Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua del 12 de Junio de 2013

Chihuahua, Chih., miércoles 12 de junio del 2013. No. 47
P e riódico Oficial
Todas las leyes y demás disposiciones supremas son obligatorias por el sólo hecho de publicarse
en este Periódico.
Responsable: La Secretaría General de Gobierno. Se publica los Miércoles y Sábados.
Registrado como
Artículo
de segunda Clase de
fecha 2 de Noviembre
de 1927
Gobierno del Estado
Libre y Soberano de Chihuahua
GOBIERNO LOCAL
PODER LEGISLATIVO
DECRETO No. 1202/2013 II P.O., mediante el cual se expide la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado
de Chihuahua y se abroga el Código para la Protección y Defensa del Menor.
(FOLLETO ANEXO)
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DECRETO No. 1267/2013 II P.O., mediante el cual se otorga al C. Julio Adrián Alonso Franco, Agente de la Policía de la División
Preventiva, dependiente de la Policía Estatal Única, y esta a su vez de la Fiscalía General del Estado, una pensión mensual,
equivalente al 100% de las percepciones que recibiera con motivo de sus funciones, por habérsele declarado una incapacidad
permanente total para la función laboral, derivada de los hechos sucedidos en fecha 15 de diciembre del año 2010, en ejercicio
de su función.
Pág. 3227
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DECRETO No. 1268/2013 II P.O., mediante el cual se adicionan cinco párrafos al Artículo Primero del Decreto No. 855/2012 VII
P.E., relativo a pensión otorgada a familiares del C. Tito Jaime Rodríguez Aviña.
Pág. 3227
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DECRETO No. 1269/2013 II P.O., mediante del cual se adicionan seis párrafos al Artículo Primero del Decreto No. 426/2011 II
D.P., relativo a pensión otorgada a familiares del C. Jesús Manuel Cruz Landín.
Pág. 3228
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DECRETO No. 1276/2013 II P.O., mediante el cual se otorga a la C. Diana Rebeca Pérez Carrillo y a la menor Alexia Abigail
Obregón Pérez, una pensión mensual equivalente al 100% de las percepciones que recibiera con motivo de sus funciones, el C.
Octavio Obregón Villanueva, quien fuera Agente de Policía de la División Preventiva, dependiente de la Policía Estatal Única, y
esta a su vez de la Fiscalía General del Estado.
Pág. 3230
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DECRETO No. 1277/2013 II P.O., mediante el cual se otorga a la C. Audrey Araiza Villegas y a la menor Mya Nicole González
Araiza, una pensión mensual equivalente al 100% de las percepciones que recibiera con motivo de sus funciones, el C. Mario
Ramón González Chavarría, quien fuera Agente del Ministerio Público, dependiente de la Fiscalía Especializada en Investigación
y Persecución del Delito Zona Norte, y esta a su vez de la Fiscalía General del Estado.
Pág. 3231
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PERIODICO OFICIAL miércoles 12 de junio del 2013.3226
DECRETO No. 1278/2013 II P.O., mediante el cual se otorga a los ciudadanos Servando Javier Ríos Fernández y Silvia Leticia
Márquez Álvarez, una pensión mensual equivalente al 100% de las percepciones que recibiera con motivo de sus funciones, el
C. Alan Servando Ríos Márquez, quien fuera Agente de Policía de la División de Investigación, dependiente de la Policía Estatal
Única, y esta a su vez de la Fiscalía General del Estado.
Pág. 3232
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PODER EJECUTIVO
ACUERDO No. 050 del C. Gobernador Constitucional del Estado, mediante el cual se ordena la publicación del Acuerdo del H.
Ayuntamiento del Municipio de Juárez, Chih., por el que se aprueba la reforma del Reglamento de Construcción del Municipio de
Juárez.
(FOLLETO ANEXO)
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ACUERDO No. 051 del C. Gobernador Constitucional del Estado, por el que se ordena la publicación del Acuerdo del H.
Ayuntamiento de Chihuahua, Chih., por el que se autoriza el estudio de planeación urbana denominado “Cambio de Uso de
Suelo Inmobiliaria Sierra Azul, S.A. de C.V.”, para llevar a cabo el cambio de uso de suelo de área natural de valor ambiental a
habitacional H35, en un predio con supercie de 10,461,264 metros cuadrados.
