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SEGURIDAD SOCIAL. CORRESPONDE AL ÓRGANO ESTATAL EMPLEADOR CUBRIR EL CAPITAL CONSTITUTIVO QUE RESULTE POR LA INCORPORACIÓN DEL TRABAJADOR, COMO CONSECUENCIA DEL RECONOCIMIENTO DE SU ANTIGÜEDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
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... Ley, cuando la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el eje... decida incorporarse a dicho plan, el empleador deberá obtener por escrito la manifestación resp...
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SEGURIDAD SOCIAL. CORRESPONDE AL ÓRGANO ESTATAL EMPLEADOR CUBRIR EL CAPITAL CONSTITUTIVO QUE RESULTE POR LA INCORPORACIÓN DEL TRABAJADOR, COMO CONSECUENCIA DEL RECONOCIMIENTO DE SU ANTIGÜEDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
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Introducción. Obligación de efectuar el cálculo anual del ISR. Cálculo del impuesto anual para trabajadores y asimilados a salarios. Tarifa del impuesto anual del ISR en 2010. Suma de las cantidades de subsidio para el empleo mensual que le hayan correspondido a los trabajadores. Pagos provisionales efectuados. Tratamiento de diferencias a cargo, a favor y compensación de saldos a favor. Obligación del empleador de compensar los saldos a favor de un trabajador contra las cantidades retenidas a los demás trabajadores. Momento en que se debe efectuar el cálculo del impuesto anual. Conclusión.
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INSCRIPCIÓN RETROACTIVA EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE CHIAPAS. EL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL DEBE ANALIZAR LAS OBLIGACIONES QUE CORRESPONDEN AL PATRÓN EN FORMA AUTÓNOMA E INDEPENDIENTE DE LAS QUE INCUMBEN AL TRABAJADOR CUANDO ÉSTE DEMANDE AQUÉLLA, POR LO QUE ES ILEGAL CONDICIONAR EL DEBER DEL EMPLEADOR AL CUMPLIMIENTO DE LAS APORTACIONES RESPECTIVAS POR EL TRABAJADOR.
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Ningún empleador exige que el trabajador valide su experiencia ante el Conocer
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INSCRIPCIÓN RETROACTIVA EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE CHIAPAS. EL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL DEBE ANALIZAR LAS OBLIGACIONES QUE CORRESPONDEN AL PATRÓN EN FORMA AUTÓNOMA E INDEPENDIENTE DE LAS QUE INCUMBEN AL TRABAJADOR CUANDO ÉSTE DEMANDE AQUÉLLA, POR LO QUE ES ILEGAL CONDICIONAR EL DEBER DEL EMPLEADOR AL CUMPLIMIENTO DE LAS APORTACIONES RESPECTIVAS POR EL TRABAJADOR.
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Con base en el análisis de las más recientes reformas en la normatividad de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, que echaron por tierra cualquier posibilidad de sindicalismo independiente, dos especialistas en derecho laboral llegan a la conclusión de que en el Distrito Federal no hay una política progresista en la materia. Es más: consideran que ahí los conflictos se resuelven siempre en favor de los patrones. En otras palabras, las conquistas laborales quedaron sepultadas en el corazón de la República.
... que vele por los intereses de los trabajadores. Aquí, 90% de los contratos colectivos de trabajo..., no por ello menos dañado, el empleador", apunta. "La información aportada por la JLCA en...
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COMISIONISTAS. EL SALARIO BASE PARA CALCULAR LAS INDEMNIZACIONES CUANDO RESCINDEN JUSTIFICADAMENTE LA RELACIÓN LABORAL, ES EL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 289 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
... de determinar el salario de los trabajadores dedicados a las ventas, dicho salario es el que se..."El empleador no controvirtió la categoría del actor como agen...
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Señalan expertos que esta prestación castiga al empleador más que beneficiar al trabajador