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MÉXICO, D.F., noviembre 21 (EL UNIVERSAL).- México es un país "rico" en muchos sentidos. A lo largo y ancho del planeta, es reconocido por su cultura,...
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Un exejecutivo de la Coca-Cola en México interpuso una demanda contra la multinacional y dio pormenores de cómo, mediante los esquemas de subcontratación (outsourcing) con empresas que ella misma fundó, evade impuestos y no paga contribuciones al IMSS ni al Infonavit. El asunto está en manos de la PGJDF y de la Secretaría de Hacienda, que podrían fincarle a la refresquera cargos por diversos tipos de fraude. Pero esa no es la única que utiliza el outsourcing para incumplir sus obligaciones… el SAT ya las investiga a todas.
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... 27,452.8. II. Contribuciones de mejoras: 23.0. Contribuci...
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CUOTAS COMPENSATORIAS. NO SON CONTRIBUCIONES EN VIRTUD DE QUE RESULTAN DE UN PROCEDIMIENTO EN QUE SE OYE A LOS INTERESADOS Y NO SON UNA EXPRESIÓN DE LA POTESTAD TRIBUTARIA.
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Capítulo I Hechos Gravados, Contribuyentes y Responsables - Capítulo II Afectación de Mercancías y Exenciones - Sección I Afectación de las Mercancías - Sección II Exenciones - Sección III Restricciones a la Devolución o Exención del Impuesto General de Importación, Conforme a lo Previsto en los Tratados de Libre Comercio - Capítulo III Base Gravable - Sección I Del Impuesto General de Importación - Sección II Del Impuesto General de Exportación - Capítulo IV Determinación y Pago
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Capítulo I Hechos Gravados, Contribuyentes y Responsables - Capítulo II Afectación de Mercancías y Exenciones - Sección I Afectación de las Mercancías - Sección II Exenciones - Sección III Restricciones a la Devolución o Exención del Impuesto General de Importación, Conforme a lo Previsto en los Tratados de Libre Comercio - Capítulo III Base Gravable - Sección I Del Impuesto General de Importación - Sección II Del Impuesto General de Exportación - Capítulo IV Determinación y Pago
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Artículo Equidad tributaria. Algunas decisiones de la Suprema Corte pueden tener efectos significativos sobre la recaudación y la política tributaria. Tal vez no le corresponde a la Corte tener una participación tan activa en la definición de políticas públicas -como la fiscal- cuyo diseño debe ser responsabilidad central de otros órganos del Estado. En el ámbito de las garantías individuales en materia tributaria, la labor de la Suprema Corte implica tutelar que las contribuciones a cargo de los gobernados se encuentren establecidas legalmente, de una manera proporcional y equitativa. Cada vez estamos más convencidos de que estos temas no deberían ser resueltos en una instancia de nuestro tribunal constitucional, sino que son propios de otros órganos del Estado
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... al retenedor por concepto de contribuciones en forma expresa y por separado de la contrapresta...
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De acuerdo con el artículo 21 del CFF, cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones tributarias, su monto se actualizará desde...