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EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. NO LA CONSTITUYE EL ALEGATO DE LA DEMANDADA EN EL SENTIDO DE QUE EL ACTOR ABANDONÓ EL TRABAJO ANTES DE LA FECHA DEL DESPIDO INJUSTIFICADO QUE ORIGINÓ EL JUICIO NATURAL, POR NO ESTAR DIRIGIDA A CONTROVERTIR LA ACCIÓN PRINCIPAL.
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El artículo 1135 del Código Civil Federal señala que la prescripción es un medio para adquirir bienes o para liberarse de obligaciones por el transcurso de cierto tiempo y conforme a las condiciones establecidas por la legislación aplicable. De ahí que existan dos tipos de prescripción: la positiva, que deriva de la adquisición de bienes en virtud de la posesión, y la negativa o liberatoria, que se refiere a la liberación de obligaciones, al no exigirse su cumplimiento, por el transcurso del tiempo que marca la ley aplicable. En materia laboral, el tratamiento de la prescripción de las acciones de trabajo se consigna en el título décimo, "Prescripción", el cual comprende los artículos 516 al 522 de la Ley Federal del Trabajo.
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DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA EN EL JUICIO LABORAL. DEJA SIN EFECTOS LA INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 521, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
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PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE INICIA UNA VEZ QUE EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO CONTRA EL CESE DE UN TRABAJADOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DEL ESTADO SE HAYA RESUELTO, Y LA DETERMINACIÓN RESPECTIVA SE HAYA HECHO DE SU CONOCIMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
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EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. NO LA CONSTITUYE EL ALEGATO DE LA DEMANDADA EN EL SENTIDO DE QUE EL ACTOR ABANDONÓ EL TRABAJO ANTES DE LA FECHA DEL DESPIDO INJUSTIFICADO QUE ORIGINÓ EL JUICIO NATURAL, POR NO ESTAR DIRIGIDA A CONTROVERTIR LA ACCIÓN PRINCIPAL.
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Concepto - ¿En qué momento inicia el cómputo de la prescripción? - Forma de contar el tiempo - Plazos prescriptivos de los derechos laborales - Prescripción de un mes - Prescripción de dos meses - Prescripción de dos años - Acciones laborales con prescripción de un año - Pago de aguinaldo - Vacaciones y prima vacacional - Reclamo del pago de la PTU - Suspensión de la prescripción - Interrupción de la prescripción - Conclusiones
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En términos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), una relación laboral puede concluir por rescisión o por terminación.
Así, la rescisión consis...
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En términos del artículo 42, fracción III, de la LFT, una de las causas de suspensión temporal de las relaciones de trabajo (...)
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EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR PARA SER EXAMINADA POR LA AUTORIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
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TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. INTERRUPCION DE LA PRESCRIPCION POR DEMANDA INTERPUESTA ANTE AUTORIDAD LABORAL INCOMPETENTE.