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SENTENCIA DE AMPARO. NO EXISTE EXCESO EN SU CUMPLIMIENTO CUANDO EL EFECTO DE LA CONCESIÓN FUE EMPLAZAR A LA PARTE DEMANDADA Y DEJAR INSUBSISTENTE TODO LO ACTUADO A PARTIR DE ESA DILIGENCIA Y LA AUTORIDAD RESPONSABLE ORDENA RESTITUIR AL DEMANDADO LA POSESIÓN DE UN INMUEBLE, AUNQUE ELLO NO FUE MATERIA DE PRONUNCIAMIENTO EXPRESO EN LA EJECUTORIA DE GARANTÍAS.
MINAS. LA RESOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS DERIVADOS DE LA TRANSMISIÓN DE LOS RESPECTIVOS TÍTULOS DE CONCESIÓN, ES DE JURISDICCIÓN EXCLUSIVAMENTE FEDERAL.
De acuerdo con el marco legal sobre la radio y la televisión en México, para explotar comercialmente el espectro radioeléctrico –ese bien de la nación que forma parte del territorio nacional y por el cual transitan las señales de la radio, la TV, como también de la parafernalia de las “nuevas tecnologías”–, se requiere de una autorización gubernamental con el fin de explotar comercialmente ese recurso, esto es, se requiere de una concesión.
...IX. Establecer el régimen de concesiones y permisos para la realización de actividades de ...
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. EFECTOS DE LA CONCESIÓN DEL AMPARO CONTRA ACTOS DE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY RELATIVA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 6 DE ENERO DE 1997.
Afirma empresa que no está prohibido transmitir los Juegos Panamericanos por internet
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