(FOLLETO ANEXO)
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ACUERDO No. 052 del C. Gobernador Constitucional del Estado, mediante el cual se crean las Reglas de Operación para la
Asignación de Subsidio Económico de los Gastos de Operación a las Organizaciones de la Sociedad Civil, para el Ejercicio Fiscal
2013.
Pág. 3233
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SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PUBLICAS
CONVOCATORIA Nacional de Obra Pública de Licitación No. SCOP-DOP-08-2013, relativa a la remodelación y adaptación de las
instalaciones para el Centro de Rehabilitación Integral (CRI) de Cd. Juárez, Chih.
Pág. 3241
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PRESIDENCIA MUNICIPAL H. DEL PARRAL, CHIH.
CONVOCATORIA Nacional de Obra Pública No. DOPM-LP-1123-13, relativa a la construcción de centro comunitario Héroes de
la Revolución.
Pág. 3242
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PRESIDENCIA MUNICIPAL CHINIPAS, CHIH.
CONVOCATORIA Pública Nacional de la Licitación Pública Núm. F-200004, relativa a la pavimentación con concreto hidráulico
en varias calles de ese Municipio.
Pág. 3243
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CONVOCATORIAS, EDICTOS DE REMATE, AVISOS JUDICIALES Y DIVERSOS.
Pág. 3244 a la Pág. 3280
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PERIODICO OFICIAL
miércoles 12 de junio del 2013.
GOBIERNO LOCAL
PODER LEGISLATIVO
EL CIUDADANO LICENCIADO CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVIDO EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O:
DECRETO No. 1267/2013 II P.O.
LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN
SU SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL,
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO.- En cumplimiento a lo dispuesto por la fracción XXXVI, del Artículo 64 de la Constitución Política del Estado,
y de conformidad a lo solicitado por el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, se otorga al C. Julio Adrián Alonso Franco, Agente de
la Policía de la División Preventiva, dependiente de la Policía Estatal Única, y esta a su vez de la Fiscalía General del Estado, a
partir de la entrada en vigor del presente Decreto, una pensión mensual de $15,250.58 (QUINCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
PESOS 58/100 M.N.), equivalente al 100% de las percepciones que recibiera con motivo de sus funciones, por habérsele declarado
una incapacidad permanente total para la función laboral, derivada de los hechos sucedidos en fecha 15 de diciembre del año
2010, en ejercicio de su función.
La cantidad otorgada será entregada directamente al C. Julio Adrián Alonso Franco, o a través de un representante legal, si llegara
a requerirse.
La pensión otorgada aumentará en el mismo porcentaje en que se incrementen las percepciones del personal activo que desempeñen
igual puesto al que ocupaba el C. Julio Adrián Alonso Franco.
El C. Julio Adrián Alonso Franco, tendrá derecho a recibir el servicio médico asistencial gratuito del Gobierno del Estado, a través
del Instituto Chihuahuense de Salud, mientras sea beneciario de la pensión decretada.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los benecios de la pensión subsistirán durante todo el tiempo que dure la incapacidad decretada.
ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado, para que haga las erogaciones necesarias a n de otorgar los
benecios contemplados en este Decreto, al beneciario indicado con anterioridad.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Ocial del Estado.
D A D O en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los siete días del mes de mayo del
año dos mil trece.
PRESIDENTE. DIP. FRANCISCO JAVIER SALCIDO LOZOYA. Rúbrica. SECRETARIA. DIP. INÉS AURORA MARTÍNEZ BERNAL.
Rúbrica. SECRETARIO. DIP. CÉSAR RENÉ DÍAZ GUTIÉRREZ. Rúbrica.
Por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
En la Ciudad de Chihuahua, Palacio de Gobierno del Estado, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil
trece.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO. LIC. CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ. Rúbrica. EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO. RAYMUNDO ROMERO MALDONADO. Rúbrica.
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EL CIUDADANO LICENCIADO CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HA SERVIDO EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O:
DECRETO No. 1268/2013 II P.O.
LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN
SU SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL,
D E C R E T A
ARTÍCULO ÚNICO.- Se adicionan cinco párrafos al Artículo Primero del Decreto No. 855/2012 VII P.E., de fecha de expedición
del 10 de septiembre de 2012, publicado en el Periódico Ocial del Estado No. 80, del día sábado 6 de octubre de 2012, para

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