-
-
EMOLUMENTOS" DE LOS PRESIDENTES DE LAS JUNTAS ESPECIALES DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. INTERPRETACIÓN DEL TÉRMINO RELATIVO CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 631 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
-
Introducción, 1.Situación actual de la regulación de la normativa de conciliación y medicación en Panamá, 2. El método comparado, 2.1. Los métodos alternos de solución de conflictos en otros modelos, a) Argentina, b) Provincia del chaco, c) Provincia de Córdoba, d) Provincia de Mendoza, 2.2. Bolivia, 2.3. Brasil, 2.4. Canadá, a) Canadá (federal) b) Alberta, c) Columbia británica, d) Manitoba, e) New Brunswick, f) Newfoundland, g) Territorios del noroeste, h) Nueva Escocia, i) Ontario, j) Isla príncipe Eduardo, k) Québec, l) Saskatchewan, m) Territorio de Yukon, 2.5 Colombia, 2.5.1. El sistema de conciliación en Colombia, a) La ley 640 de Colombia, 2.6. Costa rica, 2.7. Chile, 3.Conclusiones: 1. a) Ventajas, b) Desventajas, 4. Anexo.
-
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DEL TRABAJADOR EN EL SENTIDO DE QUE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE ORDENE SU REINSTALACIÓN, CUANDO ÉSTE NO DESAHOGÓ EN EL TÉRMINO DE TRES DÍAS HÁBILES EL REQUERIMIENTO RELATIVO A MANIFESTAR SU ACEPTACIÓN O RECHAZO.
OFRECIMIENTO DE TRABAJO. LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE ESTÁ FACULTADA PARA OTORGAR EL TÉRMINO DE TRES DÍAS HÁBILES AL TRABAJADOR PARA QUE MANIFIESTE SU ACEPTACIÓN O RECHAZO, CON EL APERCIBIMIENTO DE QUE SI NO LO DESAHOGA SE LE TENDRÁ POR INCONFORME.
-
Con base en el análisis de las más recientes reformas en la normatividad de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, que echaron por tierra cualquier posibilidad de sindicalismo independiente, dos especialistas en derecho laboral llegan a la conclusión de que en el Distrito Federal no hay una política progresista en la materia. Es más: consideran que ahí los conflictos se resuelven siempre en favor de los patrones. En otras palabras, las conquistas laborales quedaron sepultadas en el corazón de la República.
-
@ Carlos Tena
Titular de la CONAMED Versión íntegra: http://www.elnorte.com
El presidente de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, Carlos Tena, explica cuáles son los procedimientos para acudir ante esta instancia en casos de controversia entre responsables de servicios de salud y pacientes. De acuerdo con sus estadísticas, las especialidades con mayor número de demandas son traumatología, ginecoobstetricia y servicios de urgencias.
El trabajo de la comisión tiene como principio la confidencialidad. Sin embargo, hacemos públicas las recomendaciones generales
-
Debido a la crisis económica mundial se requiere que las autoridades administrativas y jurisdiccionales enfaticen mas en la conciliación. Crear la figura de los funcionarios conciliadores para que laboren en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para que formen conciliadores y puedan intervenir en la solución de los conflictos entre los factores de la producción.
-
-
-
MÉXICO, D.F., noviembre 30 (EL UNIVERSAL).- Representantes de sindicatos, como de los pilotos y telefonistas, así como organizaciones sociales y asoc...