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La obligación del Estado de procurar justicia es una labor primordial que se realiza a través de sus organismos jurisdiccionales. Al momento de dictar sentencia, los jueces no sólo deben interpretar y aplicar el derecho, sino que deben asegurarse de que la estructura y el contenido de la sentencia sea asequible para todos los gobernados, y obedezca a los principios de la lógica jurídica. Con este motivo, el autor propone una serie de pautas a seguir, que además, optimizarán la función jurisdiccional.
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Resulta obvio que en nuestros órdenes jurídicos hay normas generales de origen judicial. Ello contrasta, sin embargo, con el carácter fuertemente controvertido de afirmaciones tales como "los jueces crean Derecho" o "la jurisprudencia o el precedente es fuente del Derecho". El presente trabajo suministra una explicación del proceso de incorporación de las normas de origen judicial al orden jurídico. De igual forma, pretende explicar las dificultades que la teoría y la doctrina jurídicas han encontrado para dar cuenta de dichas normas, relacionadas con el manejo de dos conceptos diferentes de fuentes del Derecho. Por ello, el autor se detiene, en primer lugar, en "la cuestión de las fuentes del Derecho" para, a continuación, tratar de suministrar una explicación de las "normas de origen ...
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CONTRATOS. SE AFECTAN DE NULIDAD RELATIVA CUANDO SON CELEBRADOS POR FALSO REPRESENTANTE O TRASPASANDO LOS LÍMITES DEL PODER CONFERIDO, SIN QUE SE RATIFIQUE POR EL MANDANTE.
... inscribe dentro de la clasificación de Alf Ross basada en las condiciones de aplicabilidad de las ...
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El proceso y la sentencia 2. La motivación de la sentencia 3. Elementos estructurales para construir y motivar las sentencias 1 La obtención cognoscitiva 2 La aplicación de inferencias lógicas 3 Explicación y justificación de la decisión 4. Decisión y decisionismo 5. Conclusión Bibliografía
... Bentham como la verdadera alma de la justicia. En consecuencia, las leyes y los procedimientos j... difíciles o, siguiendo palabras de Alf Ross, en aquellos donde existe "superposición de regla...
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Los valores jurídicos - 1. La justicia - 2. La dignidad - 3. La libertad - 4. La igualdad - 5. La solidaridad - 6. La seguridad jurídica - 7. Bien común - ii. Los derechos humanos - III. Recapitulación - Cuestionario
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Constituye polémica, sin duda alguna, conversar sobre Derecho Natural y positivo, por creer que dichas teorías son opuestas, pero creemos en el pensamiento del autor italiano Norberto Bobbio, quien se refiera a ellas como natural sustitución histórica de escuelas; al señalar, por ejemplo, que en la década de 1930, la teoría del positivismo jurídico de Kelsen era la que dominaba en su país natal, y por otro lado, el derecho natural era el reflejo del residuo de actividades no científicas; pero más que una guerra en disputa que se lleva dentro de cada uno de nosotros, establece, que las diferentes etapas del positivismo y jusnaturalismo, se deben a la vocación científica y conciencia moral, entre la profesión de científico y la misión como hombre; terminando siendo positivista o jusnatura...
... el positivismo, los cuales son: el de justicia como teoría del legalismo, el del derecho que int...Porrúa. México. 2007. ROSS Alf. El concepto de validez y otros ensayos. Tradu...
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Profesor de teoría del Derecho en el Departamento Académico del Instituto Tecnológico Autónomo de México, del cual es director, Jorge Cerdio nos habla de la vida académica dentro de esta institución que, día con día, adquiere más prestigio a nivel nacional e internacional, por la excelencia académica con que forma a sus estudiantes.
... teoría de Hans Kelsen y después la de Alf Ross; en el segundo semestre leen la teoría de H.L.A. ...dica, director del Centro de Acceso a la Justicia, director del Programa de Licenciatura en Derecho ...
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Introducción - ii. Hermenéutica e interpretación - iii. La aplicación del derecho - iv. La argumentación - v. Argumentos interpretativos y prueba de los hechos - vi. Recapitulación - Cuestionario
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En este trabajo se hace un estudio multidisciplinario para intentar explicar el significado de las emociones destructivas y su relación en los diferentes sistemas normativos, profundizando en el ámbito religioso y moral y analizando los conceptos de ética laica, ética privada y ética pública, para aplicarlas al ámbito jurídico. Las autoras se adhieren a la propuesta de una ética laica como una medida tanto de prevención de las conductas dañosas para otro, como en la eventual readaptación de los reclusos.
In this article a multidisciplinary study is done, trying to explain the meaning the destructive emotions and its relation in the different normative systems, deepening in the moral and religious environment and analyzing the concepts of secular ethics, private ethics and public ethics...
...; poder ver la verdad, la bondad y la justicia, el amor y la amistad, éstos estados, como su nom...En la línea de Kelsen, se ubica a Alf Ross (1958). Con posterioridad a la Segunda Guerra Mund...