLE:
2,629.45 M
2
SUPERFICIE DE DONACION AL MUNICIPIO:
40,401.66 M
2
(Incluye 9,201.66 M
2
Adicionales)
SUPERFICIE DE VIAS PUBLICAS:
75,611.17 M
2
SUPERFICIE TOTAL DEL CONJUNTO URBANO:
301,902.08 M
2
NUMERO DE MANZANAS:
15
NUMERO DE LOTES:
331
NUMERO DE VIVIENDAS:
2,600
En términos de lo dispuesto por el artículo 5.38 fracción VIII del Código Administrativo del Estado de México, el presente
Acuerdo por el que se autoriza el Conjunto Urbano denominado
"PASEOS DEL LAGO II-B",
incluye como
autorizaciones del mismo, la subdivisión de predios, la apertura de vías públicas y subdivisión en lotes, y la lotificación
para edificaciones en régimen condominial, mismas que se expresan gráficamente en los Planos de Lotificación Nos. 1
de 2 y 2 de 2, anexos a esta autorización.
SEGUNDO.
Con fundamento en lo establecido en los artículos 5.38 fracción X incisos a), b), c) y e) del Código Administrativo del
Estado de México; 42 fracción IV, 54, 58 y 59 fracción II del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del
Estado de México, y a su solicitud, las áreas de donación, obras de urbanización y de equipamiento correspondientes al
desarrollo serán:
1.
AREAS DE DONACION.
Deberá ceder al Municipio de Zumpango, Estado de México, un área de 75,611.17 M
2
(SETENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS ONCE PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS), que será destinada para
vías públicas.
Igualmente deberá cederle un área de 31,200.00 M
2
(TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS METROS
CUADRADOS) que le corresponden por reglamento y dona adicionalmente 9,201.66 M
2
(NUEVE MIL
DOSCIENTOS UNO PUNTO SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS), por razón de proyecto, la cual suma
una superficie total de 40,401.66 M
2
(CUARENTA MIL CUATROCIENTOS UNO PUNTO SESENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS), misma que será destinada a
equipamiento urbano, espacios verdes y servicios
públicos.
Estas donaciones deberán estar debidamente habilitadas para su ocupación inmediata en el
momento de su entrega-recepción y se encuentran identificadas en el respectivo plano de lotificación.
Asimismo, deberá cederle al Gobierno del Estado de México, un área equivalente a 15,600.00 M
2
(QUINCE MIL
SEISCIENTOS METROS CUADRADOS), que se utilizará de conformidad con lo previsto por el artículo 54 del
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, su localización será fijada por la

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