enfermedad de trabajo de trabajo
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RELACIÓN DE TRABAJO. EL HECHO DE QUE SE ENCUENTRE SUSPENDIDA POR LA INCAPACIDAD TEMPORAL OCASIONADA POR UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD QUE NO CONSTITUYA UN RIESGO DE TRABAJO, NO IMPIDE QUE EL TRABAJADOR O EL PATRÓN PUEDAN RESCINDIRLA POR UNA CAUSA DISTINTA.
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...I. El seguro de riesgos de trabajo;. II. El seguro de invalidez y vida, y. III. El seeguro de enfermedades y maternidad. Asimismo, establece las normas para ...
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Clasificación de riesgos de trabajo - Consecuencias de los riesgos de trabajo - Prestaciones que otorga el seguro de riesgos de trabajo - Subsidio por incapacidad temporal - Pensión por incapacidad permanente total - · Pensión provisional - · Pensión definitiva - · Asignaciones familiares - · Ayuda asistencial - Aguinaldo anual - Pensión por incapacidad permanente parcial - · IPP superior al 50% - · Opción del trabajador para elegir entre indemnización global o pensión - · IPP valuada hasta por un 25% - Subsidio por recaída de un riesgo de trabajo - Aguinaldo anual - Prestaciones por muerte del trabajador - Ayuda para gastos de funeral - Pensión de viudez - · Trámite y documentos para obtener la pensión de viudez - Pensión de orfandad - · Extinción de la pensión por orfandad - · Redistr...
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RELACIÓN DE TRABAJO. EL HECHO DE QUE SE ENCUENTRE SUSPENDIDA POR LA INCAPACIDAD TEMPORAL OCASIONADA POR UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD QUE NO CONSTITUYA UN RIESGO DE TRABAJO, NO IMPIDE QUE EL TRABAJADOR O EL PATRÓN PUEDAN RESCINDIRLA POR UNA CAUSA DISTINTA.
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MÉXICO, D.F., abril 4 (EL UNIVERSAL).- La habilidad cognitiva de los jóvenes tienen un gran impacto en el número de ausencias laborales que éstos pue...
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SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL . NORMA Oficial Mexicana NOM-01... de las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo . 1. Objetivo Establecer los requerimie...
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De acuerdo con el artículo 479 de la LFT, la incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar; por otra parte, el artículo 119 de la LSS indica que existe invalidez cuando el asegurado se encuentre imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior a 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.
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ENFERMEDAD DE TRABAJO. RECONOCIDA COMO TAL LA SORDERA TOTAL O PARCIAL (HIPOACUSIA), POR LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y EL CONTRATO COLECTIVO DE PETROLEOS MEXICANOS, CORRESPONDE AL PATRON LA CARGA DE PROBAR EN CONTRA DE LA PRESUNCION GENERADA EN BENEFICIO DEL TRABAJADOR.
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Obligaciones que derivan de la Ley Federal del Trabajo - 2.1.1 Otorgamiento de prestaciones en especie - 2.1.2 Otorgamiento de prestaciones en dinero - 2.1.3 Obligaciones especiales - 2.1.4 Obligaciones que derivan del Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo - 2.1.5 Normas oficiales mexicanas - 2.2 Obligaciones que derivan de la Ley del Seguro Social - 2.2.1 Notificación al IMSS de los riesgos de trabajo - 2.2.2 Consecuencias de la no notificación del probable riesgo de trabajo - 2.2.3 Calificación de los riesgos de trabajo - 2.2.4 Profesionalidad del accidente o enfermedad - 2.2.5 Subrogación del IMSS en las obligaciones a cargo del patrón - 2.2.6 El capital constitutivo - 2.3 Prestaciones que ofrece el IMSS por riesgos de trabajo - 2.3.1 Prestaciones ...
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PRUEBA PERICIAL MEDICA. PARA CALIFICAR UNA ENFERMEDAD DE TRABAJO, EL MEDICO PUEDE HACERLO SIN CONSTITUIRSE EN EL LUGAR DE TRABAJO.