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Reportaje Reforma del Estado inconclusa. Académicos y organismos civiles presentaron una propuesta de reforma integral en derechos fundamentales y temen que no sea tomada en cuenta por los legisladores. Sólo se reconocen los derechos humanos contenidos en la Constitución y los tratados internacionales ratificados por México, lo cual deja fuera un conjunto importante de normas derivadas de otras fuentes del derecho internacional general. La propuesta elaborada por la sociedad civil y un conjunto amplio de académicos y académicas fue presentada públicamente ante el pleno de las comisiones de derechos humanos del Senado y la Cámara de Diputados en octubre de 2007
DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS RESPECTO DE LOS SALARIOS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS DERIVADAS DEL TRABAJO. EL DERECHO AL PAGO DE ÉSTOS SE RIGE POR LA LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, Y NO POR DISPOSICIONES DE CARÁCTER CIVIL, POR LO QUE EL CÓNYUGE SUPÉRSTITE Y LOS HIJOS MENORES DE EDAD NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO TIENEN DERECHO A SU DISFRUTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
Si bien el Comité Internacional de la Cruz Roja se cuida de no encuadrar el estado de violencia generalizado en México como un “conflicto interno”, las características de los bandos en pugna, el tipo de armamento que utilizan, la frecuencia de los enfrentamientos, el número de muertos, heridos, desplazados y desaparecidos, así como de ejecuciones extrajudiciales, lo ubican muy cerca de esa condición, según los parámetros del Derecho Internacional Humanitario. Sin embargo, el gobierno calderonista no actúa de acuerdo con los protocolos del caso para proteger a la población civil, denuncian organizaciones no gubernamentales.
... _____________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir tod...
VIOLACIONES PROCESALES EN JUICIOS SUJETOS A LAS REGLAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR. EL TRIBUNAL DE ALZADA DEBE ANALIZARLAS CUANDO SE PLANTEEN EN EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
... 23.0. III. Derechos: 789,105.9. 1. Servicios q... Remanente de operación del Banco de México. 0.0. b. Utilidades po...Participación en acciones de protección civil. k. Prestación de servicios de apoyo a la creaci...
Juan Pablo Alcocer, uno de los estudiosos más profundos del derecho canónico, litigó ante el Tribunal Eclesiástico Diocesano de México la nulidad de matrimonio eclesiástico solicitada por Martha Sahagún de Fox. Aquí nos comparte su mirada de esa experiencia y la relación entre el derecho civil y el derecho canónico.
DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES. LA FRACCIÓN XIX DEL ARTÍCULO 4.90 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EL 29 DE AGOSTO DE 2007), NO TIENE APLICACIÓN RETROACTIVA, AUN CUANDO LA SEPARACIÓN SE HAYA INICIADO ANTES DE LA VIGENCIA DE LA NORMA.
... no modifica la consecuencia de la norma (derecho de demandar la disolución del vínculo matrimonia...
... _______________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir tod...
... __________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir tod...
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